C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20250410-44)
Plan estratégico subvenciones –  Orden 668/2025, de 26 de marzo, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se modifica la Orden 174/2025, de 6 de febrero, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones 2025 de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 85

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 10 DE ABRIL DE 2025

Pág. 189

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
ORDEN 668/2025, de 26 de marzo, de la Consejería de Familia, Juventud y
Asuntos Sociales, por la que se modifica la Orden 174/2025, de 6 de febrero, de
la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se aprueba el
Plan Estratégico de Subvenciones 2025 de la Consejería de Familia, Juventud y
Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid.

La presente Orden se dicta en virtud de las memorias de la Directora General de Infancia, Familia y Fomento de la Natalidad de 17 de marzo de 2025 y de la memoria de la Directora General de Atención a Personas con Discapacidad de 20 de marzo de 2025.
El artículo 8.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, de
carácter básico, establece que los órganos de las Administraciones Públicas o cualesquiera
entes que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un plan estratégico de subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su
aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de
financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad
presupuestaria. La Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de
Madrid, recoge en idénticos términos esta misma obligación, en su artículo 4 bis.
Mediante Orden 174/2025, de 6 de febrero, de la Consejería de Familia, Juventud y
Asuntos Sociales, se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones 2025 de la Consejería de
Familia, Juventud y Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid.
En el Plan Estratégico de Subvenciones para 2024 aprobado por Orden 100/2024,
de 18 de enero, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, se incluía la línea de subvención directa denominada: subvenciones a entidades del tercer sector para la
realización de formación en competencias digitales a niños en situación de vulnerabilidad,
jóvenes ex tutelados y jóvenes con discapacidad en la Comunidad de Madrid, con cargo al
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (financiado por la Unión EuropeaNext Generation EU, en el marco del Programa Competencias Digitales para la Infancia
(CODI), cuya instrucción ha sido llevada a cabo por la Dirección General de Infancia, Familia y Fomento de la Natalidad durante el ejercicio 2024.
Habiendo quedando pendiente la concesión de algunas de estas ayudas para el ejercicio 2025, se ha dictado la Orden de 291/2025, de 19 de febrero, de la Consejería de Familia,
Juventud y Asuntos Sociales, por la que se vincula al presupuesto de 2025, la tramitación del
procedimiento de concesión directa de estas subvenciones y resulta ahora necesaria la inclusión de esta línea en el Plan Estratégico de Subvenciones de esta consejería para 2025.
Por otra parte, la Dirección General de Atención a Personas con Discapacidad tiene entre sus competencias el diseño, implantación y desarrollo de programas, actuaciones y
servicios que favorezcan la inclusión social y promuevan la autonomía personal y la vida
independiente de las personas con discapacidad o enfermedad mental.
El artículo 70.1 de la Ley 12/2022, de 21 de diciembre, de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid prevé la participación de las entidades privadas en la realización de prestaciones de servicios sociales del Sistema Público de Servicios Sociales, mediante los instrumentos jurídicos adecuados a cada caso y el artículo 70.2 prevé la colaboración con la
iniciativa privada a través de la formalización de instrumentos para su participación en la prestación de servicios sociales.
El éxito del modelo de atención social especializado requiere una buena planificación,
ordenación y coordinación de los recursos públicos en interacción con los privados, para tejer una red integral de prestaciones que coadyuven a mejorar la calidad de vida de las personas con discapacidad y de sus familias.
Por este motivo, se hace necesaria la articulación, a través de la figura del convenio
subvención, del proyecto de apoyos autodirigidos para personas con discapacidad intelectual o del desarrollo y grandes necesidades de apoyo, que constituye una oportunidad para
seguir avanzando en el modelo de atención centrado en la persona, así como en la progre-

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