B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20250410-5)
Resolución proceso selectivo – Resolución de 27 de marzo de 2025, de la Dirección General de Función Pública, por la que se resuelven los dos procesos selectivos para el acceso, por los sistemas de acceso libre y de promoción interna a plazas de carácter laboral de la categoría profesional de conductor (Grupo III, Nivel 5, Área B), de la Comunidad de Madrid
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B.O.C.M. Núm. 85
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 10 DE ABRIL DE 2025
— Certificado acreditativo, en su caso, de tres años de experiencia profesional en
la misma categoría o similar o dos años de experiencia en la misma categoría
o similar más la titulación de Formación Profesional de I Grado o ciclo formativo de Grado Medio, y para los aspirantes del turno de promoción interna, de tres años de experiencia profesional en la categoría que se ostente en el
mismo grupo o en el grupo inmediatamente inferior al que se pretenda acceder o un año de experiencia en la misma categoría.
En el supuesto de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá aportar copia
de la credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de
equivalencia conforme a la normativa que resulte de aplicación a tal efecto.
C) Certificado del Registro Central de Delincuentes Sexuales y de Trata de Seres
Humanos de no haber sido condenada la persona aspirante por sentencia judicial
firme por alguno de los delitos señalados en el artículo 57.1 de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia
frente a la violencia.
D) Copia del permiso de conducir de la clase B.
2. No obstante lo anterior, no será necesario aportar la documentación detallada en
las letras A), B) y C), salvo la relativa a la experiencia sustitutoria que será obligatorio aportar en todo caso, si la persona interesada no se opone expresamente a la consulta de datos
por medios electrónicos, cumplimentando a tal efecto el correspondiente apartado habilitado en los puntos 7 y 8 del modelo “Elección de plaza y presentación de documentación
acreditativa para la adquisición de la condición de personal laboral fijo en la categoría profesional de Conductor (Grupo III, Nivel 5, Área B), de la Comunidad de Madrid”.
Sin perjuicio de lo expuesto, en lo relativo a la titulación académica, el acceso de oficio a la información requerida, únicamente será posible siempre y cuando las personas aspirantes hubieran procedido al abono de la tasa correspondiente a la expedición del título
de que se trate exigido para concurrir al proceso de referencia. En caso contrario, deberá
aportarse la documentación comprendida en la letra B).
3. La documentación especificada en este apartado segundo será presentada cumplimentando el modelo de impreso normalizado de solicitud que se encontrará disponible en
el trámite correspondiente a cada proceso selectivo publicado en la Sede Electrónica de la
Comunidad de Madrid, cuyas respectivas URL se indican seguidamente, y, adjuntándose a
aquel la documentación pertinente que hubiera de aportarse:
— Para el proceso de acceso libre:
https://sede.comunidad.madrid/oferta-empleo/conductor-0
y adjuntándose a aquel la documentación correspondiente que hubiera de aportarse.
— Para el proceso de promoción interna: https://sede.comunidad.madrid/ofertaempleo/conductor
Asimismo, podrá accederse al trámite que proceda a través de las páginas web que se
exponen a continuación:
— En el caso del proceso de acceso libre:
https://www.comunidad.madrid/gobierno/espacios-profesionales/conductor
— En el caso del proceso de promoción interna:
https://www.comunidad.madrid/gobierno/espacios-profesionales/conductor-pi
A estos efectos, para presentar el modelo y documentación por Internet a través del Registro Electrónico de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo o de los demás registros previstos en el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, será necesario disponer de uno
de los Certificados Electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean
operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la “Lista
de confianza de prestadores de servicios de certificación”.
Tercero
De conformidad con lo dispuesto en el apartado noveno de la base decimocuarta de la
Orden 913/2019, de 26 de marzo, de la Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno, por la que se aprueban las bases generales por las que se regirán las
convocatorias de procesos selectivos de personal laboral de nuevo ingreso al Servicio de la
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BOCM-20250410-5
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 10 DE ABRIL DE 2025
— Certificado acreditativo, en su caso, de tres años de experiencia profesional en
la misma categoría o similar o dos años de experiencia en la misma categoría
o similar más la titulación de Formación Profesional de I Grado o ciclo formativo de Grado Medio, y para los aspirantes del turno de promoción interna, de tres años de experiencia profesional en la categoría que se ostente en el
mismo grupo o en el grupo inmediatamente inferior al que se pretenda acceder o un año de experiencia en la misma categoría.
En el supuesto de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá aportar copia
de la credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de
equivalencia conforme a la normativa que resulte de aplicación a tal efecto.
C) Certificado del Registro Central de Delincuentes Sexuales y de Trata de Seres
Humanos de no haber sido condenada la persona aspirante por sentencia judicial
firme por alguno de los delitos señalados en el artículo 57.1 de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia
frente a la violencia.
D) Copia del permiso de conducir de la clase B.
2. No obstante lo anterior, no será necesario aportar la documentación detallada en
las letras A), B) y C), salvo la relativa a la experiencia sustitutoria que será obligatorio aportar en todo caso, si la persona interesada no se opone expresamente a la consulta de datos
por medios electrónicos, cumplimentando a tal efecto el correspondiente apartado habilitado en los puntos 7 y 8 del modelo “Elección de plaza y presentación de documentación
acreditativa para la adquisición de la condición de personal laboral fijo en la categoría profesional de Conductor (Grupo III, Nivel 5, Área B), de la Comunidad de Madrid”.
Sin perjuicio de lo expuesto, en lo relativo a la titulación académica, el acceso de oficio a la información requerida, únicamente será posible siempre y cuando las personas aspirantes hubieran procedido al abono de la tasa correspondiente a la expedición del título
de que se trate exigido para concurrir al proceso de referencia. En caso contrario, deberá
aportarse la documentación comprendida en la letra B).
3. La documentación especificada en este apartado segundo será presentada cumplimentando el modelo de impreso normalizado de solicitud que se encontrará disponible en
el trámite correspondiente a cada proceso selectivo publicado en la Sede Electrónica de la
Comunidad de Madrid, cuyas respectivas URL se indican seguidamente, y, adjuntándose a
aquel la documentación pertinente que hubiera de aportarse:
— Para el proceso de acceso libre:
https://sede.comunidad.madrid/oferta-empleo/conductor-0
y adjuntándose a aquel la documentación correspondiente que hubiera de aportarse.
— Para el proceso de promoción interna: https://sede.comunidad.madrid/ofertaempleo/conductor
Asimismo, podrá accederse al trámite que proceda a través de las páginas web que se
exponen a continuación:
— En el caso del proceso de acceso libre:
https://www.comunidad.madrid/gobierno/espacios-profesionales/conductor
— En el caso del proceso de promoción interna:
https://www.comunidad.madrid/gobierno/espacios-profesionales/conductor-pi
A estos efectos, para presentar el modelo y documentación por Internet a través del Registro Electrónico de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo o de los demás registros previstos en el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, será necesario disponer de uno
de los Certificados Electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean
operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la “Lista
de confianza de prestadores de servicios de certificación”.
Tercero
De conformidad con lo dispuesto en el apartado noveno de la base decimocuarta de la
Orden 913/2019, de 26 de marzo, de la Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno, por la que se aprueban las bases generales por las que se regirán las
convocatorias de procesos selectivos de personal laboral de nuevo ingreso al Servicio de la
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BOCM-20250410-5
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