Coslada (BOCM-20250408-87)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 83
MARTES 8 DE ABRIL DE 2025
Pág. 411
3º Máster oficial de estudios universitarios de 60 a 119 créditos ECTS: 0,30puntos.
4º Licenciatura o título de grado de, al menos, 300 créditos ECTS: 0,70 puntos.
5º Grado universitario de 240 créditos ECTS: 0,50 puntos.
6º Diplomatura o grado universitario de 180 créditos ECTS: 0,30 puntos.
7º Técnico Superior o Técnico Especialista de Formación Profesional: 0,20 puntos
En caso de presentación de varias titulaciones, cuando alguna de ellas sea necesaria para obtener
otra, o quede subsumida en la misma, solo se valorará la superior excepto para los títulos de
máster, que sumarán de manera complementaria.
d) Títulos oficiales que acrediten estar en posesión de conocimientos de idiomas extranjeros,
conforme al Marco Común Europeo de Referencia, con una puntuación máxima de 0,60 puntos:
1º Nivel C2: 0,60 puntos.
2º Nivel C1: 0,45 puntos.
3º Nivel B2: 0,30 puntos.
4º Nivel B1: 0,15 puntos.
Cuando se trate del mismo idioma y se posean varios niveles del mismo, únicamente se puntuará
el título de grado superior. Respecto al idioma de la correspondiente convocatoria, solo puntuarán
los niveles superiores al exigido.
Segundo.—Publicar dichas bases específicas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID.
BOCM-20250408-87
Coslada, a 25 de marzo de 2025.—El concejal-delegado de Recursos Humanos y
Hacienda, Juan León López Alarcón.
(03/5.038/25)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 83
MARTES 8 DE ABRIL DE 2025
Pág. 411
3º Máster oficial de estudios universitarios de 60 a 119 créditos ECTS: 0,30puntos.
4º Licenciatura o título de grado de, al menos, 300 créditos ECTS: 0,70 puntos.
5º Grado universitario de 240 créditos ECTS: 0,50 puntos.
6º Diplomatura o grado universitario de 180 créditos ECTS: 0,30 puntos.
7º Técnico Superior o Técnico Especialista de Formación Profesional: 0,20 puntos
En caso de presentación de varias titulaciones, cuando alguna de ellas sea necesaria para obtener
otra, o quede subsumida en la misma, solo se valorará la superior excepto para los títulos de
máster, que sumarán de manera complementaria.
d) Títulos oficiales que acrediten estar en posesión de conocimientos de idiomas extranjeros,
conforme al Marco Común Europeo de Referencia, con una puntuación máxima de 0,60 puntos:
1º Nivel C2: 0,60 puntos.
2º Nivel C1: 0,45 puntos.
3º Nivel B2: 0,30 puntos.
4º Nivel B1: 0,15 puntos.
Cuando se trate del mismo idioma y se posean varios niveles del mismo, únicamente se puntuará
el título de grado superior. Respecto al idioma de la correspondiente convocatoria, solo puntuarán
los niveles superiores al exigido.
Segundo.—Publicar dichas bases específicas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID.
BOCM-20250408-87
Coslada, a 25 de marzo de 2025.—El concejal-delegado de Recursos Humanos y
Hacienda, Juan León López Alarcón.
(03/5.038/25)
http://www.bocm.es
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791