Madrid (BOCM-20250407-35)
Régimen económico. Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 7 DE ABRIL DE 2025

B.O.C.M. Núm. 82

BOCM-20250407-35

El gasto que comporta la convocatoria asciende a ciento veintinueve mil euros (129.000,00
euros), que serán imputables a la aplicación presupuestaria 001/141/463.00/482.03 “Premios” del Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid para el año 2025.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo para la presentación de las
solicitudes comenzará a las 00:00 horas del día siguiente a la publicación del extracto de la
convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y terminará a las 23:59
horas del 26 de mayo de 2025.
Sexto. Órganos competentes.—Los órganos competentes para la instrucción y para
la resolución del procedimiento regulado en la convocatoria serán la persona titular de la
Dirección General de Innovación y la persona titular del Área de Gobierno de Economía,
Innovación y Hacienda, respectivamente.
Séptimo. Resolución.—El Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda
publicará la resolución de los premios concedidos en el “Boletín Oficial del Ayuntamiento
de Madrid”, en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid ( https://sede.madrid.es ).
Octavo. Abono de los premios.—Una vez presentada la documentación requerida en
el apartado 14 de las bases de la convocatoria, el premio será abonado a los ganadores mediante transferencia bancaria.
Atendiendo al apartado 5.d) de la disposición adicional primera de la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Madrid, se procederá a practicar la retención fiscal
que proceda, conforme a la normativa vigente, en el documento contable de reconocimiento
de la obligación.
En caso de que algún premiado tuviera residencia fiscal en un país extranjero con el
que exista convenio de doble imposición entre España y el país en cuestión, deberá además
aportar un certificado de residencia fiscal emitido por las autoridades competentes de su
país de residencia.
Madrid, a 26 de marzo de 2025.—La delegada del Área de Gobierno de Economía,
Innovación y Hacienda, Engracia Hidalgo Tena.
(03/5.156/25)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791