D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20250405-13)
Convenio –  Convenio de 17 de marzo de 2025, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales y la Asociación Barró para el desarrollo de un servicio de mediación social intercultural en la Cañada Real Galiana en la Comunidad de Madrid
23 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 81

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 5 DE ABRIL DE 2025

Pág. 291

debido a diversas circunstancias personales, familiares o derivadas de su entorno social, tienen
comprometido notablemente su bienestar y sus posibilidades de desarrollo integral como persona..
El tratamiento de los datos personales comprenderá: recogida / registro / estructuración /modificación
/ conservación / extracción /consulta /comunicación por transmisión / difusión / interconexión /cotejo
/ limitación / destrucción/ supresión / comunicación / y cualquier otro que requiera el objeto del
convenio que se suscribe.

Cuarta.-Identificación de la información afectada
Para la ejecución de la/s actuación/actuaciones derivadas del cumplimiento del objeto de este
encargo, el Responsable del tratamiento pone a disposición del Encargado, la información que se
describe a continuación, correspondiente a la actividad de tratamiento “Atención integral a niños y
adolescentes en situación de riesgo social”:
- Interesados: Empleados, voluntarios, usuarios y sus familiares.
- Datos personales del tratamiento a los que se puede acceder: Datos de carácter identificativo. Datos
de las características personales. Datos académicos y profesionales. Datos especialmente protegidos.

Quinta.-Duración
El presente acuerdo tiene una duración coincidente con el periodo de vigencia del convenio suscrito,
sin perjuicio de las obligaciones que, conforme al clausulado del presente acuerdo de encargo hayan
de extenderse más allá de dicho período.

Sexta.-Deber de confidencialidad
El Encargado del tratamiento se obliga a guardar la máxima reserva y secreto sobre la información
clasificada como confidencial facilitada por el Responsable del Tratamiento a efectos de dar
cumplimiento al objeto del convenio.
Tendrá la consideración de información confidencial toda la información susceptible de ser revelada

BOCM-20250405-13

por escrito, de palabra o por cualquier otro medio o soporte, tangible o intangible, actualmente