Torres de la Alameda (BOCM-20250415-95)
Ofertas de empleo. Oferta empleo público
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 89

MARTES 15 DE ABRIL DE 2025

Pág. 489

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
95

TORRES DE LA ALAMEDA
OFERTAS DE EMPLEO

Mediante acuerdo de la Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento, de 3 de abril
de 2025, se aprobó la Oferta de Empleo Público ordinaria para el ejercicio 2025, en cumplimiento del artículo 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local, el artículo 70 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
A) PERSONAL LABORAL
GRUPO DE CLASIFICACIÓN

CATEGORÍA LABORAL

GRUPO

PLAZAS

PROCEDIMIENTO

AÑO OPE

C1

EDUCADORA

C1

1

CONCURSO OPOSICION

2025

AGRUPACIÓN PROFESIONAL

POSI SERVICIOS MUNICIPALES

AG.PR

1

CONCURSO OPOSICION

2025

C2

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

C2

1

CONCURSO OPOSICIÓN

2025

AGRUPACIÓN PROFESIONAL

CONDUCTOR

AG.PR

1

CONCURSO OPOSICIÓN

2025

TOTAL LABORALES

4

TOTAL OFERTA EMPLEO 2025

4

BOCM-20250415-95

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo ante la Junta de Gobierno Local en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid en el plazo de dos meses,
a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad
con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya
producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd.
cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
Torres de la Alameda, a 4 de abril de 2025.—El alcalde-presidente, José Antonio Blanco Heras.
(03/5.586/25)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791