Meco (BOCM-20250421-49)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
5 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 146
LUNES 21 DE ABRIL DE 2025
B.O.C.M. Núm. 93
Convocados, impartidos u homologados por escuelas de administraciones públicas o
por centros al amparo de planes de formación continua, siempre que el certificado estuviera
expedido por estos centros y que hayan sido convocados, impartidos u homologados por el
Instituto Nacional de Administración Pública, por otros Institutos de Administración Pública o por Organizaciones Sindicales u otros agentes promotores dentro del marco del Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas o entidades privadas.
Se acreditará mediante certificado estuviera expedido por los centros que impartan la
formación.
Cada hora de curso se puntuará con: 0,25 puntos.
El plazo máximo de validez de los cursos será de diez (10) años inmediatamente anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, es decir, 1 de enero de 2015, incluido. Se tendrá en consideración para esta cuestión la fecha de realización
del curso expuesta en el certificado.
No se valorarán los correspondientes a una carrera universitaria, los de doctorado, los
derivados de procesos selectivos y los diplomas relativos a jornadas, seminarios, simposios,
máster y similares, ni los cursos repetidos emitidos por el mismo organismo.
Tampoco serán objeto de valoración aquellos en cuya certificación no aparezca su
duración.
Adjudicación del puesto de trabajo
La propuesta de resolución deberá recaer sobre la/el candidata/o que haya obtenido
mayor puntuación sumados los méritos generales y méritos específicos. La valoración de
los méritos deberá efectuarse mediante puntuación obtenida como resultado de contrastar
la documentación acreditativa de los mismos con los baremos contenidos en las presentes
bases. Las puntuaciones otorgadas deberán reflejarse en las actas que se levanten al efecto.
Régimen de impugnaciones
BOCM-20250421-49
Los actos administrativos que se deriven de la presente convocatoria, así como las actuaciones del Tribunal calificador, podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, sin perjuicio de que las personas interesadas
puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro que estimen pertinente.
En Meco, a 4 de abril de 2025.—El alcalde-presidente, Pedro Luis Sanz Carlavilla.
(03/5.766/25)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 146
LUNES 21 DE ABRIL DE 2025
B.O.C.M. Núm. 93
Convocados, impartidos u homologados por escuelas de administraciones públicas o
por centros al amparo de planes de formación continua, siempre que el certificado estuviera
expedido por estos centros y que hayan sido convocados, impartidos u homologados por el
Instituto Nacional de Administración Pública, por otros Institutos de Administración Pública o por Organizaciones Sindicales u otros agentes promotores dentro del marco del Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas o entidades privadas.
Se acreditará mediante certificado estuviera expedido por los centros que impartan la
formación.
Cada hora de curso se puntuará con: 0,25 puntos.
El plazo máximo de validez de los cursos será de diez (10) años inmediatamente anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, es decir, 1 de enero de 2015, incluido. Se tendrá en consideración para esta cuestión la fecha de realización
del curso expuesta en el certificado.
No se valorarán los correspondientes a una carrera universitaria, los de doctorado, los
derivados de procesos selectivos y los diplomas relativos a jornadas, seminarios, simposios,
máster y similares, ni los cursos repetidos emitidos por el mismo organismo.
Tampoco serán objeto de valoración aquellos en cuya certificación no aparezca su
duración.
Adjudicación del puesto de trabajo
La propuesta de resolución deberá recaer sobre la/el candidata/o que haya obtenido
mayor puntuación sumados los méritos generales y méritos específicos. La valoración de
los méritos deberá efectuarse mediante puntuación obtenida como resultado de contrastar
la documentación acreditativa de los mismos con los baremos contenidos en las presentes
bases. Las puntuaciones otorgadas deberán reflejarse en las actas que se levanten al efecto.
Régimen de impugnaciones
BOCM-20250421-49
Los actos administrativos que se deriven de la presente convocatoria, así como las actuaciones del Tribunal calificador, podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, sin perjuicio de que las personas interesadas
puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro que estimen pertinente.
En Meco, a 4 de abril de 2025.—El alcalde-presidente, Pedro Luis Sanz Carlavilla.
(03/5.766/25)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791