C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20250414-19)
Extracto convocatoria subvenciones – Extracto de la Orden 1032/2025, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2025 de la ayuda para financiar el establecimiento de nuevos agricultores
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 88
LUNES 14 DE ABRIL DE 2025
Pág. 97
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
19
EXTRACTO de la Orden 1032/2025, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2025 de la
ayuda para financiar el establecimiento de nuevos agricultores.
BDNS (825068):
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en Base de Datos Nacional de Subvenciones
( https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias ).
Primero
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios las personas que, en el momento de presentar la solicitud,
cumplan más de 40 años y no cumplan más de 60 años en el año natural de su primera solicitud subvencionable de ayuda y se instalen por primera vez como titulares de una explotación agraria.
Segundo
Objeto
El objeto de estas ayudas es fomentar la incorporación de nuevos agricultores en la Comunidad de Madrid.
Tercero
Bases reguladoras
La presente convocatoria de ayudas se regula por la Orden 1032/2025 de la Consejería
de Medio Ambiente, Agricultura e Interior por la que se establecen las bases reguladoras de
las ayudas para incorporación de nuevos agricultores, cofinanciadas por el Fondo Europeo
Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), por Administración General del Estado y por la Comunidad de Madrid, cuya publicación íntegra en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID se producirá de forma simultánea al de la publicación de este extracto.
Cuarto
La Comunidad de Madrid efectuará los pagos correspondientes a subvenciones de capital con cargo al programa 411A, partida 77306, de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid distribuyéndose de la siguiente manera:
— 2025: 100.000 euros, 2026: 100.000 euros.
Estas ayudas serán cofinanciadas en un 23 por 100 por el Fondo Europeo Agrícola de
Desarrollo Rural (FEADER), en un 17,5 por 100 por la Administración General del Estado
y en un 59,5 por 100 por la Comunidad de Madrid salvo que en la declaración trimestral de
gastos del Organismo Pagador de los Fondos Europeos Agrícolas sean otras las tasas de cofinanciación del cuadro financiero vigente del PEPAC-CM.
BOCM-20250414-19
Cuantía y financiación de las ayudas
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 88
LUNES 14 DE ABRIL DE 2025
Pág. 97
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
19
EXTRACTO de la Orden 1032/2025, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2025 de la
ayuda para financiar el establecimiento de nuevos agricultores.
BDNS (825068):
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en Base de Datos Nacional de Subvenciones
( https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias ).
Primero
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios las personas que, en el momento de presentar la solicitud,
cumplan más de 40 años y no cumplan más de 60 años en el año natural de su primera solicitud subvencionable de ayuda y se instalen por primera vez como titulares de una explotación agraria.
Segundo
Objeto
El objeto de estas ayudas es fomentar la incorporación de nuevos agricultores en la Comunidad de Madrid.
Tercero
Bases reguladoras
La presente convocatoria de ayudas se regula por la Orden 1032/2025 de la Consejería
de Medio Ambiente, Agricultura e Interior por la que se establecen las bases reguladoras de
las ayudas para incorporación de nuevos agricultores, cofinanciadas por el Fondo Europeo
Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), por Administración General del Estado y por la Comunidad de Madrid, cuya publicación íntegra en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID se producirá de forma simultánea al de la publicación de este extracto.
Cuarto
La Comunidad de Madrid efectuará los pagos correspondientes a subvenciones de capital con cargo al programa 411A, partida 77306, de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid distribuyéndose de la siguiente manera:
— 2025: 100.000 euros, 2026: 100.000 euros.
Estas ayudas serán cofinanciadas en un 23 por 100 por el Fondo Europeo Agrícola de
Desarrollo Rural (FEADER), en un 17,5 por 100 por la Administración General del Estado
y en un 59,5 por 100 por la Comunidad de Madrid salvo que en la declaración trimestral de
gastos del Organismo Pagador de los Fondos Europeos Agrícolas sean otras las tasas de cofinanciación del cuadro financiero vigente del PEPAC-CM.
BOCM-20250414-19
Cuantía y financiación de las ayudas