D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20250503-5)
Convenio –  Convenio de 9 de abril de 2025, entre la Agencia Madrileña de Atención Social de la Comunidad de Madrid y la Universidad Rey Juan Carlos, para el desarrollo y ejecución del programa “Desarrollo de Actividades de la Clínica Jurídica de la Universidad Rey Juan Carlos en Centros para Personas con Discapacidad Intelectual”
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BOCM

SÁBADO 3 DE MAYO DE 2025

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El Encargado mantendrá a disposición del Responsable la documentación acreditativa
del cumplimiento de las obligaciones anteriormente señaladas.
Séptima. Obligaciones del encargado del tratamiento
El Encargado del tratamiento asume, junto al resto de las contenidas en el presente
acuerdo, las siguientes obligaciones:
Acceder, utilizar y destinar los datos personales objeto de tratamiento, o los que
recoja para su inclusión, sólo para la finalidad objeto de este encargo. En ningún caso
podrá utilizar los datos para fines propios.
Tratar los datos de acuerdo con las instrucciones del Responsable del
tratamiento conforme al contenido de este convenio y a, en su caso, las instrucciones
que le pueda especificar en concreto. Si el Encargado considera que alguna de las
instrucciones recibidas infringe el RGPD, la LOPDGDD o cualquier otra disposición en
materia de protección de datos de la Unión Europea o de los Estados miembros,
informará inmediatamente al Responsable.
Facilitar, en el momento de la recogida de los datos, la información relativa a los
tratamientos de datos que se van a realizar. La redacción y el formato en que se facilitará
la información se debe consensuar con el Responsable antes del inicio de la recogida de
los datos.
Asumir la condición de Responsable del tratamiento en caso de que destine los
datos a otra finalidad distinta del cumplimiento del objeto del convenio, los comunique
o los utilice incumpliendo sus estipulaciones o las obligaciones de la normativa vigente,
respondiendo de las infracciones en las que hubiera incurrido personalmente.
No permitir el acceso a los datos de carácter personal responsabilidad del
Responsable a ningún empleado o persona que no tenga la necesidad de conocerlos
para el desarrollo y correcto cumplimiento del objeto del convenio suscrito.
No revelar, transferir, ceder o de otra forma comunicar los datos de carácter
personal responsabilidad del Responsable, ya sea verbalmente o por escrito, por medios
electrónicos, papel o mediante acceso informático, ni siquiera para su conservación, a
ningún tercero, salvo que exista autorización o instrucción previa del Responsable, que
deberá constar, en todo caso, por escrito.
A estos efectos, el Encargado podrá comunicar los datos a otros Encargados del
tratamiento del mismo Responsable, de acuerdo con las instrucciones de dicho
Responsable. En este caso, el Responsable identificará, de forma previa y por escrito, la
entidad a la que se deben comunicar los datos, los datos concretos a comunicar y las
medidas de seguridad a aplicar para proceder a la comunicación.

BOCM-20250503-5

B.O.C.M. Núm. 105

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID