D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20250409-34)
Convenio –  Convenio interadministrativo de colaboración de 11 de marzo de 2025, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales y la Agencia para la Administración Digital, y el Ayuntamiento de Casarrubuelos para la implantación y desarrollo de la Historia Social Única, en el marco del Sistema de Información de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 84

MIÉRCOLES 9 DE ABRIL DE 2025

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como Responsables del tratamiento de los mismos. Dichos datos serán tratados para dar
cumplimiento a los derechos y obligaciones contenidas en este convenio, sin que se tomen
decisiones automatizadas que puedan afectar a los interesados. En consecuencia, la base jurídica del tratamiento es dar cumplimiento al convenio, siendo dicho fin estrictamente necesario para ejecutar el presente convenio.
Los datos se mantendrán mientras esté en vigor el convenio que aquí se estipula, siendo tratados únicamente por las partes y aquellos terceros a los que aquellas estén legal o
contractualmente obligadas a comunicarlos (como es el caso de terceros prestadores de
servicios a los que se haya encomendado algún servicio vinculado con la gestión o ejecución del convenio).
Los interesados de las partes podrán ejercer, en los términos establecidos por la legislación vigente, los derechos de acceso, rectificación y supresión de datos, así como solicitar que
se limite el tratamiento de sus datos personales, oponerse al mismo, o solicitar la portabilidad
de sus datos dirigiendo una comunicación por escrito a cada una de las partes, debiendo indicar al Ayuntamiento de Casarrubuelos el medio habilitado a tal efecto y presentándola, en el
caso de la Dirección General de Servicios Sociales e Integración, por Registro Electrónico o
Registro Presencial o en los lugares y formas previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015,
preferentemente mediante el formulario de solicitud “Ejercicio de derechos en materia de protección de datos personales” ( https://tramita.comunidad.madrid/prestacion-social/ejercicioderechos-proteccion-datos ), según corresponda. Sin perjuicio de lo anterior, en ambos casos
se podrá presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos u otra
autoridad competente.
Las partes se comprometen expresamente a informar a sus trabajadores y resto de personas de contacto de los términos de la presente cláusula, manteniendo indemne a la contraparte de los daños que pueda conllevar la falta de cumplimiento de esta obligación.
Asimismo, las partes se comunicarán mutuamente los contactos de sus respectivos delegados de Protección de Datos, en caso de que dicho nombramiento les sea de aplicación.
Se informa a las personas físicas firmantes y a aquellas cuyos datos resulte necesario
gestionar para llevar a buen fin el presente convenio, que sus datos serán tratados conforme a la normativa vigente por la Dirección General de Servicios Sociales e Integración, en
la actividad de tratamiento “Convenios Administrativos” (Anexo II de este Convenio). Para
ejercer sus derechos, podrán dirigirse a la Dirección General de Servicios Sociales e Integración de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales mediante una solicitud
firmada, presentada ante el Registro correspondiente, o bien contactar al delegado de protección de datos en protecciondatos-psociales@madrid.org . Los firmantes pueden consultar la información referida al deber de información de protección de datos personales en los
Anexos I y II.
Decimoséptima
Régimen jurídico
Este convenio tiene naturaleza administrativa, quedando excluido de la aplicación de la
Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, en virtud de lo dispuesto en
su artículo 6, y sujeto a las normas generales de derecho administrativo, los principios de buena administración y el ordenamiento jurídico en general, específicamente a la Ley 40/2015,
de 1 de octubre y al Decreto 48/2019, de 10 de junio.
Decimoctava
Dada la naturaleza administrativa del convenio, las partes acuerdan someter las discrepancias que no hayan podido resolverse en el seno de la comisión de seguimiento, a los tribunales de la jurisdicción contencioso-administrativa de Madrid.
Y para que así conste y en prueba de conformidad de las partes, se firma el presente
convenio de colaboración, siendo la fecha de formalización del mismo la correspondiente
a la de la firma. Si no son coincidentes, prevalecerá la fecha posterior.
Madrid, a 11 de marzo de 2025.—La Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid, Ana Dávila-Ponce de León Municio.—El Consejero de
Digitalización y Presidente de la Agencia para la Administración Digital de la Comunidad
de Madrid, Miguel López-Valverde Argüeso.—El Alcalde de Casarrubuelos, Vicente José
Astillero Ballesteros.

BOCM-20250409-34

Resolución de controversias