Sevilla la Nueva (BOCM-20250414-64)
Organización y funcionamiento. Encomienda gestión
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 206
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 14 DE ABRIL DE 2025
B.O.C.M. Núm. 88
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
64
SEVILLA LA NUEVA
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
BOCM-20250414-64
Acuerdo del Pleno de fecha 27/03/2025 del Ayuntamiento de Sevilla la Nueva, por
el que se aprueba definitivamente el expediente de encomienda de gestión a el Ayuntamiento de Aldea del Fresno y el texto definitivo del convenio estará disponible en el
tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento de Sevilla la Nueva
https://sevillalanueva.sedelectronica.es/board/
Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de encomienda de gestión a el Ayuntamiento de Aldea del Fresno, se publica el convenio suscrito para su formalización para su general conocimiento, en cumplimiento del artículo 11.3.b) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, en concordancia con el artículo 8.1.b) de la Ley 19/2013,
de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante el Pleno de este Ayuntamiento, en el
plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de
conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente
recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el
plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio,
de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no
podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
Sevilla la Nueva, a 3 de abril de 2025.—El alcalde-presidente, Asensio Martínez
Agraz.
(03/5.454/25)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 206
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Acuerdo del Pleno de fecha 27/03/2025 del Ayuntamiento de Sevilla la Nueva, por
el que se aprueba definitivamente el expediente de encomienda de gestión a el Ayuntamiento de Aldea del Fresno y el texto definitivo del convenio estará disponible en el
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Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de encomienda de gestión a el Ayuntamiento de Aldea del Fresno, se publica el convenio suscrito para su formalización para su general conocimiento, en cumplimiento del artículo 11.3.b) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, en concordancia con el artículo 8.1.b) de la Ley 19/2013,
de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante el Pleno de este Ayuntamiento, en el
plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de
conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente
recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el
plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio,
de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no
podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
Sevilla la Nueva, a 3 de abril de 2025.—El alcalde-presidente, Asensio Martínez
Agraz.
(03/5.454/25)
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ISSN 1989-4791