B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE SANIDAD - HOSPITAL UNIVERSITARIO “PRÍNCIPE DE ASTURIAS” (BOCM-20250415-11)
Convocatoria puesto – Resolución de 25 de marzo de 2025, de la Dirección Gerencia del Hospital Universitario “Príncipe de Asturias” del Servicio Madrileño de Salud, por la que se convoca un puesto de Coordinador/a de Admisión y Documentación Clínica en este centro asistencial para su cobertura mediante nombramiento provisional
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BOCM
Pág. 132
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 15 DE ABRIL DE 2025
B.O.C.M. Núm. 89
ANEXO V
COMISIÓN DE SELECCIÓN
PRIMERA. Naturaleza
La Comisión de Selección es el órgano colegiado a quien corresponde la ejecución de la convocatoria,
resolviendo con arreglo a lo dispuesto en esta y demás normas de aplicación, y que tiene como misión
valorar colegiadamente la idoneidad de los aspirantes a través de la evaluación, tanto de la capacidad
científica y experiencia profesional de los aspirantes, como de su propuesta de gestión de la
correspondiente unidad.
SEGUNDA. Composición de la Comisión de Selección.
1. La Comisión de Selección estará compuesta por los siguientes miembros que actuarán como
titulares:
- El/La Director/a Médico/a o persona en quien delegue que actuará como Presidente/a.
- Un/a Jefe/a de Servicio de la División asistencial designado por la Dirección Médica.
- Un/a Jefe/a de Servicio designado por la Junta Técnico Asistencial del Hospital Universitario
Príncipe de Asturias, a través de su Comisión Mixta.
- Un/a facultativo/a del Sistema Nacional de Salud, nombrado por la Sociedad Española de
Admisión y Documentación Clínica, de Hospital diferente al de la jefatura convocada.
- Un/a facultativo/a especialista de Admisión y Documentación Clínica nombrado por la Junta
Técnico Asistencial, del Hospital Universitario Príncipe de Asturias a través de su Comisión
Mixta.
Por cada miembro/a titular se nombrará un/a miembro/a suplente que actuará en ausencia del anterior.
2. La Secretaría será desempeñada por personal del Centro sanitario convocante, con funciones
administrativas y titulación superior, que actuará con voz, pero sin voto en las cuestiones
relativas a la valoración de los aspirantes.
3. Todos los/as miembros/as de la Comisión de Selección deben ostentar la condición de personal
estatutario/a fijo, funcionario/a de carrera o personal laboral fijo/a de los Servicios de Salud o
de las Administraciones Públicas o ser personal directivo/a del Servicio Madrileño de Salud, del
mismo grupo de clasificación que el puesto convocado.
BOCM-20250415-11
TERCERA. Funcionamiento de la Comisión de Selección.
Pág. 132
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 15 DE ABRIL DE 2025
B.O.C.M. Núm. 89
ANEXO V
COMISIÓN DE SELECCIÓN
PRIMERA. Naturaleza
La Comisión de Selección es el órgano colegiado a quien corresponde la ejecución de la convocatoria,
resolviendo con arreglo a lo dispuesto en esta y demás normas de aplicación, y que tiene como misión
valorar colegiadamente la idoneidad de los aspirantes a través de la evaluación, tanto de la capacidad
científica y experiencia profesional de los aspirantes, como de su propuesta de gestión de la
correspondiente unidad.
SEGUNDA. Composición de la Comisión de Selección.
1. La Comisión de Selección estará compuesta por los siguientes miembros que actuarán como
titulares:
- El/La Director/a Médico/a o persona en quien delegue que actuará como Presidente/a.
- Un/a Jefe/a de Servicio de la División asistencial designado por la Dirección Médica.
- Un/a Jefe/a de Servicio designado por la Junta Técnico Asistencial del Hospital Universitario
Príncipe de Asturias, a través de su Comisión Mixta.
- Un/a facultativo/a del Sistema Nacional de Salud, nombrado por la Sociedad Española de
Admisión y Documentación Clínica, de Hospital diferente al de la jefatura convocada.
- Un/a facultativo/a especialista de Admisión y Documentación Clínica nombrado por la Junta
Técnico Asistencial, del Hospital Universitario Príncipe de Asturias a través de su Comisión
Mixta.
Por cada miembro/a titular se nombrará un/a miembro/a suplente que actuará en ausencia del anterior.
2. La Secretaría será desempeñada por personal del Centro sanitario convocante, con funciones
administrativas y titulación superior, que actuará con voz, pero sin voto en las cuestiones
relativas a la valoración de los aspirantes.
3. Todos los/as miembros/as de la Comisión de Selección deben ostentar la condición de personal
estatutario/a fijo, funcionario/a de carrera o personal laboral fijo/a de los Servicios de Salud o
de las Administraciones Públicas o ser personal directivo/a del Servicio Madrileño de Salud, del
mismo grupo de clasificación que el puesto convocado.
BOCM-20250415-11
TERCERA. Funcionamiento de la Comisión de Selección.