Ciempozuelos (BOCM-20250411-63)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 472
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 11 DE ABRIL DE 2025
B.O.C.M. Núm. 86
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
63
CIEMPOZUELOS
RÉGIMEN ECONÓMICO
Sobre acuerdo del Pleno de sesión ordinaria celebrada el día 27 de marzo de 2025, por
el que se aprueban las bases reguladoras y convocatoria para la concesión de subvenciones
como premios en el “Concurso de cortometrajes de Ciempozuelos 2025”.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38 / 2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( http://www. pap.minhafp.gob.es/bdnstrans/index ).
Primero. Beneficiarios.—Podrán acceder a la condición de beneficiario las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las comunidades de bienes o
cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo los proyectos, actividades o comportamientos o se
encuentren en la situación que motiva la concesión de la subvención.
Las subvenciones como premios del concurso de cortometrajes de Ciempozuelos 2025
previstas en la presente Convocatoria no son compatibles con otras que, teniendo el mismo
fin, pudieran ser otorgadas por cualquier otra institución pública o privada.
Segundo. Objeto.—Las presentes bases tienen por objeto propiciar la creatividad del séptimo arte. A través del cortometraje las/os participantes desarrollaran dotes artísticos del
cine, así como del mundo de la interpretación.
Tercero. Bases reguladoras.—Convocatoria y bases reguladoras para la concesión
de subvenciones como premios en el “Concurso de cortometrajes de Ciempozuelos 2025”
( www.ayto-ciempozuelos.org ).
Cuarto. Cuantía.—El importe máximo imputable a la subvención será de 1.550 euros
(mil quinientos cincuenta euros), por los conceptos de subvención como premio del concurso de cortometraje de Ciempozuelos 2025.
Los créditos presupuestarios a los que se imputan las subvenciones que se concedan al
amparo de estas bases son los que se contienen en la partida 3340 48102 del Presupuesto
General del Ayuntamiento de Ciempozuelos.
La convocatoria contempla los siguientes premios:
— Premio de 900 euros al mejor corto presentado.
— Premio de 450 euros al segundo mejor corto presentado.
— Premio de 200 euros al tercer mejor corto presentado.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo de inscripción comenzará
tras la publicación de la presente bases en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID y terminará el 31 de mayo de 2025 a las 23:59 horas. Este plazo podrá ampliarse
si la organización lo estima oportuno.
La inscripción se efectuará a través de la web del ayuntamiento de Ciempozuelos
( https://ayto-ciempozuelos.org ), rellenando el formulario de inscripción y enviando el cortometraje a través de la nube que permita la descarga al correo concursocinecorto@aytociempozuelos.org necesario rellenar una solicitud por cada corto presentado.
Si el corto ha sido realizado por varios autores, deberá figurar uno de ellos en la solicitud de inscripción y se deberá indicar el nombre, fecha de nacimiento y DNI del resto de
autores del corto en el apartado de coautores.
Ciempozuelos. a 2 de abril de 2025.—La alcaldesa-presidenta, Raquel Jimeno Pérez.
(03/5.575/25)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20250411-63
BDNS (824585)
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RÉGIMEN ECONÓMICO
Sobre acuerdo del Pleno de sesión ordinaria celebrada el día 27 de marzo de 2025, por
el que se aprueban las bases reguladoras y convocatoria para la concesión de subvenciones
como premios en el “Concurso de cortometrajes de Ciempozuelos 2025”.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38 / 2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( http://www. pap.minhafp.gob.es/bdnstrans/index ).
Primero. Beneficiarios.—Podrán acceder a la condición de beneficiario las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las comunidades de bienes o
cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo los proyectos, actividades o comportamientos o se
encuentren en la situación que motiva la concesión de la subvención.
Las subvenciones como premios del concurso de cortometrajes de Ciempozuelos 2025
previstas en la presente Convocatoria no son compatibles con otras que, teniendo el mismo
fin, pudieran ser otorgadas por cualquier otra institución pública o privada.
Segundo. Objeto.—Las presentes bases tienen por objeto propiciar la creatividad del séptimo arte. A través del cortometraje las/os participantes desarrollaran dotes artísticos del
cine, así como del mundo de la interpretación.
Tercero. Bases reguladoras.—Convocatoria y bases reguladoras para la concesión
de subvenciones como premios en el “Concurso de cortometrajes de Ciempozuelos 2025”
( www.ayto-ciempozuelos.org ).
Cuarto. Cuantía.—El importe máximo imputable a la subvención será de 1.550 euros
(mil quinientos cincuenta euros), por los conceptos de subvención como premio del concurso de cortometraje de Ciempozuelos 2025.
Los créditos presupuestarios a los que se imputan las subvenciones que se concedan al
amparo de estas bases son los que se contienen en la partida 3340 48102 del Presupuesto
General del Ayuntamiento de Ciempozuelos.
La convocatoria contempla los siguientes premios:
— Premio de 900 euros al mejor corto presentado.
— Premio de 450 euros al segundo mejor corto presentado.
— Premio de 200 euros al tercer mejor corto presentado.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo de inscripción comenzará
tras la publicación de la presente bases en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID y terminará el 31 de mayo de 2025 a las 23:59 horas. Este plazo podrá ampliarse
si la organización lo estima oportuno.
La inscripción se efectuará a través de la web del ayuntamiento de Ciempozuelos
( https://ayto-ciempozuelos.org ), rellenando el formulario de inscripción y enviando el cortometraje a través de la nube que permita la descarga al correo concursocinecorto@aytociempozuelos.org necesario rellenar una solicitud por cada corto presentado.
Si el corto ha sido realizado por varios autores, deberá figurar uno de ellos en la solicitud de inscripción y se deberá indicar el nombre, fecha de nacimiento y DNI del resto de
autores del corto en el apartado de coautores.
Ciempozuelos. a 2 de abril de 2025.—La alcaldesa-presidenta, Raquel Jimeno Pérez.
(03/5.575/25)
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
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