Batres (BOCM-20250506-70)
Régimen económico. Ordenanza fiscal
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 107
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 6 DE MAYO DE 2025
Pág. 349
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
70
BATRES
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20250506-70
El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 10 de abril de 2025,
acordó la aprobación provisional de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora del
impuesto sobre vehículos de tracción mecánica.
Lo que se hace público de conformidad con lo establecido en el artículo 17 del Real
Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la
Ley Reguladora de las Haciendas Locales, pudiendo presentar alegaciones y reclamaciones, durante el plazo de treinta días, los que se consideren interesados.
Durante dicho plazo podrán ser examinados por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen en las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento: https://www.batres.es
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará
aprobado definitivamente dicho acuerdo.
Batres, a 22 de abril de 2025.—El alcalde, Juan Carlos Alañón Olmedo.
(03/6.391/25)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 107
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MARTES 6 DE MAYO DE 2025
Pág. 349
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AYUNTAMIENTO DE
70
BATRES
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BOCM-20250506-70
El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 10 de abril de 2025,
acordó la aprobación provisional de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora del
impuesto sobre vehículos de tracción mecánica.
Lo que se hace público de conformidad con lo establecido en el artículo 17 del Real
Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la
Ley Reguladora de las Haciendas Locales, pudiendo presentar alegaciones y reclamaciones, durante el plazo de treinta días, los que se consideren interesados.
Durante dicho plazo podrán ser examinados por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen en las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento: https://www.batres.es
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará
aprobado definitivamente dicho acuerdo.
Batres, a 22 de abril de 2025.—El alcalde, Juan Carlos Alañón Olmedo.
(03/6.391/25)
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ISSN 1989-4791