Alcobendas (BOCM-20250407-50)
Urbanismo. Estudio detalle
Página 1 Pág. 1
1 página en total
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 82
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 7 DE ABRIL DE 2025
Pág. 195
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
50
ALCOBENDAS
URBANISMO
BOCM-20250407-50
El Pleno del Ayuntamiento de Alcobendas, en sesión ordinaria celebrada el 27 de febrero de 2025 adoptó, entre otros, el acuerdo cuya parte dispositiva es la siguiente:
1. Aprobar definitivamente el estudio de detalle, presentado por la Junta de Compensación del Sector S-1 del Plan General de Ordenación Urbana de Alcobendas y que tiene
por objeto la ordenación de volúmenes, la definición de alineaciones y rasantes, así como
la definición de los viarios interiores y espacios libres interiores de la manzana RU-1 del
Plan Parcial del Sector correspondiente a la parcela resultante RU-01 del Proyecto de Reparcelación de dicho Sector.
2. Que por la Dirección General de Urbanismo, Vivienda y Licencias se lleve a efecto la ejecución de este acuerdo del Pleno, y proceda a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con indicación de haberse procedido previamente a
su depósito en el registro administrativo de la Consejería competente en materia de ordenación urbanística en cumplimiento del artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, así como
la publicación por medios telemáticos a los que se refiere el artículo 70 ter de la Ley de bases de Régimen Local y notificar y dar traslado a la Junta de Compensación del Sector S-1
del PGOU y a los propietarios o titulares de derechos afectados.
3. Informar que contra el mencionado acuerdo puede interponerse recurso contencioso administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de
Madrid, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con
lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 2971998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa, todo ello sin perjuicio de que pueda utilizar cualquier otro
recurso que estime pertinente para la defensa de sus derechos”.
Este documento ha sido enviado el 19 de marzo de 2025, a la Comunidad de Madrid,
de conformidad con lo dispuesto en el artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.
Alcobendas, a 24 de marzo de 2025.—La directora general de Urbanismo, Vivienda y
Licencias, Maria del Mar Morales Baeza.
(02/4.803/25)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 82
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 7 DE ABRIL DE 2025
Pág. 195
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
50
ALCOBENDAS
URBANISMO
BOCM-20250407-50
El Pleno del Ayuntamiento de Alcobendas, en sesión ordinaria celebrada el 27 de febrero de 2025 adoptó, entre otros, el acuerdo cuya parte dispositiva es la siguiente:
1. Aprobar definitivamente el estudio de detalle, presentado por la Junta de Compensación del Sector S-1 del Plan General de Ordenación Urbana de Alcobendas y que tiene
por objeto la ordenación de volúmenes, la definición de alineaciones y rasantes, así como
la definición de los viarios interiores y espacios libres interiores de la manzana RU-1 del
Plan Parcial del Sector correspondiente a la parcela resultante RU-01 del Proyecto de Reparcelación de dicho Sector.
2. Que por la Dirección General de Urbanismo, Vivienda y Licencias se lleve a efecto la ejecución de este acuerdo del Pleno, y proceda a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con indicación de haberse procedido previamente a
su depósito en el registro administrativo de la Consejería competente en materia de ordenación urbanística en cumplimiento del artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, así como
la publicación por medios telemáticos a los que se refiere el artículo 70 ter de la Ley de bases de Régimen Local y notificar y dar traslado a la Junta de Compensación del Sector S-1
del PGOU y a los propietarios o titulares de derechos afectados.
3. Informar que contra el mencionado acuerdo puede interponerse recurso contencioso administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de
Madrid, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con
lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 2971998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa, todo ello sin perjuicio de que pueda utilizar cualquier otro
recurso que estime pertinente para la defensa de sus derechos”.
Este documento ha sido enviado el 19 de marzo de 2025, a la Comunidad de Madrid,
de conformidad con lo dispuesto en el artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.
Alcobendas, a 24 de marzo de 2025.—La directora general de Urbanismo, Vivienda y
Licencias, Maria del Mar Morales Baeza.
(02/4.803/25)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791