D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20250407-30)
Cesión de uso – Orden 1125/2025, de 24 de marzo, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se acuerda la cesión gratuita de uso, a favor del Canal de Isabel II, S. A., M. P., de la parcela I UE VX-8 Talgo, finca registral 42.623, para acopio de materiales y maquinaria de la obra correspondiente al proyecto de construcción para la derivación del caudal de la EDAR Patentes Talgo, T. M. Las Rozas de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 82
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 7 DE ABRIL DE 2025
Pág. 101
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
ORDEN 1125/2025, de 24 de marzo, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se acuerda la cesión gratuita de uso, a favor del Canal de Isabel II, S. A., M. P., de la parcela I UE VX-8 Talgo, finca registral 42.623,
para acopio de materiales y maquinaria de la obra correspondiente al proyecto
de construcción para la derivación del caudal de la EDAR Patentes Talgo, T. M.
Las Rozas de Madrid.
De acuerdo con los datos obrantes en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Dirección General de Suelo, con el número de referencia P-1106, esta Administración es titular de
la parcela I UE VX-8 Talgo, finca registral 42.623 y Ref. catastral 5178104VK2857N0001GS
ubicada en el municipio de las Rozas de Madrid, catalogado como bien de naturaleza patrimonial y adscrito por tanto a la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior.
El Canal de Isabel II ha solicitado en fecha 13 de marzo de 2025 con número de registro
REGAGE25e00018826113 para dar cumplimiento a la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales, ocupación temporal de la parcela I UE VX-8 Talgo, finca registral 42.623 con
la finalidad de poder ubicar en la parcela casetas para vestuarios, aseos y comedor, así como
contar con una superficie de suelo para acopio de materiales y maquinaria durante la ejecución de las obras e instalaciones necesarias para la derivación del caudal de aguas residuales
desde la EDAR Patentes Talgo, mediante la construcción de una estación de bombeo de aguas
residuales. Se solicita la ocupación temporal de la parcela por un período de 24 meses.
El artículo octavo uno de la Ley 7/2024, de 26 de diciembre, de Medidas para un desarrollo equilibrado en materia de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, de modificación de la Ley 17/1984, de 20 de diciembre, reguladora del abastecimiento y saneamiento de agua en la Comunidad de Madrid, dispone: “1. Las obras promovidas por Canal
de Isabel II, en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, que sean necesarias para
garantizar ininterrumpida y adecuadamente los servicios de aducción, depuración y reutilización del agua definidos en el artículo 1 de esta ley, se considerarán de interés general de
la Comunidad de Madrid. También se considerarán de interés general de la Comunidad de
Madrid las obras necesarias para garantizar ininterrumpida y adecuadamente los servicios
de distribución y alcantarillado encomendados por los municipios a la Comunidad de
Madrid mediante el correspondiente convenio”. Disponiendo su punto tercero que “La
aprobación del proyecto técnico de las obras de interés general de la Comunidad de Madrid,
comportará la declaración de utilidad pública y la necesidad de ocupación de los bienes y
la adquisición de los derechos correspondientes a los fines de expropiación forzosa, de ocupación temporal o de imposición o modificación de servidumbres.” Por su parte, el punto 5
establece que “La declaración de utilidad pública y la necesidad de ocupación comprenderán también los bienes y derechos incluidos en el replanteo de la actuación y en las modificaciones de obra que se aprueben posteriormente”.
En virtud de lo expuesto, en uso de las competencias que me han sido conferidas por
el artículo 56 de la Ley 3/2001, de 21 de junio, de Patrimonio de la Comunidad de Madrid,
y en la Orden 984/2024, de 25 de marzo, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias y la firma de
convenios, se desconcentra el protectorado de fundaciones y se designa con carácter permanente a los miembros de las Mesas de Contratación de la Consejería (BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 72, de 25 marzo de 2024), considerando que sobre esta
parcela de naturaleza patrimonial no se juzga previsible su afectación o explotación,
DISPONGO
Primero
Acordar la cesión de uso gratuita, a favor de Canal de Isabel II S.A, M. P., con CIF
A86488087, de la parcela I UE VX-8 Talgo, finca registral 42.623 y Ref. catastral
BOCM-20250407-30
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Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
ORDEN 1125/2025, de 24 de marzo, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se acuerda la cesión gratuita de uso, a favor del Canal de Isabel II, S. A., M. P., de la parcela I UE VX-8 Talgo, finca registral 42.623,
para acopio de materiales y maquinaria de la obra correspondiente al proyecto
de construcción para la derivación del caudal de la EDAR Patentes Talgo, T. M.
Las Rozas de Madrid.
De acuerdo con los datos obrantes en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Dirección General de Suelo, con el número de referencia P-1106, esta Administración es titular de
la parcela I UE VX-8 Talgo, finca registral 42.623 y Ref. catastral 5178104VK2857N0001GS
ubicada en el municipio de las Rozas de Madrid, catalogado como bien de naturaleza patrimonial y adscrito por tanto a la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior.
El Canal de Isabel II ha solicitado en fecha 13 de marzo de 2025 con número de registro
REGAGE25e00018826113 para dar cumplimiento a la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales, ocupación temporal de la parcela I UE VX-8 Talgo, finca registral 42.623 con
la finalidad de poder ubicar en la parcela casetas para vestuarios, aseos y comedor, así como
contar con una superficie de suelo para acopio de materiales y maquinaria durante la ejecución de las obras e instalaciones necesarias para la derivación del caudal de aguas residuales
desde la EDAR Patentes Talgo, mediante la construcción de una estación de bombeo de aguas
residuales. Se solicita la ocupación temporal de la parcela por un período de 24 meses.
El artículo octavo uno de la Ley 7/2024, de 26 de diciembre, de Medidas para un desarrollo equilibrado en materia de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, de modificación de la Ley 17/1984, de 20 de diciembre, reguladora del abastecimiento y saneamiento de agua en la Comunidad de Madrid, dispone: “1. Las obras promovidas por Canal
de Isabel II, en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, que sean necesarias para
garantizar ininterrumpida y adecuadamente los servicios de aducción, depuración y reutilización del agua definidos en el artículo 1 de esta ley, se considerarán de interés general de
la Comunidad de Madrid. También se considerarán de interés general de la Comunidad de
Madrid las obras necesarias para garantizar ininterrumpida y adecuadamente los servicios
de distribución y alcantarillado encomendados por los municipios a la Comunidad de
Madrid mediante el correspondiente convenio”. Disponiendo su punto tercero que “La
aprobación del proyecto técnico de las obras de interés general de la Comunidad de Madrid,
comportará la declaración de utilidad pública y la necesidad de ocupación de los bienes y
la adquisición de los derechos correspondientes a los fines de expropiación forzosa, de ocupación temporal o de imposición o modificación de servidumbres.” Por su parte, el punto 5
establece que “La declaración de utilidad pública y la necesidad de ocupación comprenderán también los bienes y derechos incluidos en el replanteo de la actuación y en las modificaciones de obra que se aprueben posteriormente”.
En virtud de lo expuesto, en uso de las competencias que me han sido conferidas por
el artículo 56 de la Ley 3/2001, de 21 de junio, de Patrimonio de la Comunidad de Madrid,
y en la Orden 984/2024, de 25 de marzo, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias y la firma de
convenios, se desconcentra el protectorado de fundaciones y se designa con carácter permanente a los miembros de las Mesas de Contratación de la Consejería (BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 72, de 25 marzo de 2024), considerando que sobre esta
parcela de naturaleza patrimonial no se juzga previsible su afectación o explotación,
DISPONGO
Primero
Acordar la cesión de uso gratuita, a favor de Canal de Isabel II S.A, M. P., con CIF
A86488087, de la parcela I UE VX-8 Talgo, finca registral 42.623 y Ref. catastral
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