Rivas-Vaciamadrid (BOCM-20250407-76)
Régimen económico. Padrones fiscales
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 82
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 7 DE ABRIL DE 2025
Pág. 241
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
76
RIVAS-VACIAMADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20250407-76
Habiéndose elaborado por el Departamento de Gestión Tributaria los Padrones Fiscales correspondientes al ejercicio 2025 y relativos a:
— Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana.
— Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza rústica.
— Impuesto sobre actividades económicas.
— Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica.
— Tasa por la entrada de vehículos a través de aceras y vías públicas.
— Tasa por la prestación del servicio de recogida de residuos sólidos urbanos - ecotasa.
— Tasa de mercadillo municipal.
Se expondrán al público en las oficinas municipales quince días antes del día de inicio
de los respectivos períodos de cobro, pudiendo consultarse hasta un mes antes de la finalización del período voluntario de cobro en las dependencias municipales del Departamento
de Gestión Tributaria situadas en Plaza de la Constitución, 1 de Rivas-Vaciamadrid.
Este anuncio tiene el carácter de notificación colectiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 102 de la Ley 58/2003, General Tributaria, y el artículo 24 del Reglamento General de Recaudación.
Durante el plazo indicado de exposición al público, y de acuerdo con lo dispuesto en
la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía
de los Derechos Digitales, la información relativa a los datos de los padrones o matrículas
solo se facilitará al obligado tributario o su representante, debidamente acreditado, que directamente les afecten.
Contra la exposición pública de los padrones y matrículas y las liquidaciones en ellos
incorporadas, se podrá interponer recurso de reposición, previo al contencioso-administrativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la finalización del período de
exposición pública del padrón o matrícula, de conformidad con lo establecido en el artículo 14.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, que aprueba el texto refundido
de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Rivas-Vaciamadrid, a 26 de marzo de 2025.—La alcaldesa-presidenta, Aída Castillejo Parrilla.
(01/4.969/25)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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Habiéndose elaborado por el Departamento de Gestión Tributaria los Padrones Fiscales correspondientes al ejercicio 2025 y relativos a:
— Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana.
— Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza rústica.
— Impuesto sobre actividades económicas.
— Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica.
— Tasa por la entrada de vehículos a través de aceras y vías públicas.
— Tasa por la prestación del servicio de recogida de residuos sólidos urbanos - ecotasa.
— Tasa de mercadillo municipal.
Se expondrán al público en las oficinas municipales quince días antes del día de inicio
de los respectivos períodos de cobro, pudiendo consultarse hasta un mes antes de la finalización del período voluntario de cobro en las dependencias municipales del Departamento
de Gestión Tributaria situadas en Plaza de la Constitución, 1 de Rivas-Vaciamadrid.
Este anuncio tiene el carácter de notificación colectiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 102 de la Ley 58/2003, General Tributaria, y el artículo 24 del Reglamento General de Recaudación.
Durante el plazo indicado de exposición al público, y de acuerdo con lo dispuesto en
la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía
de los Derechos Digitales, la información relativa a los datos de los padrones o matrículas
solo se facilitará al obligado tributario o su representante, debidamente acreditado, que directamente les afecten.
Contra la exposición pública de los padrones y matrículas y las liquidaciones en ellos
incorporadas, se podrá interponer recurso de reposición, previo al contencioso-administrativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la finalización del período de
exposición pública del padrón o matrícula, de conformidad con lo establecido en el artículo 14.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, que aprueba el texto refundido
de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Rivas-Vaciamadrid, a 26 de marzo de 2025.—La alcaldesa-presidenta, Aída Castillejo Parrilla.
(01/4.969/25)
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