Madrid (BOCM-20250410-72)
Régimen económico. Distrito de Moratalaz. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 10 DE ABRIL DE 2025

B.O.C.M. Núm. 85

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
72

MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO

Distrito de Moratalaz
Extracto del decreto de 1 de abril de 2025, del concejal-presidente del Distrito de
Moratalaz, por el que se aprueban las bases de la primera edición del concurso de tapas
del Distrito de Moratalaz denominado “I Ruta de la tapa de Moratalaz”.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ):
Primero. Beneficiarios.—Todas las personas físicas o jurídicas con establecimiento
de hostelería y restauración, en sus distintas categorías, sitos en el Distrito de Moratalaz.
Segundo. Objeto.—Para el cumplimiento de los siguientes objetivos específicos:
— Acercar la variedad gastronómica de los establecimientos del Distrito al público
en general.
— Impulsar y promocionar el sector hostelero, fomentando la competitividad entre
los distintos establecimientos.
— Fomentar la participación y crear un punto de encuentro de establecimientos relacionados con la hostelería.
— Reconocer a los establecimientos que elaboren las mejores tapas con premios
mediante votación popular.
— Mejorar la oferta lúdica del Distrito de Moratalaz.
Tercero. Bases reguladoras.—Ordenanza 3/2023, de 28 de noviembre, por la que se
modifica la Ordenanza de Bases Reguladoras para la Concesión de Subvenciones del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, de 30 de octubre de 2013, publicada en
www.madrid.es
En su defecto, se regulará por lo dispuesto en la presente Ordenanza, la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, y en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el
Reglamento de esta, salvo en aquellos aspectos en los que por la especial naturaleza de estas subvenciones no resulte aplicable.
Cuarto. Cuantía.—La cuantía total de los premios asciende a 2.400 euros, estableciéndose un primer premio de 1.400 euros, un segundo premio de 700 y un tercero de 300 euros.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo de presentación será desde
el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID hasta el día 22 de abril de 2025.
Sexto. Otros datos.—Para la inscripción en el concurso los interesados deberán
utilizar el formulario normalizado habilitado al efecto en la web municipal para la participación en el concurso, debiendo presentarse:
— Electrónicamente, accediendo a la Sede Electrónica del Ayuntamiento,
https://sede.madrid.es . En este caso deberá utilizar alguno de los sistemas de
identificación electrónica admitidos por el Ayuntamiento de Madrid.
— Presencialmente, en el supuesto de que el participante sea persona física y elija tal forma de presentación, en las oficinas de registro del Ayuntamiento de Madrid, o mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Madrid, a 1 de abril de 2025.—El concejal-presidente, Ignacio José Pezuela Cabañes.
(03/5.529/25)
http://www.bocm.es

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

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Código BDNS: 824561