D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20250507-34)
Convenio –  Adenda de 14 de abril de 2025, de prórroga del convenio entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales y la Fundación Sanders, para desarrollar el programa de intervención socioeducativa TIC y TAC para la infancia y adolescencia en situación de desventaja, dificultad social y riesgo de exclusión social mediante la implantación e impulso del conocimiento y uso de las tecnologías de la información y comunicación y tecnologías para el aprendizaje y la comunicación, durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 7 DE MAYO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 108

I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios
Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
34

ADENDA de 14 de abril de 2025, de prórroga del convenio entre la Comunidad
de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales y
la Fundación Sanders, para desarrollar el programa de intervención socioeducativa TIC y TAC para la infancia y adolescencia en situación de desventaja, dificultad social y riesgo de exclusión social mediante la implantación e impulso
del conocimiento y uso de las tecnologías de la información y comunicación y
tecnologías para el aprendizaje y la comunicación, durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026.
En Madrid, a 14 de abril de 2025.
REUNIDOS

De una parte, la Excma. Sra. D.a Ana Dávila-Ponce de León Municio, Consejera de
Familia, Juventud y Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid, nombrada mediante Decreto 46/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, actuando en
virtud de las competencias que le otorga el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid y el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
De otra, D. Robert Lee Sanders, en nombre y representación de Fundación Sanders,
con CIF G86084332 y domicilio social en calle C/ Gobernador, 26, 28014 Madrid, en plenas facultades delegadas de gestión y administración en virtud de los acuerdos adoptados
por el Patronato de la Fundación Sanders en su reunión celebrada el día 22 de junio de 2021,
según así resulta de la certificación expedida el 22 de junio de 2021, elevada a público mediante documento notarial de 22 de febrero de 2022 ante el Notario del Ilustre Colegio de
Madrid, D. José Luís Martínez-Gil Calero, como sustituto legal del Notario D. José Ángel
Martínez Sanchiz, con número de protocolo 318.
Ambos intervienen en nombre y representación de las instituciones señaladas, reconociéndose capacidad jurídica suficiente para suscribir la segunda adenda de prórroga y
EXPONEN
Primero
Que el día 25 de octubre de 2023 se firmó el convenio entre la Comunidad de Madrid
y la Fundación Sanders para desarrollar el Programa de intervención socioeducativa TIC y
TAC para la infancia y adolescencia en situación de desventaja, dificultad social y riesgo
de exclusión social mediante la implantación e impulso del conocimiento y uso de las tecnologías de la información y comunicación y tecnologías para el aprendizaje y la comunicación, con vigencia desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2024.

Que la cláusula decimoquinta de dicho convenio contempla que las partes firmantes
podrán acordar, en cualquier momento antes de la finalización del plazo anterior, su prórroga por un período de hasta cuatro años adicionales, por períodos de un año como máximo,
de conformidad con lo establecido en el artículo 49 h). 2º de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. En caso de prórroga deberá tramitarse y formalizarse con anterioridad a la fecha de vencimiento del convenio. En virtud de la misma
el convenio ha sido objeto de una primera prórroga formalizada con fecha 31 de mayo de
2024, para el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025.

BOCM-20250507-34

Segundo