Madrid (BOCM-20250416-43)
Régimen económico. Distrito de Centro. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 16 DE ABRIL DE 2025

B.O.C.M. Núm. 90

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
43

MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO

Distrito de Centro
Extracto del decreto de 3 de abril de 2025, del concejal-presidente del Distrito de Centro, por el que se aprueba la convocatoria de subvenciones de fomento del asociacionismo
para el año 2025 y anticipada para el año 2026.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ):

— 2025: 826048/826049.
— 2026: 826055/826056.
Primero. Beneficiarios.—Asociaciones de base que tengan su domicilio social en el
Distrito de Centro, y estén inscritas en el Registro de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Madrid y que cumplan los requisitos establecidos en la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y
sus organismos públicos aprobada por acuerdo plenario de 30 de octubre de 2013, modificada por Acuerdo de 28 de noviembre de 2023 del Pleno del Ayuntamiento de Madrid.
Segundo. Objeto.—Promover el tejido asociativo y la participación de las entidades
ciudadanas del municipio de Madrid, contribuyendo a consolidar la democracia participativa, la continuidad y crecimiento de las entidades y a favorecer su correcto funcionamiento durante el año 2025 y 2026, así como paliar las posibles consecuencias negativas que se
puedan derivar de la situación económica y social actual.
Tercero. Bases reguladoras.—Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos de 30 de octubre de 2013, modificada por el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Madrid, de 30 de
octubre de 2023, publicada en www.madrid.es
Cuarto. Cuantía.—El importe total destinado a esta convocatoria por año asciende a
116.960 euros, que se distribuirán de la siguiente forma:
— Modalidad de proyectos: 75.000 euros.
— Modalidad de gastos de mantenimiento de sedes sociales u otros espacios:
41.960 euros, cuyo desglose es el siguiente:
• Gastos de alquiler y funcionamiento de sede social: 36.960 euros.
• Gastos de adquisición de mobiliario y equipamiento: 5.000 euros.
La cuantía de la subvención se considerará importe cierto quedando de cuenta del beneficiario la diferencia de financiación necesaria para la total ejecución de la actividad subvencionada, debiendo ser reintegrada, en su caso, la financiación pública por el importe en
que la misma exceda del coste total de dicha actividad.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo de presentación de solicitudes
para el año 2025 será de 15 días hábiles, contados desde el siguiente a la publicación del extracto de la presente convocatorias en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Para el año 2026, el plazo de presentación de solicitudes será del 3 de noviembre al 24 de
noviembre de 2025.
Sexto. Otros datos.—Esta convocatoria de subvenciones se desarrolla en régimen de
concurrencia competitiva.
Las solicitudes de subvención se formalizarán conforme al modelo que figura como
solicitud de subvención en la presente convocatoria.

BOCM-20250416-43

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