Getafe (BOCM-20250415-78)
Urbanismo. Plan general
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 89
MARTES 15 DE ABRIL DE 2025
Pág. 467
ANEXO
Con las variaciones aprobadas, la ordenación pormenorizada de la Zona de Ordenanza A2 de la ZOI.04 “Los Olivos” quedaría:
1.- Definición de la zona.
Los actuales 155.191 m²s con una edificabilidad de 163.189 m²CIND se ven incrementados
con esta modificación en 25.118 m²s con una edificabilidad de 18.626 m²CIND, resultando
una superficie total de la Zona A2 de 180.309 m²s con una edificabilidad de 181.815 m²CIND.
2.- Condiciones de uso.
No varía.
3.- Condiciones de la nueva edificación.
3.1. Parcela mínima:
No varía.
Frente mínimo:
No varía.
3.2. Retranqueos.
3.2.1. Al frente:
Diez metros (10).
3.2.2. A linderos.
No varía.
3.2.3. Espacios libres.
No varía.
3.3. Separación entre edificios. No varía.
3.4. Edificabilidad (*):
0,893 m²c/m²s neto de
parcela.
(*) La edificabilidad neta de las parcelas es el resultado de
aplicar la edificabilidad bruta que le asigna el área homogénea
tras restar los m² de cesión de Zona Verde.
22.429 m²c/25.118 m²s = 0,893 m²c/m²s neto de parcela
3.5. Altura de los edificios:
No varía.
3.6. Ocupación máxima sobre parcela neta edificable:
La resultante de aplicar los retranqueos.
4.- Aparcamiento.
Se dispondrá de 1,5 plazas de aparcamiento por cada 100 m² de superficie construida, en
el interior de la parcela.
5.- Carga y descarga.
No varía.
6.- Condiciones estéticas.
No varía.
BOCM-20250415-78
7.- Otras condiciones impuestas por los informes sectoriales:
7.1. En tanto no estén ejecutadas las obras de infraestructuras
a que se hace referencia en los informes del Canal de Isabel
II, de manera transitoria, se deberá implantar una
instalación que reduzca el vertido de aguas pluviales a la
red de alcantarillado. El Ayuntamiento (o en su defecto el
Canal YII) en el momento de solicitar licencia, avalarán la
solución prevista en cada proyecto de ejecución.
7.2. Al encontrarse la totalidad del ámbito incluido en las zonas
y espacios afectados por servidumbres aeronáuticas de la
Base Aérea de Getafe, la ejecución de cualquier
construcción,
instalación
(postes,
antenas,
aerogeneradores -incluidas las palas-), medios necesarios
para la construcción (incluidas las grúas de construcción y
similares) o plantación, requerirá informe favorable por
parte del Ministerio de Defensa.
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 89
MARTES 15 DE ABRIL DE 2025
Pág. 467
ANEXO
Con las variaciones aprobadas, la ordenación pormenorizada de la Zona de Ordenanza A2 de la ZOI.04 “Los Olivos” quedaría:
1.- Definición de la zona.
Los actuales 155.191 m²s con una edificabilidad de 163.189 m²CIND se ven incrementados
con esta modificación en 25.118 m²s con una edificabilidad de 18.626 m²CIND, resultando
una superficie total de la Zona A2 de 180.309 m²s con una edificabilidad de 181.815 m²CIND.
2.- Condiciones de uso.
No varía.
3.- Condiciones de la nueva edificación.
3.1. Parcela mínima:
No varía.
Frente mínimo:
No varía.
3.2. Retranqueos.
3.2.1. Al frente:
Diez metros (10).
3.2.2. A linderos.
No varía.
3.2.3. Espacios libres.
No varía.
3.3. Separación entre edificios. No varía.
3.4. Edificabilidad (*):
0,893 m²c/m²s neto de
parcela.
(*) La edificabilidad neta de las parcelas es el resultado de
aplicar la edificabilidad bruta que le asigna el área homogénea
tras restar los m² de cesión de Zona Verde.
22.429 m²c/25.118 m²s = 0,893 m²c/m²s neto de parcela
3.5. Altura de los edificios:
No varía.
3.6. Ocupación máxima sobre parcela neta edificable:
La resultante de aplicar los retranqueos.
4.- Aparcamiento.
Se dispondrá de 1,5 plazas de aparcamiento por cada 100 m² de superficie construida, en
el interior de la parcela.
5.- Carga y descarga.
No varía.
6.- Condiciones estéticas.
No varía.
BOCM-20250415-78
7.- Otras condiciones impuestas por los informes sectoriales:
7.1. En tanto no estén ejecutadas las obras de infraestructuras
a que se hace referencia en los informes del Canal de Isabel
II, de manera transitoria, se deberá implantar una
instalación que reduzca el vertido de aguas pluviales a la
red de alcantarillado. El Ayuntamiento (o en su defecto el
Canal YII) en el momento de solicitar licencia, avalarán la
solución prevista en cada proyecto de ejecución.
7.2. Al encontrarse la totalidad del ámbito incluido en las zonas
y espacios afectados por servidumbres aeronáuticas de la
Base Aérea de Getafe, la ejecución de cualquier
construcción,
instalación
(postes,
antenas,
aerogeneradores -incluidas las palas-), medios necesarios
para la construcción (incluidas las grúas de construcción y
similares) o plantación, requerirá informe favorable por
parte del Ministerio de Defensa.