D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20250422-39)
Convenio –  Convenio de 2 de abril de 2025, de cooperación educativa, entre la Universidad Rey Juan Carlos y la Comunidad de Madrid a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, para la realización de prácticas externas de estudiantes en centros y servicios dependientes de la Consejería
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 22 DE ABRIL DE 2025

B.O.C.M. Núm. 95

impulso y la realización de actividades de estudio, investigación y formación especializada
en materias propias de la Consejería.
IV. La Universidad Rey Juan Carlos (URJC), según se recoge en sus Estatutos aprobados por Decreto 22/2003, de 27 de febrero, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de
Madrid, y modificados por Decreto 28/2010, de 20 de mayo, del citado Consejo de Gobierno, tiene entre sus fines el acercar la formación universitaria a la realidad social y profesional de nuestro entorno, mediante el establecimiento de relaciones con instituciones externas, que permitan completar el proceso formativo con una puesta en práctica de los
conocimientos teóricos adquiridos.
Asimismo, asume su compromiso de acercar la formación universitaria a la realidad
social y profesional de nuestro entorno, mediante el establecimiento de relaciones con otras
entidades, que permitan completar el proceso formativo con una puesta en práctica de los
conocimientos teóricos adquiridos.
V. En virtud de cuanto antecede, es deseo de ambas partes suscribir este convenio
con la pretensión de establecer adecuadas fórmulas de cooperación y promover así una relación más intensa y estrecha entre ellas.
Por ello, el presente convenio se celebra conforme a los intereses en común expuestos
y en la seguridad de que redundará en un beneficio para las partes firmantes, para el alumnado de la Universidad Rey Juan Carlos, para los empleados públicos autonómicos y para
la propia sociedad madrileña, en su conjunto.
Por todo cuanto antecede, y en su virtud, las partes intervinientes suscriben el presente convenio de acuerdo a las siguientes,
CLÁUSULAS
Primera
Objeto
Este convenio tiene por objeto establecer un marco de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, y la Universidad Rey Juan Carlos, con el fin de determinar las condiciones en las que los estudiantes de la Universidad Rey Juan Carlos realizarán las prácticas externas de los diferentes
estudios de grado y posgrado en los centros y servicios dependientes de la Consejería, además de la participación en aquellas actividades curriculares promovidas por cualquiera de
estas dos instituciones que se consideren de interés en base a las funciones que cada una tiene encomendadas.
Segunda
Relaciones jurídicas
La relación que se establezca entre el estudiante en prácticas y la Comunidad de
Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, no supondrá
más compromiso que el estipulado en el presente convenio y de la misma no se deriva obligación alguna propia de un contrato laboral, ya que no tendrá dicho carácter.
Si al término de los estudios el alumno se incorporase a la plantilla del centro o servicio dependiente de la de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, el tiempo
de prácticas no podrá computarse a efectos de antigüedad.
En el ámbito de las Administraciones Públicas, Entidades de Derecho Público y demás
Organismos Públicos, la realización en los mismos de las prácticas académicas externas no
podrá tener consideración de mérito para el acceso a la función pública, ni será computada
a efectos de antigüedad o reconocimientos de servicios nuevos.

Desarrollo de las prácticas formativas
1. La realización de prácticas estará dirigida a aquellos estudiantes matriculados en
la Universidad Rey Juan Carlos para la obtención de una titulación universitaria. Los estudiantes podrán ser beneficiarios de las actuaciones contenidas en este convenio siempre y
cuando mantengan su relación académica con dicha entidad. A estos efectos, se entenderá
que los estudiantes que finalicen sus estudios durante la realización del período de prácticas, permanecerán en la consideración de estudiantes hasta la finalización del curso acadé-

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Tercera