B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20250505-9)
Aspirantes proceso selectivo – Resolución de 11 de abril de 2025, de la Dirección General de Función Pública, por la que se anuncia la apertura de un nuevo plazo de acreditación de los méritos alegados por las personas participantes en la autobaremación formulada en sus solicitudes en el proceso selectivo para el acceso a plazas de la categoría profesional de Titulado Superior, Especialidad de Psicología General Sanitaria (Grupo I, Nivel 9, Área D) de la Comunidad de Madrid, al amparo de lo recogido en las disposiciones adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de Medidas Urgentes para la Reducción de la Temporalidad en el Empleo Público
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 42
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 5 DE MAYO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 106
RESUELVE
Primero
1. Proceder a la apertura de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para la presentación de la acreditación de los méritos que hubieran sido
alegados por las personas participantes en la autobaremación formulada en sus solicitudes,
acreditación que deberá realizarse por medios electrónicos y en la forma establecida en la
base octava.3 de la Orden 2726/2022, de 24 de noviembre.
2. Requerir, en virtud de lo establecido en el apartado 2.3.3 de la base octava de la
citada Orden 2726/2022, de 24 de noviembre, a las personas aspirantes de la lista definitiva de admitidos comprendidas entre los números 11 a 30 (ambos inclusive), la acreditación
de los méritos alegados en la autobaremación formulada en sus solicitudes de participación,
no pudiendo tenerse en consideración méritos alegados o acreditados con posterioridad a la
finalización del plazo de presentación de solicitudes fijado ni durante el plazo del requerimiento establecido en esta Resolución.
Segundo
BOCM-20250505-9
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer demanda en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Social de
Madrid, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10.4.a) en relación con el artículo 6.2.b)
de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social, y en el artículo 69
de la mencionada ley, en la redacción dada por la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
En Madrid, a 11 de abril de 2025.—La Directora General de Función Pública, P. D. F.
(Resolución de 24 de noviembre de 2021), la Subdirectora General de Planificación de
Efectivos y Selección, Elisa Isabel Moreno Bernis.
(03/6.352/25)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 42
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 5 DE MAYO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 106
RESUELVE
Primero
1. Proceder a la apertura de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para la presentación de la acreditación de los méritos que hubieran sido
alegados por las personas participantes en la autobaremación formulada en sus solicitudes,
acreditación que deberá realizarse por medios electrónicos y en la forma establecida en la
base octava.3 de la Orden 2726/2022, de 24 de noviembre.
2. Requerir, en virtud de lo establecido en el apartado 2.3.3 de la base octava de la
citada Orden 2726/2022, de 24 de noviembre, a las personas aspirantes de la lista definitiva de admitidos comprendidas entre los números 11 a 30 (ambos inclusive), la acreditación
de los méritos alegados en la autobaremación formulada en sus solicitudes de participación,
no pudiendo tenerse en consideración méritos alegados o acreditados con posterioridad a la
finalización del plazo de presentación de solicitudes fijado ni durante el plazo del requerimiento establecido en esta Resolución.
Segundo
BOCM-20250505-9
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer demanda en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Social de
Madrid, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10.4.a) en relación con el artículo 6.2.b)
de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social, y en el artículo 69
de la mencionada ley, en la redacción dada por la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
En Madrid, a 11 de abril de 2025.—La Directora General de Función Pública, P. D. F.
(Resolución de 24 de noviembre de 2021), la Subdirectora General de Planificación de
Efectivos y Selección, Elisa Isabel Moreno Bernis.
(03/6.352/25)
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ISSN 1989-4791