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Convenio – Convenio de 21 de marzo de 2025, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Ciencia y Universidades) y Structura Gráfica, S. L., para la realización de prácticas externas de los alumnos de la Escuela Superior de Diseño
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 95
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 22 DE ABRIL DE 2025
Pág. 83
Información sobre el tratamiento de datos que realiza Structura Gráfica, S. L.: La
gestión de datos personales de los estudiantes en prácticas tendrá como finalidad el cumplimiento de las obligaciones derivadas del presente convenio en orden a una adecuada
gestión de las prácticas. Los alumnos podrán ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, portabilidad y limitación del tratamiento dirigiendo una solicitud a Structura Gráfica, S. L., mediante el envío de un correo a la siguiente dirección:
structura@structuragrafica.es
2. Datos personales de las personas físicas firmantes y de contacto:
Se informa a las partes que sus datos personales serán tratados con la finalidad de gestionar la relación convencional y favorecer la comunicación entre las partes.
Información sobre el tratamiento de datos que realiza Structura Gráfica, S. L., como responsable del tratamiento: Identificación del tratamiento: gestión de los datos de la persona
firmante del convenio y datos de las personas de contacto facilitados por la Administración
Pública para la gestión de las prácticas. Finalidad: gestión de las prácticas de alumnos matriculados en la Escuela Superior de Diseño. Ejercicio de derechos: Podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación, portabilidad y oposición a su tratamiento, mediante el envío de un correo a la siguiente dirección: structura@structuragrafica.es .
Información adicional: Puede consultar la información adicional y detallada sobre la política de privacidad de Structura Gráfica, S. L., en www.structuragrafica.es
Información sobre el tratamiento de datos que realiza la Escuela Superior de Diseño:
La gestión de datos personales del presente convenio está asociada a la actividad de tratamiento denominada Convenios Administrativos, cuyo responsable es el Director General
de Enseñanzas Artísticas, y cuya finalidad es la tramitación, gestión, ejecución y seguimiento de convenios administrativos suscritos con otras Administraciones Públicas, organismos públicos, entidades de derecho público y universidades públicas o con sujetos de
derecho privado. Puede ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición,
portabilidad y limitación del tratamiento dirigiendo una solicitud por Registro Electrónico
o Registro Presencial o en los lugares y formas previstos en el artículo 16.4 de la
Ley 39/2015, preferentemente mediante el formulario de solicitud “Ejercicio de derechos
en materia de protección de datos personales”. Dispone de información complementaria en
el siguiente enlace: https://www.comunidad.madrid/protecciondedatos
Undécima
Comisión mixta de seguimiento del convenio
Se crea una comisión mixta que llevará a cabo el seguimiento, vigilancia y control de la
ejecución del convenio y de los compromisos adquiridos por los firmantes. La comisión está
formada por la dirección de la Escuela Superior de Diseño y el responsable de las prácticas designado por Structura Gráfica, S. L., o las personas en que los mismos deleguen formalmente.
La comisión resolverá los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan
plantearse respecto del convenio, de acuerdo con la legalidad aplicable.
La comisión adoptará sus decisiones de mutuo acuerdo, y las mismas se harán constar
en la correspondiente acta. En lo demás, en la medida que su composición lo permita, adaptará su régimen de funcionamiento a lo establecido en la sección 3.a del capítulo II del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Duodécima
Este convenio tiene naturaleza administrativa y le es de aplicación la Ley 40/2015 de 1
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, quedando excluido de la aplicación de
la de la legislación de contratos del Sector Público, sin perjuicio del sometimiento a sus
principios para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse, así como a las normas generales de Derecho Administrativo, a los principios de buena administración y al ordenamiento jurídico en general.
Decimotercera
Solución de controversias
Las cuestiones litigiosas que pudieran suscitarse sobre la interpretación y aplicación
del presente convenio se resolverán, en primer término, por las partes de común acuerdo,
BOCM-20250422-17
Régimen jurídico
B.O.C.M. Núm. 95
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 22 DE ABRIL DE 2025
Pág. 83
Información sobre el tratamiento de datos que realiza Structura Gráfica, S. L.: La
gestión de datos personales de los estudiantes en prácticas tendrá como finalidad el cumplimiento de las obligaciones derivadas del presente convenio en orden a una adecuada
gestión de las prácticas. Los alumnos podrán ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, portabilidad y limitación del tratamiento dirigiendo una solicitud a Structura Gráfica, S. L., mediante el envío de un correo a la siguiente dirección:
structura@structuragrafica.es
2. Datos personales de las personas físicas firmantes y de contacto:
Se informa a las partes que sus datos personales serán tratados con la finalidad de gestionar la relación convencional y favorecer la comunicación entre las partes.
Información sobre el tratamiento de datos que realiza Structura Gráfica, S. L., como responsable del tratamiento: Identificación del tratamiento: gestión de los datos de la persona
firmante del convenio y datos de las personas de contacto facilitados por la Administración
Pública para la gestión de las prácticas. Finalidad: gestión de las prácticas de alumnos matriculados en la Escuela Superior de Diseño. Ejercicio de derechos: Podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación, portabilidad y oposición a su tratamiento, mediante el envío de un correo a la siguiente dirección: structura@structuragrafica.es .
Información adicional: Puede consultar la información adicional y detallada sobre la política de privacidad de Structura Gráfica, S. L., en www.structuragrafica.es
Información sobre el tratamiento de datos que realiza la Escuela Superior de Diseño:
La gestión de datos personales del presente convenio está asociada a la actividad de tratamiento denominada Convenios Administrativos, cuyo responsable es el Director General
de Enseñanzas Artísticas, y cuya finalidad es la tramitación, gestión, ejecución y seguimiento de convenios administrativos suscritos con otras Administraciones Públicas, organismos públicos, entidades de derecho público y universidades públicas o con sujetos de
derecho privado. Puede ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición,
portabilidad y limitación del tratamiento dirigiendo una solicitud por Registro Electrónico
o Registro Presencial o en los lugares y formas previstos en el artículo 16.4 de la
Ley 39/2015, preferentemente mediante el formulario de solicitud “Ejercicio de derechos
en materia de protección de datos personales”. Dispone de información complementaria en
el siguiente enlace: https://www.comunidad.madrid/protecciondedatos
Undécima
Comisión mixta de seguimiento del convenio
Se crea una comisión mixta que llevará a cabo el seguimiento, vigilancia y control de la
ejecución del convenio y de los compromisos adquiridos por los firmantes. La comisión está
formada por la dirección de la Escuela Superior de Diseño y el responsable de las prácticas designado por Structura Gráfica, S. L., o las personas en que los mismos deleguen formalmente.
La comisión resolverá los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan
plantearse respecto del convenio, de acuerdo con la legalidad aplicable.
La comisión adoptará sus decisiones de mutuo acuerdo, y las mismas se harán constar
en la correspondiente acta. En lo demás, en la medida que su composición lo permita, adaptará su régimen de funcionamiento a lo establecido en la sección 3.a del capítulo II del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Duodécima
Este convenio tiene naturaleza administrativa y le es de aplicación la Ley 40/2015 de 1
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, quedando excluido de la aplicación de
la de la legislación de contratos del Sector Público, sin perjuicio del sometimiento a sus
principios para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse, así como a las normas generales de Derecho Administrativo, a los principios de buena administración y al ordenamiento jurídico en general.
Decimotercera
Solución de controversias
Las cuestiones litigiosas que pudieran suscitarse sobre la interpretación y aplicación
del presente convenio se resolverán, en primer término, por las partes de común acuerdo,
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Régimen jurídico