B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20250507-3)
Convocatoria proceso selectivo – Orden 1077/2025, de 24 de abril, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convoca el proceso selectivo, por el sistema general de acceso libre, para el acceso a plazas de carácter laboral de la categoría profesional de Técnico Especialista I (Grupo III, Nivel 6, Área C) de la Comunidad de Madrid
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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B.O.C.M. Núm. 108
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 7 DE MAYO DE 2025
2. El desarrollo de la fase de oposición se regirá por lo dispuesto en la base decimosegunda de la Orden 913/2019, de 26 de marzo, y por el programa que figura como Anexo
de la presente convocatoria.
En cuanto a la legislación aplicable y exigible en los ejercicios de que consta la fase
de oposición de esta convocatoria referida a los temas incluidos en el programa que figura
como Anexo de esta orden, será la vigente en la fecha de publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de la Resolución por la que se aprueben las relaciones definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas en este proceso selectivo y se
anuncie la celebración del primer ejercicio del mismo, en todo aquello que no se encuentre
expresamente contemplado en las bases recogidas en la presente orden y teniéndose en
cuenta, en el caso de la normativa que haya sido derogada, la que la sustituya a la misma
fecha de publicación ya indicada.
3. La oposición estará integrada por los ejercicios que se indican a continuación, todos y cada uno de ellos de carácter obligatorio y eliminatorio:
3.1. Primer ejercicio: consistirá en contestar por escrito un cuestionario tipo test propuesto por el órgano de selección, compuesto por sesenta (60) preguntas más cinco (5) adicionales de reserva que serán valoradas en el caso de que se anule alguna de las anteriores
y que estarán distribuidas de forma equilibrada entre los distintos temas que integran el programa de esta convocatoria, de acuerdo con la siguiente distribución:
— Las primeras diez (10) preguntas versarán sobre el temario general del programa.
— Las restantes cincuenta (50) preguntas versarán sobre el temario específico del
programa.
Para cada pregunta se propondrán cuatro (4) respuestas alternativas, siendo sólo una
de ellas la correcta. Cada pregunta contestada correctamente se valorará en positivo, la pregunta no contestada, es decir, que figuren las cuatro letras en blanco o con más de una opción de respuesta, no tendrá valoración y la pregunta con contestación errónea se penalizará con la tercera parte del valor asignado a la contestación correcta.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de sesenta y cinco minutos.
3.2. Segundo ejercicio: consistirá en la realización por escrito de dos (2) supuestos
prácticos propuestos por el órgano de selección en la misma sesión en la que haya de celebrarse el ejercicio, de entre los que componen el temario específico recogido en el anexo.
Para la realización de este ejercicio, cuya duración máxima será de dos horas, las personas
aspirantes podrán acudir provistos de la documentación y el material que, en su caso, el órgano de selección determine en la convocatoria de este ejercicio.
De conformidad con lo establecido en el artículo 41.2.j) del Convenio Colectivo Único para
el Personal Laboral al Servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid (2025-2028) el
órgano de selección corregirá directamente el ejercicio escrito, valorando la capacidad para aplicar los conocimientos a las situaciones prácticas que se planteen en el supuesto a realizar, así
como la amplitud de dichos conocimientos, el rigor analítico, la sistemática y la claridad y orden
de ideas a fin de la elaboración de una propuesta razonada para la resolución de los supuestos
prácticos y la calidad de la expresión escrita. El ejercicio deberá escribirse de tal modo que permita su lectura por cualquier miembro del órgano de selección, evitando la utilización de abreviaturas o signos no usuales en el lenguaje escrito.
4. A efectos de agilización de los presentes procesos selectivos y en aplicación de lo
recogido en la instrucción novena.4 y 5 de la Orden de 1 de julio de 2022, se realizarán en
una misma sesión los dos ejercicios que conforman estos procesos selectivos, cuando por
su naturaleza y duración ello resulte técnica y materialmente posible, siendo en estos casos
cada ejercicio objeto de corrección independiente, pasando únicamente a valorarse el segundo ejercicio, para aquellas personas aspirantes que hayan alcanzado el nivel establecido por el órgano de selección para superar el ejercicio inmediatamente precedente.
En todo caso, podrán, al menos, acumularse ejercicios cuya duración conjunta no supere cinco horas en la misma sesión diaria para los mismos aspirantes, sin incluir los tiempos de descanso que pudieran establecerse entre ellos, y siempre que no existan razones técnicas o materiales que lo impidan.
5. En el caso de las aspirantes que se encuentren en situación de embarazo o puerperio, se valorará por parte del órgano de selección la posibilidad de invertir el orden realización
de los ejercicios o su aplazamiento, todo ello sin menoscabo del derecho de todas las personas aspirantes a una resolución de cada proceso selectivo ajustada al calendario previsto.
Pág. 19
BOCM-20250507-3
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 7 DE MAYO DE 2025
2. El desarrollo de la fase de oposición se regirá por lo dispuesto en la base decimosegunda de la Orden 913/2019, de 26 de marzo, y por el programa que figura como Anexo
de la presente convocatoria.
En cuanto a la legislación aplicable y exigible en los ejercicios de que consta la fase
de oposición de esta convocatoria referida a los temas incluidos en el programa que figura
como Anexo de esta orden, será la vigente en la fecha de publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de la Resolución por la que se aprueben las relaciones definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas en este proceso selectivo y se
anuncie la celebración del primer ejercicio del mismo, en todo aquello que no se encuentre
expresamente contemplado en las bases recogidas en la presente orden y teniéndose en
cuenta, en el caso de la normativa que haya sido derogada, la que la sustituya a la misma
fecha de publicación ya indicada.
3. La oposición estará integrada por los ejercicios que se indican a continuación, todos y cada uno de ellos de carácter obligatorio y eliminatorio:
3.1. Primer ejercicio: consistirá en contestar por escrito un cuestionario tipo test propuesto por el órgano de selección, compuesto por sesenta (60) preguntas más cinco (5) adicionales de reserva que serán valoradas en el caso de que se anule alguna de las anteriores
y que estarán distribuidas de forma equilibrada entre los distintos temas que integran el programa de esta convocatoria, de acuerdo con la siguiente distribución:
— Las primeras diez (10) preguntas versarán sobre el temario general del programa.
— Las restantes cincuenta (50) preguntas versarán sobre el temario específico del
programa.
Para cada pregunta se propondrán cuatro (4) respuestas alternativas, siendo sólo una
de ellas la correcta. Cada pregunta contestada correctamente se valorará en positivo, la pregunta no contestada, es decir, que figuren las cuatro letras en blanco o con más de una opción de respuesta, no tendrá valoración y la pregunta con contestación errónea se penalizará con la tercera parte del valor asignado a la contestación correcta.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de sesenta y cinco minutos.
3.2. Segundo ejercicio: consistirá en la realización por escrito de dos (2) supuestos
prácticos propuestos por el órgano de selección en la misma sesión en la que haya de celebrarse el ejercicio, de entre los que componen el temario específico recogido en el anexo.
Para la realización de este ejercicio, cuya duración máxima será de dos horas, las personas
aspirantes podrán acudir provistos de la documentación y el material que, en su caso, el órgano de selección determine en la convocatoria de este ejercicio.
De conformidad con lo establecido en el artículo 41.2.j) del Convenio Colectivo Único para
el Personal Laboral al Servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid (2025-2028) el
órgano de selección corregirá directamente el ejercicio escrito, valorando la capacidad para aplicar los conocimientos a las situaciones prácticas que se planteen en el supuesto a realizar, así
como la amplitud de dichos conocimientos, el rigor analítico, la sistemática y la claridad y orden
de ideas a fin de la elaboración de una propuesta razonada para la resolución de los supuestos
prácticos y la calidad de la expresión escrita. El ejercicio deberá escribirse de tal modo que permita su lectura por cualquier miembro del órgano de selección, evitando la utilización de abreviaturas o signos no usuales en el lenguaje escrito.
4. A efectos de agilización de los presentes procesos selectivos y en aplicación de lo
recogido en la instrucción novena.4 y 5 de la Orden de 1 de julio de 2022, se realizarán en
una misma sesión los dos ejercicios que conforman estos procesos selectivos, cuando por
su naturaleza y duración ello resulte técnica y materialmente posible, siendo en estos casos
cada ejercicio objeto de corrección independiente, pasando únicamente a valorarse el segundo ejercicio, para aquellas personas aspirantes que hayan alcanzado el nivel establecido por el órgano de selección para superar el ejercicio inmediatamente precedente.
En todo caso, podrán, al menos, acumularse ejercicios cuya duración conjunta no supere cinco horas en la misma sesión diaria para los mismos aspirantes, sin incluir los tiempos de descanso que pudieran establecerse entre ellos, y siempre que no existan razones técnicas o materiales que lo impidan.
5. En el caso de las aspirantes que se encuentren en situación de embarazo o puerperio, se valorará por parte del órgano de selección la posibilidad de invertir el orden realización
de los ejercicios o su aplazamiento, todo ello sin menoscabo del derecho de todas las personas aspirantes a una resolución de cada proceso selectivo ajustada al calendario previsto.
Pág. 19
BOCM-20250507-3
BOCM