C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20250426-3)
Convenio colectivo –  Resolución de 21 de marzo de 2025, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del Convenio Colectivo del Personal Laboral del Ayuntamiento de Buitrago de Lozoya. (Código número 28104022012025)
43 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 99

SÁBADO 26 DE ABRIL DE 2025

Pág. 65

Esta adaptación podrá extenderse hasta un mes desde el alta médica, y podrá afectar hasta un 25
% de la duración de la jornada diaria, preferentemente en la parte flexible de la misma,
considerándose como tiempo de trabajo efectivo. La solicitud irá acompañada de la documentación
que aporte la persona interesada para acreditar la existencia de esta situación, y la Administración
deberá resolver sobre la misma en un plazo de tres días, sin perjuicio de que, para comprobar la
procedencia de esta adaptación, la Administración podrá recabar los informes del Servicio de
Prevención de Riesgos Laborales o de cualesquiera otros órganos que considere oportuno sobre
el tratamiento recibido o las actividades de rehabilitación que le hayan sido prescritas.
7. Permiso sin sueldo. Las personas trabajadoras fijas y con antigüedad mínima de un año en el
Ayuntamiento tendrán derecho a disfrutar de un permiso sin sueldo de un mes continuado al año,
cada dos años.
8. Permiso parental para el cuidado de hijo, hija o menor acogido por tiempo superior a un año,
hasta el momento en que el menor cumpla ocho años: tendrá una duración no superior a ocho
semanas, continuas o discontinuas, podrá disfrutarse a tiempo completo, o en régimen de jornada
a tiempo parcial, cuando las necesidades del servicio lo permitan y conforme a los términos que
reglamentariamente se establezcan.
Este permiso, constituye un derecho individual de las personas progenitoras, adoptantes o
acogedoras, hombres o mujeres, sin que pueda transferirse su ejercicio.
Cuando las necesidades del servicio lo permitan, corresponderá a la persona progenitora,
adoptante o acogedora especificar la fecha de inicio y fin del disfrute o, en su caso, de los períodos
de disfrute, debiendo comunicarlo a la Administración con una antelación de quince días y
realizándose por semanas completas.
Cuando concurran en ambas personas progenitoras, adoptantes, o acogedoras, por el mismo
sujeto y hecho causante, las circunstancias necesarias para tener derecho a este permiso en los
que el disfrute del permiso parental en el período solicitado altere seriamente el correcto
funcionamiento de la unidad de la administración en la que ambas presten servicios, ésta podrá
aplazar la concesión del permiso por un período razonable, justificándolo por escrito y después de
haber ofrecido una alternativa de disfrute más flexible.
A efectos de lo dispuesto en este apartado, el término de madre biológica incluye también a las
personas trans gestantes.
Capítulo 7. Salud laboral, seguridad y condiciones de trabajo
Artículo 27º. Salud Laboral. Se estará a lo dispuesto en:
-

Ley 31/95 de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. (BOE 10/11/95)

-

Real Decreto 39/97, de 17 de enero, que regula el Reglamento de los Servicios de
Prevención de Riesgos Laborales.

Artículo 28º. Reconocimiento médico. Anualmente se realizará una revisión médica a todos los
empleados y empleadas municipales. Dicha revisión se realizará durante la jornada laboral y será
gratuita.
Estos reconocimientos habrán de adecuarse a cada puesto de trabajo.
Artículo 29º. Vestuario. Serán considerados receptores de vestuario los siguientes grupos de
trabajadores:
Oficiales, jardineros, conserje noche Área recreativa Riosequillo y peones de servicios
múltiples (mantenimiento y limpieza viaria y jardineria):
o

Botas invierno: Un par.

o

Zapatos verano: Un par.

o

Pantalones invierno: dos

o

Pantalones verano: Dos

o

Camisetas invierno: Dos.

o

Camisetas verano: Tres.

o

Forros polares: Dos

BOCM-20250426-3

-