C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20250425-7)
Implantación enseñanzas – Decreto 11/2025, de 23 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica el Decreto 106/2018, de 19 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se ordenan las enseñanzas de idiomas de régimen especial y se establecen los currículos de los niveles básico, intermedio y avanzado en la Comunidad de Madrid, para la inclusión del currículo del idioma coreano
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 300
VIERNES 25 DE ABRIL DE 2025
B.O.C.M. Núm. 98
« Anexo V
Número mínimo de horas lectivas de los cursos, por idioma y nivel
Idiomas
Nivel básico
Nivel Intermedio
B1
B2
Nivel Avanzado
C1
C2
Alemán, español como lengua
90
+
90
135
135+135
135
90+90*
extranjera, francés, inglés,italiano,
neerlandés y rumano
Árabe**, coreano, chino y japonés
135+135+135
135+135
135+135
135+135
135+135
Catalán, gallego y portugués
135
135
135+135
90+90
135
Danés, euskera, finés, griego,
90+90
135+135
135+135
135
90+90
irlandés, polaco, ruso y sueco
*El curso de nivel C2 de español como lengua extranjera comprenderá un mínimo de 135 horas
lectivas. ** El nivel básico de árabe se impartirá en dos cursos de 135 horas mínimo cada uno.»
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA
Implantación del nuevo currículo
Las enseñanzas que se determinan en el presente Decreto se implantarán el curso escolar 2025-2026.
DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA
Habilitación normativa
Se habilita al titular de la Consejería competente en materia de Educación para dictar
cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo de lo dispuesto en este Decreto.
DISPOSICIÓN FINAL TERCERA
Entrada en vigor
El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 23 de abril de 2025.
El Consejero de Educación, Ciencia y Universidades,
EMILIO VICIANA DURO
La Presidenta,
ISABEL DÍAZ AYUSO
BOCM-20250425-7
(03/6.442/25)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 300
VIERNES 25 DE ABRIL DE 2025
B.O.C.M. Núm. 98
« Anexo V
Número mínimo de horas lectivas de los cursos, por idioma y nivel
Idiomas
Nivel básico
Nivel Intermedio
B1
B2
Nivel Avanzado
C1
C2
Alemán, español como lengua
90
+
90
135
135+135
135
90+90*
extranjera, francés, inglés,italiano,
neerlandés y rumano
Árabe**, coreano, chino y japonés
135+135+135
135+135
135+135
135+135
135+135
Catalán, gallego y portugués
135
135
135+135
90+90
135
Danés, euskera, finés, griego,
90+90
135+135
135+135
135
90+90
irlandés, polaco, ruso y sueco
*El curso de nivel C2 de español como lengua extranjera comprenderá un mínimo de 135 horas
lectivas. ** El nivel básico de árabe se impartirá en dos cursos de 135 horas mínimo cada uno.»
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA
Implantación del nuevo currículo
Las enseñanzas que se determinan en el presente Decreto se implantarán el curso escolar 2025-2026.
DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA
Habilitación normativa
Se habilita al titular de la Consejería competente en materia de Educación para dictar
cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo de lo dispuesto en este Decreto.
DISPOSICIÓN FINAL TERCERA
Entrada en vigor
El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 23 de abril de 2025.
El Consejero de Educación, Ciencia y Universidades,
EMILIO VICIANA DURO
La Presidenta,
ISABEL DÍAZ AYUSO
BOCM-20250425-7
(03/6.442/25)
http://www.bocm.es
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791