Cubas de la Sagra (BOCM-20250506-72)
Régimen económico. Ordenanza fiscal
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 107
MARTES 6 DE MAYO DE 2025
Pág. 351
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
72
CUBAS DE LA SAGRA
RÉGIMEN ECONÓMICO
Advertido error en el anuncio de aprobación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa
por la prestación del servicio de recogida de residuos sólidos urbanos de competencia municipal publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 26/2/2025
y verificado el acuerdo Plenario de fecha de 20 de diciembre de 2024 de aprobación, se procede a la corrección del error detectado, quedando redactado de la siguiente manera:
“Donde dice: Artículo 5. Base imponible y cuota tributaria
b) Para inmuebles de uso catastral residencial, se añadirá a la cuota fija la siguiente
cuota variable:
— Cuota variable en función del número de personas/habitantes en cada inmueble residencial, según los datos de Padrón de Habitantes a uno de enero.
Resultado la siguiente tabla de aplicación:
DESCRIPCIÓN USO
CUOTA
FIJA
CUOTA V.
€*M2
CUOTA V. VALOR CATAS.
CUOTA V.
Nº HBTE
A
Almacén - Estacionamiento
60,00 €
0,05 €
(VC x pTn/100)*0,00505%
-
B
Almacén agrario
60,00 €
0,05 €
(VC x pTn/100)*0,00505%
-
C
Comercial
100,00 €
0,05 €
(VC x pTn/100)*0,00505%
-
D
Comercio en arriendo
100,00 €
0,05 €
(VC x pTn/100)*0,00505%
-
E
Cultural
60,00 €
0,05 €
(VC x pTn/100)*0,00505%
-
F
Cultural en arriendo
60,00 €
0,05 €
(VC x pTn/100)*0,00505%
-
G
Ocio y Hostelería
120,00 €
0,30 €
(VC x pTn/100)*0,00505%
-
H
Turismo en arriendo
100,00 €
0,10 €
(VC x pTn/100)*0,00505%
-
I
Industrial
60,00 €
0,05 €
(VC x pTn/100)*0,00505%
-
J
Industrial agrario
60,00 €
0,05 €
(VC x pTn/100)*0,00505%
-
K
Deportivo
60,00 €
0,05 €
(VC x pTn/100)*0,00505%
-
L
Deportivo en arriendo
60,00 €
0,15 €
(VC x pTn/100)*0,00505%
-
M
Obras de urbanización y jardinería, suelos sin edificar
0,00 €
0,00 €
(VC x pTn/100)*0,00505%
-
N
Solares en arriendo
0,00 €
0,00 €
(VC x pTn/100)*0,00505%
-
O
Oficinas
60,00 €
0,05 €
(VC x pTn/100)*0,00505%
-
P
Edificio Singular
0,00 €
0,05 €
(VC x pTn/100)*0,00505%
-
Q
Público en arriendo
0,00 €
0,05 €
(VC x pTn/100)*0,00505%
-
R
Religioso
60,00 €
0,05 €
(VC x pTn/100)*0,00505%
-
S
Almacén-Estacionamiento. Uso Industrial
60,00 €
0,15 €
(VC x pTn/100)*0,00505%
-
T
Espectáculos
100,00 €
0,15 €
(VC x pTn/100)*0,00505%
-
U
Almacén-Estacionamiento. Uso residencial
60,00 €
0,05 €
(VC x pTn/100)*0,00505%
-
V
Residencial
150,00 €
0,00 €
(VC x pTn/100)*0,00505%
10,00 €/Hte
W
Residencial en arriendo
150,00 €
0,00 €
(VC x pTn/100)*0,00505%
10,00 €/Hte
X
Oficina en arriendo
60,00 €
0,05 €
(VC x pTn/100)*0,00505%
-
Y
Sanidad y beneficiencia
60,00 €
0,05 €
(VC x pTn/100)*0,00505%
-
Z
Agrario
60,00 €
0€
(VC x pTn/100)*0,00505%
-
BOCM-20250506-72
CÓDI.
USO
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 107
MARTES 6 DE MAYO DE 2025
Pág. 351
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
72
CUBAS DE LA SAGRA
RÉGIMEN ECONÓMICO
Advertido error en el anuncio de aprobación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa
por la prestación del servicio de recogida de residuos sólidos urbanos de competencia municipal publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 26/2/2025
y verificado el acuerdo Plenario de fecha de 20 de diciembre de 2024 de aprobación, se procede a la corrección del error detectado, quedando redactado de la siguiente manera:
“Donde dice: Artículo 5. Base imponible y cuota tributaria
b) Para inmuebles de uso catastral residencial, se añadirá a la cuota fija la siguiente
cuota variable:
— Cuota variable en función del número de personas/habitantes en cada inmueble residencial, según los datos de Padrón de Habitantes a uno de enero.
Resultado la siguiente tabla de aplicación:
DESCRIPCIÓN USO
CUOTA
FIJA
CUOTA V.
€*M2
CUOTA V. VALOR CATAS.
CUOTA V.
Nº HBTE
A
Almacén - Estacionamiento
60,00 €
0,05 €
(VC x pTn/100)*0,00505%
-
B
Almacén agrario
60,00 €
0,05 €
(VC x pTn/100)*0,00505%
-
C
Comercial
100,00 €
0,05 €
(VC x pTn/100)*0,00505%
-
D
Comercio en arriendo
100,00 €
0,05 €
(VC x pTn/100)*0,00505%
-
E
Cultural
60,00 €
0,05 €
(VC x pTn/100)*0,00505%
-
F
Cultural en arriendo
60,00 €
0,05 €
(VC x pTn/100)*0,00505%
-
G
Ocio y Hostelería
120,00 €
0,30 €
(VC x pTn/100)*0,00505%
-
H
Turismo en arriendo
100,00 €
0,10 €
(VC x pTn/100)*0,00505%
-
I
Industrial
60,00 €
0,05 €
(VC x pTn/100)*0,00505%
-
J
Industrial agrario
60,00 €
0,05 €
(VC x pTn/100)*0,00505%
-
K
Deportivo
60,00 €
0,05 €
(VC x pTn/100)*0,00505%
-
L
Deportivo en arriendo
60,00 €
0,15 €
(VC x pTn/100)*0,00505%
-
M
Obras de urbanización y jardinería, suelos sin edificar
0,00 €
0,00 €
(VC x pTn/100)*0,00505%
-
N
Solares en arriendo
0,00 €
0,00 €
(VC x pTn/100)*0,00505%
-
O
Oficinas
60,00 €
0,05 €
(VC x pTn/100)*0,00505%
-
P
Edificio Singular
0,00 €
0,05 €
(VC x pTn/100)*0,00505%
-
Q
Público en arriendo
0,00 €
0,05 €
(VC x pTn/100)*0,00505%
-
R
Religioso
60,00 €
0,05 €
(VC x pTn/100)*0,00505%
-
S
Almacén-Estacionamiento. Uso Industrial
60,00 €
0,15 €
(VC x pTn/100)*0,00505%
-
T
Espectáculos
100,00 €
0,15 €
(VC x pTn/100)*0,00505%
-
U
Almacén-Estacionamiento. Uso residencial
60,00 €
0,05 €
(VC x pTn/100)*0,00505%
-
V
Residencial
150,00 €
0,00 €
(VC x pTn/100)*0,00505%
10,00 €/Hte
W
Residencial en arriendo
150,00 €
0,00 €
(VC x pTn/100)*0,00505%
10,00 €/Hte
X
Oficina en arriendo
60,00 €
0,05 €
(VC x pTn/100)*0,00505%
-
Y
Sanidad y beneficiencia
60,00 €
0,05 €
(VC x pTn/100)*0,00505%
-
Z
Agrario
60,00 €
0€
(VC x pTn/100)*0,00505%
-
BOCM-20250506-72
CÓDI.
USO