Nuevo Baztán (BOCM-20250421-50)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 93
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 21 DE ABRIL DE 2025
Pág. 147
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
50
NUEVO BAZTÁN
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
Resolución de Alcaldía de fecha 8 de abril de 2025 del Ayuntamiento de Nuevo Baztán por la que se aprueba definitivamente expediente de Delegación de Competencias del
alcalde.
Habiéndose aprobado definitivamente el expediente Delegación de Competencias del alcalde se publica el mismo para su general conocimiento y en cumplimiento del artículo 44 del
Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las Entidades Locales,
aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.
“RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA 2025-0695
Visto que por causa de enfermedad, resulta necesario sustituir a la alcaldesa en todas
sus funciones propias del cargo.
Considerando que el art. 47 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de
noviembre, distingue tres tipos de suplencia: a) vacante de la alcaldía; b) suplencia (en los
casos de ausencia, enfermedad o impedimento del alcalde); y c) suplencia accidental (casos en que el alcalde debe abstenerse o ausentarse momentáneamente y acto de que se trate no pueda o deba interrumpirse).
Considerando que corresponde a los tenientes de alcalde sustituir al alcalde en la totalidad de sus funciones y por el orden de su nombramiento (art. 23.3 de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local; y 44.1 y 2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre), y que por Resolución de Alcaldía n.o 1984/2024,
de 16 de diciembre, modificado, se han designado a los tenientes de alcalde.
De conformidad con lo establecido en los artículos 9.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local; y 43 a 45, 114 a 118, 120 y 121 del Reglamento de
Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por
Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre,
Primero.—Delegar las funciones de la Alcaldía y, en consecuencia, nombrar alcalde
accidental a D. Ignacio Espinosa Arjona, primer teniente de alcalde, que ejercerá dichas
funciones desde el día 8 de abril de 2025, desde el momento de la firma de esta Resolución,
hasta el día 12 de mayo de 2025 a las 23:59 horas.
Segundo.—La delegación comprende las facultades de dirección y de gestión, así
como la de resolver los procedimientos administrativos oportunos mediante la adopción de
actos administrativos que afecten a terceros.
Tercero.—Establecer que los actos dictados por el delegado en ejercicio de las atribuciones que le han sido delegadas deben indicar expresamente esta circunstancia y que se
considerarán dictados por la Alcaldía de este Ayuntamiento.
Cuarto.—El órgano delegado ha de informar a esta Alcaldía, a posteriori, y, en todo
caso, cuando se le requiera para ello, de la gestión realizada y de las disposiciones dictadas
en el período de referencia, y con carácter previo de aquellas decisiones de trascendencia,
tal y como se prevé en al artículo 115 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por
el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de
las Entidades Locales.
Quinto.—Comunicar la presente resolución al delegado, a los concejales y a los servicios administrativos de la Corporación para su conocimiento y efectos oportunos.
BOCM-20250421-50
RESUELVO
B.O.C.M. Núm. 93
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 21 DE ABRIL DE 2025
Pág. 147
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
50
NUEVO BAZTÁN
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
Resolución de Alcaldía de fecha 8 de abril de 2025 del Ayuntamiento de Nuevo Baztán por la que se aprueba definitivamente expediente de Delegación de Competencias del
alcalde.
Habiéndose aprobado definitivamente el expediente Delegación de Competencias del alcalde se publica el mismo para su general conocimiento y en cumplimiento del artículo 44 del
Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las Entidades Locales,
aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.
“RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA 2025-0695
Visto que por causa de enfermedad, resulta necesario sustituir a la alcaldesa en todas
sus funciones propias del cargo.
Considerando que el art. 47 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de
noviembre, distingue tres tipos de suplencia: a) vacante de la alcaldía; b) suplencia (en los
casos de ausencia, enfermedad o impedimento del alcalde); y c) suplencia accidental (casos en que el alcalde debe abstenerse o ausentarse momentáneamente y acto de que se trate no pueda o deba interrumpirse).
Considerando que corresponde a los tenientes de alcalde sustituir al alcalde en la totalidad de sus funciones y por el orden de su nombramiento (art. 23.3 de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local; y 44.1 y 2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre), y que por Resolución de Alcaldía n.o 1984/2024,
de 16 de diciembre, modificado, se han designado a los tenientes de alcalde.
De conformidad con lo establecido en los artículos 9.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local; y 43 a 45, 114 a 118, 120 y 121 del Reglamento de
Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por
Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre,
Primero.—Delegar las funciones de la Alcaldía y, en consecuencia, nombrar alcalde
accidental a D. Ignacio Espinosa Arjona, primer teniente de alcalde, que ejercerá dichas
funciones desde el día 8 de abril de 2025, desde el momento de la firma de esta Resolución,
hasta el día 12 de mayo de 2025 a las 23:59 horas.
Segundo.—La delegación comprende las facultades de dirección y de gestión, así
como la de resolver los procedimientos administrativos oportunos mediante la adopción de
actos administrativos que afecten a terceros.
Tercero.—Establecer que los actos dictados por el delegado en ejercicio de las atribuciones que le han sido delegadas deben indicar expresamente esta circunstancia y que se
considerarán dictados por la Alcaldía de este Ayuntamiento.
Cuarto.—El órgano delegado ha de informar a esta Alcaldía, a posteriori, y, en todo
caso, cuando se le requiera para ello, de la gestión realizada y de las disposiciones dictadas
en el período de referencia, y con carácter previo de aquellas decisiones de trascendencia,
tal y como se prevé en al artículo 115 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por
el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de
las Entidades Locales.
Quinto.—Comunicar la presente resolución al delegado, a los concejales y a los servicios administrativos de la Corporación para su conocimiento y efectos oportunos.
BOCM-20250421-50
RESUELVO