C) Otras Disposiciones - UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS (BOCM-20250422-14)
Extracto convocatoria subvenciones – Extracto de la Resolución del Rector Magfco. de la Universidad Rey Juan Carlos, por la que se aprueba y hacen publicas las bases y la convocatoria de becas Erasmus +, financiadas por la Comisión Europea a través del SEPIE (Servicio Español para la Internacionalización de la Educación), para realizar estudios en el curso académico 2025/2026 dentro del programa Erasmus +
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 68
MARTES 22 DE ABRIL DE 2025
B.O.C.M. Núm. 95
Importe de las ayudas: los estudiantes que resulten beneficiarios de una ayuda económica podrían recibir: hasta un máximo de 5 meses. En caso de que haya fondos suficientes,
se podrá financiar la totalidad de la estancia realizada y debidamente justificada.
El importe de las ayudas dependerá del nivel de vida del país de destino, según los tres
grupos que se describen a continuación:
— Grupo 1. Países con costes de vida superiores: 350 euros.
Alemania, Austria, Bélgica, Dinamarca, Finlandia, Francia, Irlanda, Islandia, Italia, Liechtenstein, Luxemburgo, Noruega, Países Bajos y Suecia.
Terceros países no asociados al Programa de las regiones 13 y 14.
— Grupo 2. Países con costes de vida medios: 300 euros.
Chipre, Chequia, Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Grecia, Letonia, Malta, Portugal.
— Grupo 3. Países con costes de vida inferiores: 250 euros.
Bulgaria, Croacia, Hungría, Lituania, Macedonia del Norte, Polonia, Rumanía,
Serbia, Turquía.
Ayuda adicional para los estudiantes con menos oportunidades: Se financiará con fondos europeos la cantidad adicional de 250 euros mensuales a los estudiantes con menos oportunidades. El criterio que se seguirá para conceder esta ayuda adicional será el siguiente:
— Tener reconocida y calificada legalmente una discapacidad en grado igual o superior al 33 por 100.
— Hallarse en alguna de las situaciones de carácter socioeconómico expuestas a continuación:
— Ser beneficiario de una beca de estudios de carácter general de la Administración
General del Estado para realizar estudios universitarios y otros estudios superiores o de una beca del Departamento de Educación del País Vasco, o de una beca
para la escolarización de estudiantes de niveles no universitarios concedida por el
Departamento de Educación del País Vasco en el curso inmediatamente anterior
al que se vaya a realizar la movilidad o en el curso académico en el que se realice
la movilidad.
— Percibir la unidad familiar una prestación de Ingreso mínimo vital/Renta Mínima
de Inserción o cualquier otra prestación de igual o similar naturaleza, según la denominación adoptada en cada Comunidad Autónoma.
— Estar en riesgo de exclusión social.
— Pertenecer a una familia numerosa o monoparental.
— Encontrarse en una situación de especial necesidad y emergencia social.
— Ser víctima de terrorismo, de violencia de género o en situación de orfandad.
— Encontrarse en una situación de dependencia o con dependientes a cargo.
— Tener un contrato de trabajo a tiempo completo.
— Padecer problemas físicos o mentales que genere la necesidad de apoyo adicional.
— Tener la condición de refugiado o con derecho a protección subsidiaria o haber
presentado solicitud de protección internacional en España.
Estas ayudas no son acumulativas si se presenta más de un perfil.
Ayuda para viajes. Se calculará en función de la distancia entre la ciudad de origen y
de destino, según la herramienta de la Comisión Europea:
https://erasmus-plus.ec.europa.eu/es/resources-and-tools/distance-calculator
Entre 10 y 99 Km
DESPLAZAMIENTOS
ECOLÓGICOS
DESPLAZAMIENTO
NO ECOLÓGICOS
56 euros
28 euros
Entre 100 y 499 km
285 euros
211 euros
Entre 500 y 1 999 km
417 euros
309 euros
Entre 2 000 y 2 999 km
535 euros
395 euros
Entre 3.000 y 3.999 km
785 euros
580 euros
Entre 4.000 y 7.999 km
1.188 euros
1.188 euros
8.000 km o más
1.735 euros
1.735 euros
Por “distancia de viaje” se entenderá la que separe el lugar de origen y aquel en el que
se desarrolle la actividad, mientras que el “importe” cubre la contribución al viaje de ida y
vuelta desde el lugar de la actividad.
En caso de que se realice desplazamiento ecológico, en la propia solicitud de la ayuda
deberá indicarse expresamente la realización de este. En caso de no haberse indicado en la
BOCM-20250422-14
DISTANCIAS DE VIAJES
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 68
MARTES 22 DE ABRIL DE 2025
B.O.C.M. Núm. 95
Importe de las ayudas: los estudiantes que resulten beneficiarios de una ayuda económica podrían recibir: hasta un máximo de 5 meses. En caso de que haya fondos suficientes,
se podrá financiar la totalidad de la estancia realizada y debidamente justificada.
El importe de las ayudas dependerá del nivel de vida del país de destino, según los tres
grupos que se describen a continuación:
— Grupo 1. Países con costes de vida superiores: 350 euros.
Alemania, Austria, Bélgica, Dinamarca, Finlandia, Francia, Irlanda, Islandia, Italia, Liechtenstein, Luxemburgo, Noruega, Países Bajos y Suecia.
Terceros países no asociados al Programa de las regiones 13 y 14.
— Grupo 2. Países con costes de vida medios: 300 euros.
Chipre, Chequia, Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Grecia, Letonia, Malta, Portugal.
— Grupo 3. Países con costes de vida inferiores: 250 euros.
Bulgaria, Croacia, Hungría, Lituania, Macedonia del Norte, Polonia, Rumanía,
Serbia, Turquía.
Ayuda adicional para los estudiantes con menos oportunidades: Se financiará con fondos europeos la cantidad adicional de 250 euros mensuales a los estudiantes con menos oportunidades. El criterio que se seguirá para conceder esta ayuda adicional será el siguiente:
— Tener reconocida y calificada legalmente una discapacidad en grado igual o superior al 33 por 100.
— Hallarse en alguna de las situaciones de carácter socioeconómico expuestas a continuación:
— Ser beneficiario de una beca de estudios de carácter general de la Administración
General del Estado para realizar estudios universitarios y otros estudios superiores o de una beca del Departamento de Educación del País Vasco, o de una beca
para la escolarización de estudiantes de niveles no universitarios concedida por el
Departamento de Educación del País Vasco en el curso inmediatamente anterior
al que se vaya a realizar la movilidad o en el curso académico en el que se realice
la movilidad.
— Percibir la unidad familiar una prestación de Ingreso mínimo vital/Renta Mínima
de Inserción o cualquier otra prestación de igual o similar naturaleza, según la denominación adoptada en cada Comunidad Autónoma.
— Estar en riesgo de exclusión social.
— Pertenecer a una familia numerosa o monoparental.
— Encontrarse en una situación de especial necesidad y emergencia social.
— Ser víctima de terrorismo, de violencia de género o en situación de orfandad.
— Encontrarse en una situación de dependencia o con dependientes a cargo.
— Tener un contrato de trabajo a tiempo completo.
— Padecer problemas físicos o mentales que genere la necesidad de apoyo adicional.
— Tener la condición de refugiado o con derecho a protección subsidiaria o haber
presentado solicitud de protección internacional en España.
Estas ayudas no son acumulativas si se presenta más de un perfil.
Ayuda para viajes. Se calculará en función de la distancia entre la ciudad de origen y
de destino, según la herramienta de la Comisión Europea:
https://erasmus-plus.ec.europa.eu/es/resources-and-tools/distance-calculator
Entre 10 y 99 Km
DESPLAZAMIENTOS
ECOLÓGICOS
DESPLAZAMIENTO
NO ECOLÓGICOS
56 euros
28 euros
Entre 100 y 499 km
285 euros
211 euros
Entre 500 y 1 999 km
417 euros
309 euros
Entre 2 000 y 2 999 km
535 euros
395 euros
Entre 3.000 y 3.999 km
785 euros
580 euros
Entre 4.000 y 7.999 km
1.188 euros
1.188 euros
8.000 km o más
1.735 euros
1.735 euros
Por “distancia de viaje” se entenderá la que separe el lugar de origen y aquel en el que
se desarrolle la actividad, mientras que el “importe” cubre la contribución al viaje de ida y
vuelta desde el lugar de la actividad.
En caso de que se realice desplazamiento ecológico, en la propia solicitud de la ayuda
deberá indicarse expresamente la realización de este. En caso de no haberse indicado en la
BOCM-20250422-14
DISTANCIAS DE VIAJES