Madrid (BOCM-20250421-36)
Régimen económico. Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad. Extracto convocatoria subvenciones
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 93
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 21 DE ABRIL DE 2025
Pág. 121
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
36
MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO
Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad
Extracto del decreto de 3 de abril de 2025, del delegado del Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad del Ayuntamiento de Madrid, por el que se aprueba la
convocatoria pública de subvenciones 2025 a entidades e instituciones de carácter social sin
ánimo de lucro que desarrollen proyectos que complementen las actuaciones de la Dirección General de Igualdad y Contra la Violencia de Género.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ).
Primero. Beneficiarios.—Entidades e Instituciones de carácter social sin ánimo de lucro.
Segundo. Objeto.—Desarrollo de proyectos que complementen las actuaciones de la
Dirección General de Igualdad y Contra la Violencia de Género.
Tercero. Bases reguladoras.—Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la
concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos
aprobada por Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Madrid de 30 de octubre de 2013,
publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 278, de 22 de
noviembre de 2013 (en adelante, OBRGS).
Cuarto. Cuantía.—El importe total destinado a esta convocatoria es 1.063.400,00
euros y se distribuirá en los siguientes términos:
a) Ámbito material de Promoción de la Igualdad y no Discriminación: 405.000,00 euros.
b) Ámbito material de Protección y Promoción de los Derechos de las personas
LGTBI: 375.000,00 euros.
c) Ámbito material de Prevención y Atención Frente a la Violencia de Género: 283.400,00
euros.
Los tramos de puntuación e importe correspondiente de subvención de esta convocatoria son los siguientes:
— Primer tramo: De 91 a 100 puntos la cuantía máxima a subvencionar será de 55.000
euros.
— Segundo tramo: De 81 a 90 puntos la cuantía máxima a subvencionar será de 45.000
euros.
— Tercer tramo: De 70 a 80 puntos la cuantía máxima a subvencionar será de 35.000
euros.
En cualquier caso, la cuantía de la subvención no podrá exceder del 80 % del coste total
del proyecto presentado.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles contados desde el siguiente a la publicación del extracto de
la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Sexto. Órganos competentes.—Los órganos competentes para la instrucción y la
resolución del procedimiento regulado en la convocatoria serán la Dirección General de
Igualdad y Contra la Violencia de Género y el Delegado del Área de Gobierno de Políticas
Sociales, Familia e Igualdad.
Séptimo. Publicación.—La resolución definitiva se publicará en la Base de Datos
Nacional de Subvenciones y en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid. Además,
se podrá consultar en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid https://sede.madrid.es
y en la página web www.madrid.es
BOCM-20250421-36
BDNS Identif.: 825175
B.O.C.M. Núm. 93
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 21 DE ABRIL DE 2025
Pág. 121
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
36
MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO
Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad
Extracto del decreto de 3 de abril de 2025, del delegado del Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad del Ayuntamiento de Madrid, por el que se aprueba la
convocatoria pública de subvenciones 2025 a entidades e instituciones de carácter social sin
ánimo de lucro que desarrollen proyectos que complementen las actuaciones de la Dirección General de Igualdad y Contra la Violencia de Género.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ).
Primero. Beneficiarios.—Entidades e Instituciones de carácter social sin ánimo de lucro.
Segundo. Objeto.—Desarrollo de proyectos que complementen las actuaciones de la
Dirección General de Igualdad y Contra la Violencia de Género.
Tercero. Bases reguladoras.—Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la
concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos
aprobada por Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Madrid de 30 de octubre de 2013,
publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 278, de 22 de
noviembre de 2013 (en adelante, OBRGS).
Cuarto. Cuantía.—El importe total destinado a esta convocatoria es 1.063.400,00
euros y se distribuirá en los siguientes términos:
a) Ámbito material de Promoción de la Igualdad y no Discriminación: 405.000,00 euros.
b) Ámbito material de Protección y Promoción de los Derechos de las personas
LGTBI: 375.000,00 euros.
c) Ámbito material de Prevención y Atención Frente a la Violencia de Género: 283.400,00
euros.
Los tramos de puntuación e importe correspondiente de subvención de esta convocatoria son los siguientes:
— Primer tramo: De 91 a 100 puntos la cuantía máxima a subvencionar será de 55.000
euros.
— Segundo tramo: De 81 a 90 puntos la cuantía máxima a subvencionar será de 45.000
euros.
— Tercer tramo: De 70 a 80 puntos la cuantía máxima a subvencionar será de 35.000
euros.
En cualquier caso, la cuantía de la subvención no podrá exceder del 80 % del coste total
del proyecto presentado.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles contados desde el siguiente a la publicación del extracto de
la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Sexto. Órganos competentes.—Los órganos competentes para la instrucción y la
resolución del procedimiento regulado en la convocatoria serán la Dirección General de
Igualdad y Contra la Violencia de Género y el Delegado del Área de Gobierno de Políticas
Sociales, Familia e Igualdad.
Séptimo. Publicación.—La resolución definitiva se publicará en la Base de Datos
Nacional de Subvenciones y en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid. Además,
se podrá consultar en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid https://sede.madrid.es
y en la página web www.madrid.es
BOCM-20250421-36
BDNS Identif.: 825175