B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE SANIDAD - HOSPITAL UNIVERSITARIO “SEVERO OCHOA” (BOCM-20250415-13)
Convocatoria puesto – Resolución de 25 de marzo de 2025, de la Dirección-Gerencia del Hospital Universitario “Severo Ochoa” del Servicio Madrileño de Salud, por la que se convoca un puesto de Jefe/a de Sección de Oftalmología en este centro asistencial para su cobertura mediante nombramiento provisional
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BOCM
Pág. 156
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 15 DE ABRIL DE 2025
B.O.C.M. Núm. 89
de docencia para postgraduados en la especialidad de que se
trate (de conformidad con la Directiva 75/363/CE de Luxemburgo, de 16 de
junio de 1975) y con título de especialista convalidado por el Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte: 12 puntos.
2.3. Facultativos que hayan obtenido el Título de la especialidad a través de
cualquier otra vía distinta a lo establecido en los apartados 2.1 y 2.2: 6 puntos.
(Estos apartados son excluyentes entre sí).
3. Experiencia Profesional (Puntuación máxima 50 puntos):
3.1. Actividad asistencial (máximo 40 puntos):
3.1.1.-Por cada mes trabajado en los servicios jerarquizados en
especialidad distinta a la que se concursa, habiendo modificado su
denominación a la actual, al amparo de lo dispuesto en la Resolución de 22
de enero de 1985 (“Boletín Oficial del Estado”, de 20 de febrero, de la
Subsecretaría de Sanidad y Consumo): 0,1 puntos.
3.1.2.- Por cada mes trabajado en servicios no jerarquizados en la
especialidad a la que se concursa en instituciones sanitarias públicas del
Sistema Nacional de la Salud o en hospitales de titularidad pública: 0,1
puntos.
3.1.3.- Por cada mes de servicios prestados en la misma especialidad a la
que se concursa en otras instituciones públicas o privadas, con programa
BOCM-20250415-13
acreditado de docencia por la Comisión Nacional o en centros extranjeros con
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 15 DE ABRIL DE 2025
B.O.C.M. Núm. 89
de docencia para postgraduados en la especialidad de que se
trate (de conformidad con la Directiva 75/363/CE de Luxemburgo, de 16 de
junio de 1975) y con título de especialista convalidado por el Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte: 12 puntos.
2.3. Facultativos que hayan obtenido el Título de la especialidad a través de
cualquier otra vía distinta a lo establecido en los apartados 2.1 y 2.2: 6 puntos.
(Estos apartados son excluyentes entre sí).
3. Experiencia Profesional (Puntuación máxima 50 puntos):
3.1. Actividad asistencial (máximo 40 puntos):
3.1.1.-Por cada mes trabajado en los servicios jerarquizados en
especialidad distinta a la que se concursa, habiendo modificado su
denominación a la actual, al amparo de lo dispuesto en la Resolución de 22
de enero de 1985 (“Boletín Oficial del Estado”, de 20 de febrero, de la
Subsecretaría de Sanidad y Consumo): 0,1 puntos.
3.1.2.- Por cada mes trabajado en servicios no jerarquizados en la
especialidad a la que se concursa en instituciones sanitarias públicas del
Sistema Nacional de la Salud o en hospitales de titularidad pública: 0,1
puntos.
3.1.3.- Por cada mes de servicios prestados en la misma especialidad a la
que se concursa en otras instituciones públicas o privadas, con programa
BOCM-20250415-13
acreditado de docencia por la Comisión Nacional o en centros extranjeros con