C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20250411-17)
Autorización centro docente – Orden 642/2025, de 28 de marzo, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se acuerda la creación de la Facultad de Diseño y Tecnologías Creativas, el cambio de denominación de la Escuela de Arquitectura, Ingeniería y Diseño y se redistribuyen las titulaciones entre ambos centros de la Universidad Europea de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 86
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 11 DE ABRIL DE 2025
Pág. 195
Para el caso de la Facultad de Diseño y Tecnologías Creativas, centro de nueva creación, se estará a lo dispuesto en el artículo 32 del Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad, en el que se regula el procedimiento para la
modificación sustancial de los planes de estudios impartidos en centros universitarios no
acreditados institucionalmente.
En el caso de la Escuela de Arquitectura, Ingeniería, Ciencia y Computación-STEAM,
se deberá seguir el procedimiento establecido en el artículo 33 del citado Real Decreto que
es donde se describe el procedimiento que las universidades deben seguir en caso de que el
centro esté acreditado institucionalmente como es el caso de la Escuela.
Sexto
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponer los
interesados recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Educación, Ciencia y
Universidades en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación, o impugnarlo directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo en el plazo
de dos meses, conforme a lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 46
de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que los interesados puedan instar cualquier otro recurso que estimen
pertinente.
Séptimo
Esta Orden produce efectos a partir del curso académico 2024-2025.
Madrid, a 28 de marzo de 2025.
El Consejero de Educación, Ciencia y Universidades,
EMILIO VICIANA DURO
BOCM-20250411-17
(03/5.263/25)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 86
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 11 DE ABRIL DE 2025
Pág. 195
Para el caso de la Facultad de Diseño y Tecnologías Creativas, centro de nueva creación, se estará a lo dispuesto en el artículo 32 del Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad, en el que se regula el procedimiento para la
modificación sustancial de los planes de estudios impartidos en centros universitarios no
acreditados institucionalmente.
En el caso de la Escuela de Arquitectura, Ingeniería, Ciencia y Computación-STEAM,
se deberá seguir el procedimiento establecido en el artículo 33 del citado Real Decreto que
es donde se describe el procedimiento que las universidades deben seguir en caso de que el
centro esté acreditado institucionalmente como es el caso de la Escuela.
Sexto
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponer los
interesados recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Educación, Ciencia y
Universidades en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación, o impugnarlo directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo en el plazo
de dos meses, conforme a lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 46
de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que los interesados puedan instar cualquier otro recurso que estimen
pertinente.
Séptimo
Esta Orden produce efectos a partir del curso académico 2024-2025.
Madrid, a 28 de marzo de 2025.
El Consejero de Educación, Ciencia y Universidades,
EMILIO VICIANA DURO
BOCM-20250411-17
(03/5.263/25)
http://www.bocm.es
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ISSN 1989-4791