Madrid (BOCM-20250407-45)
Urbanismo. Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad. Proyecto reparcelación
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 82
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 7 DE ABRIL DE 2025
Pág. 185
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
45
MADRID
URBANISMO
Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad
BOCM-20250407-45
Anuncio de la aprobación definitiva del Proyecto de Reparcelación voluntaria para la
regularización física de las fincas sitas en Calle Cal, 21-23.
La Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en sesión celebrada el día 13 de marzo
de 2025 y en el expediente administrativo con número de referencia 511/2024/41758, ha
adoptado el siguiente acuerdo:
Primero.—Aprobar el Proyecto de Reparcelación Voluntaria para la regularización física de las fincas situadas en la calle de la Cal números 21 y 23, formalizado en la escritura pública otorgada el 19 de diciembre de 2024 por Valliciergo Investments, S. L. U. y el
Ayuntamiento de Madrid, ante la notaria de Madrid doña Blanca Valenzuela Fernández, con
número 3.668 de su protocolo, una vez transcurrido el trámite de información pública sin que
se hayan formulado alegaciones, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 115 del Reglamento de Gestión Urbanística, aprobado por Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto,
en relación con el artículo 88 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad
de Madrid, en los términos el informe emitido por la Dirección General de Gestión Urbanística de 27 de febrero de 2025.
Segundo.—Notificar el presente acuerdo a todas las personas afectadas y publicarlo en
el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Madrid y en uno de los diarios de mayor difusión, de conformidad con lo establecido en el artículo 111 del Reglamento de Gestión Urbanística, aprobado por el Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto.
Lo que se publica para general conocimiento, significándose que este acuerdo pone fin
a la vía administrativa, pudiendo interponer contra el mismo recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo ha dictado, según lo dispuesto en
los artículos 112, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o directamente recurso contenciosoadministrativo en el plazo de dos meses ante los Juzgados de lo Contencioso- Administrativo de Madrid, de conformidad con lo establecido en los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, a contar en ambos casos desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin perjuicio de que pueda utilizar cualquier otro recurso que estime pertinente.
Madrid, a 24 de marzo de 2025.—La directora de la Oficina de la Secretaria de la Junta de Gobierno, Carmen Toscano Ramiro.
(02/4.896/25)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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Anuncio de la aprobación definitiva del Proyecto de Reparcelación voluntaria para la
regularización física de las fincas sitas en Calle Cal, 21-23.
La Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en sesión celebrada el día 13 de marzo
de 2025 y en el expediente administrativo con número de referencia 511/2024/41758, ha
adoptado el siguiente acuerdo:
Primero.—Aprobar el Proyecto de Reparcelación Voluntaria para la regularización física de las fincas situadas en la calle de la Cal números 21 y 23, formalizado en la escritura pública otorgada el 19 de diciembre de 2024 por Valliciergo Investments, S. L. U. y el
Ayuntamiento de Madrid, ante la notaria de Madrid doña Blanca Valenzuela Fernández, con
número 3.668 de su protocolo, una vez transcurrido el trámite de información pública sin que
se hayan formulado alegaciones, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 115 del Reglamento de Gestión Urbanística, aprobado por Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto,
en relación con el artículo 88 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad
de Madrid, en los términos el informe emitido por la Dirección General de Gestión Urbanística de 27 de febrero de 2025.
Segundo.—Notificar el presente acuerdo a todas las personas afectadas y publicarlo en
el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Madrid y en uno de los diarios de mayor difusión, de conformidad con lo establecido en el artículo 111 del Reglamento de Gestión Urbanística, aprobado por el Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto.
Lo que se publica para general conocimiento, significándose que este acuerdo pone fin
a la vía administrativa, pudiendo interponer contra el mismo recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo ha dictado, según lo dispuesto en
los artículos 112, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o directamente recurso contenciosoadministrativo en el plazo de dos meses ante los Juzgados de lo Contencioso- Administrativo de Madrid, de conformidad con lo establecido en los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, a contar en ambos casos desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin perjuicio de que pueda utilizar cualquier otro recurso que estime pertinente.
Madrid, a 24 de marzo de 2025.—La directora de la Oficina de la Secretaria de la Junta de Gobierno, Carmen Toscano Ramiro.
(02/4.896/25)
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