C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20250410-44)
Plan estratégico subvenciones – Orden 668/2025, de 26 de marzo, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se modifica la Orden 174/2025, de 6 de febrero, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones 2025 de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid
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BOCM
JUEVES 10 DE ABRIL DE 2025
B.O.C.M. Núm. 85
6. Efectos o resultados perseguidos.
Se añaden tres nuevos resultados perseguidos:
“— Reducir la brecha digital que afecta a la infancia y adolescencia vulnerable.
— Apoyar a la autonomía de las personas con discapacidad con grandes necesidades
de apoyo, así como la inclusión social, mejora de la calidad de vida familiar y un
incremento en su capacidad de autodeterminación.
— Apoyar a las entidades sin ánimo de lucro para desarrollar proyectos orientados a
mejorar la calidad de vida y la empleabilidad de las personas con discapacidad”.
Apartado 7. Indicadores de cumplimiento de objetivos y resultados.
En el subapartado 2, “Indicadores específicos” se añaden los siguientes indicadores
para las nuevas líneas de subvención:
“aq) Subvenciones de concesión directa a entidades del tercer sector para la realización de
formación en competencias digitales a niños en situación de vulnerabilidad y jóvenes
ex tutelados en la Comunidad de Madrid, con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU, en
el marco del programa “Competencias Digitales para la infancia (CODI):
— Número de niños formados en competencias digitales.
ar) Convenio con Plena Inclusión Madrid para la puesta en marcha de un proyecto piloto de sistema de apoyos autodirigidos para personas con discapacidad intelectual o del desarrollo y grandes necesidades:
— Número de participantes en el proyecto.
— Inversión por participante”.
2. Se modifica el cuadro incluido al final del Plan Estratégico de Subvenciones 2025 de
la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid, denominado “Desglose por programas y subconceptos. Ejercicio 2025”, que queda redactado como sigue:
BOCM-20250410-44
Pág. 192
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 10 DE ABRIL DE 2025
B.O.C.M. Núm. 85
6. Efectos o resultados perseguidos.
Se añaden tres nuevos resultados perseguidos:
“— Reducir la brecha digital que afecta a la infancia y adolescencia vulnerable.
— Apoyar a la autonomía de las personas con discapacidad con grandes necesidades
de apoyo, así como la inclusión social, mejora de la calidad de vida familiar y un
incremento en su capacidad de autodeterminación.
— Apoyar a las entidades sin ánimo de lucro para desarrollar proyectos orientados a
mejorar la calidad de vida y la empleabilidad de las personas con discapacidad”.
Apartado 7. Indicadores de cumplimiento de objetivos y resultados.
En el subapartado 2, “Indicadores específicos” se añaden los siguientes indicadores
para las nuevas líneas de subvención:
“aq) Subvenciones de concesión directa a entidades del tercer sector para la realización de
formación en competencias digitales a niños en situación de vulnerabilidad y jóvenes
ex tutelados en la Comunidad de Madrid, con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU, en
el marco del programa “Competencias Digitales para la infancia (CODI):
— Número de niños formados en competencias digitales.
ar) Convenio con Plena Inclusión Madrid para la puesta en marcha de un proyecto piloto de sistema de apoyos autodirigidos para personas con discapacidad intelectual o del desarrollo y grandes necesidades:
— Número de participantes en el proyecto.
— Inversión por participante”.
2. Se modifica el cuadro incluido al final del Plan Estratégico de Subvenciones 2025 de
la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid, denominado “Desglose por programas y subconceptos. Ejercicio 2025”, que queda redactado como sigue:
BOCM-20250410-44
Pág. 192
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID