D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20250405-12)
Convenio –  Adenda de 17 de marzo de 2025, de prórroga del convenio celebrado entre la Comunidad de Madrid (a través de la entonces Consejería de Familia, Juventud y Política Social, actualmente Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales) y la Asociación Estela de la Cometa para colaborar en el plan de autonomía personal 16-21: programa de alojamiento y acompañamiento educativo para jóvenes de 18 a 21 años en grave riesgo de exclusión social procedentes del sistema de protección de la Comunidad de Madrid para el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 278

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 5 DE ABRIL DE 2025

B.O.C.M. Núm. 81

I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios
Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
12

ADENDA de 17 de marzo de 2025, de prórroga del convenio celebrado entre la
Comunidad de Madrid (a través de la entonces Consejería de Familia, Juventud
y Política Social, actualmente Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales) y la Asociación Estela de la Cometa para colaborar en el plan de autonomía
personal 16-21: programa de alojamiento y acompañamiento educativo para jóvenes de 18 a 21 años en grave riesgo de exclusión social procedentes del sistema de protección de la Comunidad de Madrid para el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026.
REUNIDOS

De una parte, la Excma. Sra. Ana Dávila-Ponce de León Municio, Consejera de Familia,
Juventud y Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid, nombrada mediante Decreto 46/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, actuando en virtud de
las competencias que le otorga el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019,
de 10 de junio, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
De otra, Dña. M.a América Gómez Pérez, en nombre y representación de la Asociación Estela de la Cometa, inscrita en el registro de asociaciones de la Comunidad de Madrid
con el número de registro autonómico 30.236, con domicilio en la C/ Marcelino Álvarez
número 22, 1.a entreplanta, C. P. 28017 de Madrid y NIF G85577179, en virtud de la escritura pública de otorgamiento de poderes, con número de protocolo 20, ante el notario de
Madrid, D. Jorge Prades López, el día 18 de enero de 2017.
Ambos intervienen en nombre y representación de las instituciones señaladas, reconociéndose capacidad jurídica suficiente para suscribir la cuarta adenda de prórroga y,
EXPONEN
Primero
Que el día 23 de diciembre de 2021, se firmó el convenio entre la Comunidad de
Madrid (a través de la entonces Consejería de Familia, Juventud y Política Social, actualmente Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales) y la Asociación Estela de la Cometa para mantener una línea de colaboración que redunde en beneficio de los objetivos que
se pretenden alcanzar con el plan de autonomía personal 16-21: programa de alojamiento y
acompañamiento educativo para jóvenes de 18 a 21 años en grave riesgo de exclusión social
procedentes del sistema de protección de la Comunidad de Madrid, con vigencia desde el 1
de enero al 31 de diciembre de 2022.

Que la cláusula decimoprimera del convenio contempla que las partes firmantes podrán acordar unánimemente su prórroga, de conformidad con lo establecido en el artículo 49.h) 2.o de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. La
prórroga deberá tramitarse y formalizarse antes de la finalización del período de vigencia
del convenio. En virtud de la misma el convenio ha sido objeto de una primera prórroga formalizada con fecha 24 de junio de 2022 para el período comprendido entre el 1 de enero y
el 31 de diciembre de 2023, de una segunda prórroga formalizada con fecha 16 de junio
de 2023 para el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024 y de
una tercera prórroga formalizada con fecha 4 de septiembre de 2024 para el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025.

BOCM-20250405-12

Segundo