Parla (BOCM-20250506-88)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 6 DE MAYO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 107

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
88

PARLA
RÉGIMEN ECONÓMICO

Convocatoria de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro del Ayuntamiento de
Parla. Año 2025.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/ge/es/convocatorias ):
BDNS: 828817

BOCM-20250506-88

Primero. Beneficiarios.—Podrán optar a las subvenciones reguladas en la presente
convocatoria, las Entidades y Asociaciones sin Ánimo de Lucro que estén dadas de alta en
el Registro Municipal de Asociaciones de Parla en el momento de presentar su solicitud.
Segundo. Objeto.—La presente convocatoria tiene por objeto definir los términos y
condiciones que regirán las concesiones de las subvenciones que otorgue el Ayuntamiento
de Parla, con cargo a los créditos del presupuesto municipal, que tengan por objeto la financiación parcial de los proyectos definidos en la presente convocatoria y que serán ejecutados por entidades sociales y asociaciones sin ánimo de lucro que quieren actuar o actúan
habitualmente en el municipio de Parla.
Tercero. Bases reguladoras.—Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Parla, aprobada en pleno de 28 de diciembre de 2004, y publicada definitivamente el 8 de marzo de 2005 en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Cuarto. Cuantía.—La cuantía total máxima de las ayudas a otorgar es de 130.000 euros
en concepto de subvenciones con cargo a los créditos disponibles y retenidos las aplicaciones
presupuestarias, con cargo a la aplicación presupuestaria 924.489.00 “Proyectos Subvencionados de Interés Municipal”. Tendrá carácter anual, tanto el pago anticipado como el segundo pago tras justificación, se realizarán con cargo al presupuesto de 2025.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—Las solicitudes normalizadas junto
con el resto de documentación exigida en la presente convocatoria, se dirigirán a la Concejalía de Participación Ciudadana, y se presentarán, dentro del plazo de veinte días, a partir
del día siguiente al de la publicación en boletín oficial a través de la Base Nacional de Subvenciones. Asimismo la convocatoria se publicará en la Sede Electrónica y en el portal web
municipal.
Parla, a 24 de abril de 2025.—El concejal-delegado de Participación Ciudadana. Andrés Correa Barbado.
(03/6.611/25)

http://www.bocm.es

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791