Coslada (BOCM-20250408-87)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

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MARTES 8 DE ABRIL DE 2025

B.O.C.M. Núm. 83

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
87

COSLADA
OFERTAS DE EMPLEO

La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Coslada, en sesión celebrada el 18
de marzo de 2025, adoptó el siguiente acuerdo:
Primero.—Aprobar de bases específicas para la selección de una plaza de Oficial de
Policía Local, por promoción interna, de acuerdo con la oferta de empleo público 2023,
quedando redactadas de la siguiente manera:
BASES ESPECÍFICAS POR LAS QUE SE REGIRÁ LA CONVOCATORIA DE PRUEBAS
SELECTIVAS PARA PROVEER, POR CONCURSO OPOSICIÓN -PROMOCION INTERNA-,
UNA PLAZA DE OFICIAL DE LA POLICÍA LOCAL DEL AYUNTAMIENTO DE COSLADA
1. Normas generales.1.1. Objeto: Las presentes bases regulan las especificidades del proceso selectivo para proveer,
por promoción interna, una plaza de la categoría de Oficial/a del Cuerpo de Policía Local del
Ayuntamiento de Coslada.
1.2. Normativa aplicable: Al proceso selectivo le será de aplicación lo establecido en estas bases y, en
su defecto, se estará a lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que
se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; en la Ley 7/1985 de 2
de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local; en el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el
que se establecen las Reglas Básicas y Programas Mínimos del Procedimiento de Selección del
personal Funcionario de Administración Local; en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la
Reforma de la Función Pública; en el Texto Refundido de las Disposiciones Legales Vigentes en
Materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril; en el
Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de
Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la
Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo; Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y demás disposiciones que sean
de aplicación, sin perjuicio de lo dispuesto en la Ley 1/2018, de 22 de febrero, de Coordinación de
Policías Locales de la Comunidad de Madrid, en el Decreto 210/2021, de 15 de septiembre, del Consejo
de Gobierno por el que se aprueba el Reglamento Marco de Organización de las Policías Locales de la
Comunidad Autónoma de Madrid, y con carácter supletorio en la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la
Función Pública de la Comunidad Autónoma de Madrid.
1.3. Características de las plazas: La plaza convocada corresponde al Grupo C, Subgrupo C1, de
los establecidos en el artículo 76 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado
Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, en relación con la
Disposición Transitoria Tercera de dicha Ley y están encuadradas en la Escala de Administración
Especial, Subescala de Servicios Especiales, clase Policía Local, categoría Oficial/a del Cuerpo de
Policía Local del Ayuntamiento de Coslada.

1.4. Régimen de Incompatibilidades.
La persona aspirante que resulte nombrada para esta plaza quedará sometida desde el momento de su
toma de posesión al régimen de incompatibilidades vigente y no podrán simultanear el desempeño de
aquéllas con el de cualesquiera otras plazas, cargos o empleos remunerados con fondos del propio
Ayuntamiento de Coslada, del Estado, de las Comunidades Autónomas, de Entidades o Corporaciones
Locales, de empresas que tengan carácter oficial o relación con dichos organismos, aunque los sueldos
tengan carácter de gratificación o emolumentos de cualquier clase.

BOCM-20250408-87

A las personas titulares de estas plazas les corresponderán las funciones establecidas en el artículo 53
de la Ley Orgánica 2/1986, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, en el artículo 11 de la Ley 1/2018, de
22 de febrero, de Coordinación de Policías Locales de la Comunidad de Madrid, en el artículo 12 del
Reglamento Marco de Organización de las Policías Locales de la Comunidad de Madrid.