B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20250507-4)
Convocatoria proceso selectivo – Orden 1078/2025, de 24 de abril, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan pruebas selectivas para el acceso, por el sistema general de acceso libre, a plazas de carácter laboral de la categoría profesional de Personal Auxiliar de Servicios (Grupo V, Nivel 1, Área B) de la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 108
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 7 DE MAYO DE 2025
Pág. 31
6. Todo el desarrollo de este proceso selectivo se regirá por lo recogido en el Decreto 188/2021, de 21 de julio, tanto en la fase de presentación de solicitudes, tal y como se recoge en la base cuarta de esta orden, como en el envío de comunicaciones.
Asimismo, todas las comunicaciones o tratamiento de datos que se efectúen durante el
desarrollo del proceso selectivo, en todas sus fases, habrán de garantizar el cumplimiento
de la normativa vigente en materia de protección de datos de carácter personal y en condiciones adecuadas de ciberseguridad, según los estándares establecidos por el órgano competente en materia de Administración Digital de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con
la legislación vigente en cada momento.
7. Por parte del Órgano de selección del presente proceso selectivo, se velará en todo
momento por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades a lo largo de todo el desarrollo del mismo.
8. La Dirección General de Función Pública podrá encomendar la realización del
proceso selectivo a la Comisión Permanente de Selección. El funcionamiento del citado órgano se regirá en todo caso por lo dispuesto en la Orden 481/2025, de 17 de febrero.
Octava
1. El sistema de selección será el de oposición.
2. El desarrollo de la oposición se regirá por lo dispuesto en la base decimosegunda
de la Orden 913/2019, de 26 de marzo, y por el programa que figura como Anexo de la presente convocatoria.
En cuanto a la legislación aplicable y exigible en el ejercicio de que consta la fase de
oposición de esta convocatoria referida a los temas incluidos en el programa que figura
como Anexo de esta orden, será la vigente en la fecha de publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de la Resolución por la que se aprueben las relaciones definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas en este proceso selectivo y se
anuncie la celebración del único ejercicio del mismo, en todo aquello que no se encuentre
expresamente contemplado en las bases recogidas en la presente orden y teniéndose en
cuenta, en el caso de la normativa que haya sido derogada, la que la sustituya a la misma
fecha de publicación ya indicada.
3. La oposición estará integrada por el ejercicio que se indica a continuación, el cual
tendrá carácter obligatorio y eliminatorio:
— El ejercicio consistirá en contestar por escrito un cuestionario tipo test propuesto
por el órgano de selección, compuesto por cuarenta (40) preguntas más cinco (5)
adicionales de reserva que serán valoradas en el caso de que se anule alguna de las
anteriores y que estarán distribuidas de forma equilibrada entre los distintos temas
que integran el programa de esta convocatoria.
Para cada pregunta se propondrán cuatro (4) respuestas alternativas, siendo sólo
una de ellas la correcta. Cada pregunta contestada correctamente se valorará en
positivo, la pregunta no contestada, es decir, que figuren las cuatro letras en blanco o con más de una opción de respuesta, no tendrá valoración, y la pregunta con
contestación errónea se penalizará con la tercera parte del valor asignado a la contestación correcta.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de cuarenta y cinco
minutos.
4. En el caso de las aspirantes que se encuentren en situación de embarazo o puerperio, se valorará por parte del órgano de selección la posibilidad de aplazamiento del ejercicio, todo ello sin menoscabo del derecho de todas las personas aspirantes a una resolución
del proceso selectivo ajustada al calendario previsto.
5. El orden de actuación de las personas aspirantes se iniciará alfabéticamente por
aquella cuyo primer apellido comience por la letra “U”, de conformidad con la Resolución
de 13 de marzo de 2025, de la Dirección General de Función Pública, por la que se hace público el resultado del sorteo efectuado con objeto de determinar el orden de actuación de los
aspirantes en los procesos selectivos que se celebren durante el año 2025 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 71, de 25 de marzo).
6. La fecha y lugar exacto de celebración del ejercicio se hará constar, a propuesta
del órgano de selección en la Resolución por la que se aprueben las relaciones definitivas
de personas aspirantes admitidas y excluidas del proceso selectivo correspondiente, que se
BOCM-20250507-4
Sistema selectivo
B.O.C.M. Núm. 108
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 7 DE MAYO DE 2025
Pág. 31
6. Todo el desarrollo de este proceso selectivo se regirá por lo recogido en el Decreto 188/2021, de 21 de julio, tanto en la fase de presentación de solicitudes, tal y como se recoge en la base cuarta de esta orden, como en el envío de comunicaciones.
Asimismo, todas las comunicaciones o tratamiento de datos que se efectúen durante el
desarrollo del proceso selectivo, en todas sus fases, habrán de garantizar el cumplimiento
de la normativa vigente en materia de protección de datos de carácter personal y en condiciones adecuadas de ciberseguridad, según los estándares establecidos por el órgano competente en materia de Administración Digital de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con
la legislación vigente en cada momento.
7. Por parte del Órgano de selección del presente proceso selectivo, se velará en todo
momento por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades a lo largo de todo el desarrollo del mismo.
8. La Dirección General de Función Pública podrá encomendar la realización del
proceso selectivo a la Comisión Permanente de Selección. El funcionamiento del citado órgano se regirá en todo caso por lo dispuesto en la Orden 481/2025, de 17 de febrero.
Octava
1. El sistema de selección será el de oposición.
2. El desarrollo de la oposición se regirá por lo dispuesto en la base decimosegunda
de la Orden 913/2019, de 26 de marzo, y por el programa que figura como Anexo de la presente convocatoria.
En cuanto a la legislación aplicable y exigible en el ejercicio de que consta la fase de
oposición de esta convocatoria referida a los temas incluidos en el programa que figura
como Anexo de esta orden, será la vigente en la fecha de publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de la Resolución por la que se aprueben las relaciones definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas en este proceso selectivo y se
anuncie la celebración del único ejercicio del mismo, en todo aquello que no se encuentre
expresamente contemplado en las bases recogidas en la presente orden y teniéndose en
cuenta, en el caso de la normativa que haya sido derogada, la que la sustituya a la misma
fecha de publicación ya indicada.
3. La oposición estará integrada por el ejercicio que se indica a continuación, el cual
tendrá carácter obligatorio y eliminatorio:
— El ejercicio consistirá en contestar por escrito un cuestionario tipo test propuesto
por el órgano de selección, compuesto por cuarenta (40) preguntas más cinco (5)
adicionales de reserva que serán valoradas en el caso de que se anule alguna de las
anteriores y que estarán distribuidas de forma equilibrada entre los distintos temas
que integran el programa de esta convocatoria.
Para cada pregunta se propondrán cuatro (4) respuestas alternativas, siendo sólo
una de ellas la correcta. Cada pregunta contestada correctamente se valorará en
positivo, la pregunta no contestada, es decir, que figuren las cuatro letras en blanco o con más de una opción de respuesta, no tendrá valoración, y la pregunta con
contestación errónea se penalizará con la tercera parte del valor asignado a la contestación correcta.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de cuarenta y cinco
minutos.
4. En el caso de las aspirantes que se encuentren en situación de embarazo o puerperio, se valorará por parte del órgano de selección la posibilidad de aplazamiento del ejercicio, todo ello sin menoscabo del derecho de todas las personas aspirantes a una resolución
del proceso selectivo ajustada al calendario previsto.
5. El orden de actuación de las personas aspirantes se iniciará alfabéticamente por
aquella cuyo primer apellido comience por la letra “U”, de conformidad con la Resolución
de 13 de marzo de 2025, de la Dirección General de Función Pública, por la que se hace público el resultado del sorteo efectuado con objeto de determinar el orden de actuación de los
aspirantes en los procesos selectivos que se celebren durante el año 2025 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 71, de 25 de marzo).
6. La fecha y lugar exacto de celebración del ejercicio se hará constar, a propuesta
del órgano de selección en la Resolución por la que se aprueben las relaciones definitivas
de personas aspirantes admitidas y excluidas del proceso selectivo correspondiente, que se
BOCM-20250507-4
Sistema selectivo