Pinto (BOCM-20250409-53)
Organización y funcionamiento. Régimen dedicación
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 84

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 9 DE ABRIL DE 2025

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
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PINTO
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

Se hace público, para general conocimiento, que con fecha 27 de marzo de 2025, el
Pleno del Ayuntamiento de Pinto, ha aprobado el acuerdo que a continuación se transcribe:
«Modificación del régimen de dedicaciones y asistencias de los miembros del Ayuntamiento.
El artículo 75 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen
Local establece el régimen jurídico de los derechos económicos de los miembros del Ayuntamiento sobre la base de una doble distinción:
a) De una parte, entre aquellas materias cuya decisión corresponde al Pleno (en concreto, la determinación de aquellas funciones representativas cuyo desempeño,
por razones de dedicación y responsabilidad, comporta la aplicación de los regímenes de dedicación exclusiva o de dedicación parcial, de las retribuciones correspondientes a los mismos, de la dedicación mínima exigida para su percepción
en los supuestos de dedicación parcial así como la fijación del importe de las asistencias) y aquéllas otras cuya competencia recae en la Alcaldía (en particular, la
asignación de los regímenes de dedicación exclusiva y de dedicación parcial a los
miembros del Ayuntamiento a los que corresponda, dando cuenta al Pleno).
b) De otra parte, entre tres modalidades de derechos económicos que constituyen un
numerus clausus: retribuciones por el ejercicio de funciones en régimen de dedicación exclusiva o de dedicación parcial, asistencias por la concurrencia efectiva
a las sesiones los órganos colegiados de gobierno que las tengan previstas, e indemnizaciones por los gastos efectivos, documentalmente justificados y ocasionados en el desempeño de sus funciones representativas, de conformidad con lo previsto en la normativa sobre indemnizaciones por razón del servicio y en la que en
su desarrollo apruebe el Pleno.
Que el Pleno del Ayuntamiento de Pinto, en sesión extraordinaria celebrada el 4 de
agosto de 2023, aprobó el Acuerdo 92/2023, de 4 de agosto, relativo al régimen de dedicaciones y asistencias de los miembros del Ayuntamiento, cuya modificación se plantea a fin
de permitir que se pueda incrementar la dedicación de los integrantes del Equipo de Gobierno a las tareas que tienen delegadas.
Vistos los informes emitidos por la Secretaría General y la Intervención Municipal,
que obran en el expediente.
Por todo ello, el Pleno del Ayuntamiento de Pinto, a propuesta de la Alcaldía,
ACUERDA
Primero.—Modificar la fila cuarta de la tabla inserta en el pronunciamiento segundo
del Acuerdo de Pleno 92/2023, de 4 de agosto, relativo al régimen de dedicaciones y asistencias de los miembros del Ayuntamiento, que queda redactada del modo siguiente:
1

70 %

Segundo.—Modificar el numeral 3.o de los criterios de determinación de las retribuciones brutas anuales de los cargos desempeñados en régimen de dedicación parcial, que
queda redactado del modo siguiente:
“3.o Para las Concejalías Delegadas al 70% de dedicación mínima, el 75% del valor de
referencia multiplicado por 0,70”.

BOCM-20250409-53

Concejalías Delegadas