B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20250506-6)
Convocatoria proceso selectivo –  Orden 1075/2025, de 24 de abril, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convoca el proceso selectivo, por el sistema general de acceso libre, para el acceso a plazas de carácter laboral de la categoría profesional de Técnico Especialista I, Especialidad de Gestión de Técnicas y Tecnologías del Espectáculo (Grupo III, Nivel 6, Área B) de la Comunidad de Madrid
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 6 DE MAYO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 107

una misma sesión los dos ejercicios que conforman estos procesos selectivos, cuando por
su naturaleza y duración ello resulte técnica y materialmente posible, siendo en estos casos
cada ejercicio objeto de corrección independiente, pasando únicamente a valorarse el segundo ejercicio, para aquellas personas aspirantes que hayan alcanzado el nivel establecido por el órgano de selección para superar el ejercicio inmediatamente precedente.
En todo caso, podrán, al menos, acumularse ejercicios cuya duración conjunta no supere cinco horas en la misma sesión diaria para los mismos aspirantes, sin incluir los tiempos de descanso que pudieran establecerse entre ellos, y siempre que no existan razones técnicas o materiales que lo impidan.
5. En el caso de las aspirantes que se encuentren en situación de embarazo o puerperio, se valorará por parte del órgano de selección la posibilidad de invertir el orden de realización de los ejercicios o su aplazamiento, todo ello sin menoscabo del derecho de todas
las personas aspirantes a una resolución de cada proceso selectivo ajustada al calendario
previsto.
6. El órgano de selección, con carácter previo a la celebración de los ejercicios
de esta convocatoria, publicará en el enlace de la página web de la Comunidad de
Madrid
correspondiente
al
mismo,
accesible
a
través
de
http://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/oposicionesadministracionservicios-comunidad-madrid o en la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid,
cuya URL es: https://sede.comunidad.madrid los criterios concretos de corrección de
cada uno de ellos.
7. El orden de actuación de las personas aspirantes se iniciará alfabéticamente por
aquella cuyo primer apellido comience por la letra “U”, de conformidad con la Resolución
de 13 de marzo de 2025, de la Dirección General de Función Pública, por la que se hace público el resultado del sorteo efectuado con objeto de determinar el orden de actuación de los
aspirantes en los procesos selectivos que se celebren durante el año 2025 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 71, de 25 de marzo).
8. La fecha y lugar exacto de celebración del primer ejercicio se hará constar, a propuesta del órgano de selección de selección en la Resolución por la que se aprueben las relaciones definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas del proceso selectivo correspondiente, que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID,
con una antelación mínima de diez días hábiles.
La publicación del anuncio de celebración del segundo ejercicio, así como la de la
lista de personas aprobadas del mismo, se efectuará en la página web correspondiente a
esta convocatoria, accesible desde el enlace:
http://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/oposiciones-administracionservicioscomunidad-madrid o en la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid, cuya
URL es: https://sede.comunidad.madrid
9. La celebración del primer ejercicio se realizará en el primer trimestre de 2026.
Novena
1. Para la calificación de los ejercicios de la oposición el órgano de selección se ajustará a lo previsto en la base decimotercera de la Orden 913/2019, de 26 de marzo y a lo establecido en la presente base.
2. Los ejercicios de la oposición se calificarán de la forma siguiente:
2.1. Primer ejercicio: se calificará de cero (0) a cuarenta (40) puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de veinte (20) puntos.
2.2. Segundo ejercicio: cada uno de los supuestos se calificará de cero (0) a treinta
(30) puntos y será necesario para superar el ejercicio obtener un mínimo de
quince (15) puntos en cada supuesto.
La calificación final de este ejercicio vendrá determinada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en cada uno de los supuestos, debiendo estar comprendida entre cero (0) y sesenta (60) puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de treinta (30) puntos.
3. En cuanto a la calificación final, el órgano de selección se ajustará a lo previsto en
la base decimocuarta de la Orden 913/2019, de 26 de marzo, viniendo determinado el orden de las personas aspirantes por la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios
que conforman esta convocatoria, debiendo ser ordenados desde la mayor a la menor de

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Calificación del proceso selectivo