D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20250404-34)
Autorización instalación eléctrica – Resolución de 26 de febrero de 2025, de la Dirección General de Transición Energética y Economía Circular, sobre autorización administrativa de cierre de un centro de transformación ubicado en la calle Mesena, número 80D, con acceso desde calle Manuel Uribe, número 25, en el término municipal de Madrid, solicitado por UFD Distribución Electricidad, S. A. Número expediente: 2024P1439-14-0141-01439.3/2024
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BOCM
Pág. 146
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 4 DE ABRIL DE 2025
B.O.C.M. Núm. 80
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
34
RESOLUCIÓN de 26 de febrero de 2025, de la Dirección General de Transición
Energética y Economía Circular, sobre autorización administrativa de cierre
de un centro de transformación ubicado en la calle Mesena, número 80D, con
acceso desde calle Manuel Uribe, número 25, en el término municipal de
Madrid, solicitado por UFD Distribución Electricidad, S. A. Número expediente: 2024P1439-14-0141-01439.3/2024.
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero
Con fecha 13/12/2024, tiene entrada en esta Dirección General escrito de UFD Distribución Electricidad, S. A., en el que se solicita la autorización administrativa de cierre de
la instalación referenciada, al que se acompaña proyecto de desmantelamiento firmado por
Raúl Reviejo García, con número de colegiado 25579, del COITIM.
Segundo
En la tramitación de este expediente se han observado las formalidades legales.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero
La competencia de esta Dirección General de Transición Energética y Economía
Circular para resolver la cuestión planteada viene determinada por el Real Decreto 1860/1984,
de 18 de julio, de traspaso de funciones y servicios del Estado en materia de Industria, Energía y Minas, el Decreto 235/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que
se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, el Decreto 70/2010, de 7
de octubre, para la simplificación de los procedimientos de autorización, verificación e inspección, responsabilidades y régimen sancionador en materia de instalaciones eléctricas de
alta tensión, la Orden de 31 de enero de 2011 por la que se aprueban los modelos y formularios para la presentación de proyectos de alta tensión, el Real Decreto 1955/2000 por el
que se regulan las actividades de transporte, distribución y comercialización, suministro y
procedimiento de autorización de instalaciones de energía eléctrica, el Decreto 131/1997,
de 16 de octubre, por el que se fijan los requisitos que han de cumplir las actuaciones urbanísticas en relación con las infraestructuras eléctricas, la Ley 2/2007, de 27 de marzo, por
la que se regula la garantía de suministro eléctrico en la Comunidad de Madrid y el Decreto 19/2008, de 13 de marzo, que la desarrolla, el Reglamento de Líneas de Alta Tensión
aprobado por Real Decreto 223/2008 y el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas
complementarias, aprobado mediante Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo.
De acuerdo con el capítulo VII del Decreto 70/2010, de 7 de octubre, el cierre de instalaciones de distribución requerirá autorización administrativa. Para ello la solicitud de cierre de
una instalación deberá ir acompañada de un proyecto de cierre que deberá contener como mínimo una memoria, en la que se detallen las circunstancias técnicas, económicas, ambientales
o de cualquier otro orden, por las que se pretende el cierre así como los planos actualizados de
la instalación a escala adecuada. La solicitud se podrá acompañar de un plan de desmantelamiento de la instalación, en el supuesto que el solicitante así lo pretenda.
BOCM-20250404-34
Segundo
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RESOLUCIÓN de 26 de febrero de 2025, de la Dirección General de Transición
Energética y Economía Circular, sobre autorización administrativa de cierre
de un centro de transformación ubicado en la calle Mesena, número 80D, con
acceso desde calle Manuel Uribe, número 25, en el término municipal de
Madrid, solicitado por UFD Distribución Electricidad, S. A. Número expediente: 2024P1439-14-0141-01439.3/2024.
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero
Con fecha 13/12/2024, tiene entrada en esta Dirección General escrito de UFD Distribución Electricidad, S. A., en el que se solicita la autorización administrativa de cierre de
la instalación referenciada, al que se acompaña proyecto de desmantelamiento firmado por
Raúl Reviejo García, con número de colegiado 25579, del COITIM.
Segundo
En la tramitación de este expediente se han observado las formalidades legales.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero
La competencia de esta Dirección General de Transición Energética y Economía
Circular para resolver la cuestión planteada viene determinada por el Real Decreto 1860/1984,
de 18 de julio, de traspaso de funciones y servicios del Estado en materia de Industria, Energía y Minas, el Decreto 235/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que
se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, el Decreto 70/2010, de 7
de octubre, para la simplificación de los procedimientos de autorización, verificación e inspección, responsabilidades y régimen sancionador en materia de instalaciones eléctricas de
alta tensión, la Orden de 31 de enero de 2011 por la que se aprueban los modelos y formularios para la presentación de proyectos de alta tensión, el Real Decreto 1955/2000 por el
que se regulan las actividades de transporte, distribución y comercialización, suministro y
procedimiento de autorización de instalaciones de energía eléctrica, el Decreto 131/1997,
de 16 de octubre, por el que se fijan los requisitos que han de cumplir las actuaciones urbanísticas en relación con las infraestructuras eléctricas, la Ley 2/2007, de 27 de marzo, por
la que se regula la garantía de suministro eléctrico en la Comunidad de Madrid y el Decreto 19/2008, de 13 de marzo, que la desarrolla, el Reglamento de Líneas de Alta Tensión
aprobado por Real Decreto 223/2008 y el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas
complementarias, aprobado mediante Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo.
De acuerdo con el capítulo VII del Decreto 70/2010, de 7 de octubre, el cierre de instalaciones de distribución requerirá autorización administrativa. Para ello la solicitud de cierre de
una instalación deberá ir acompañada de un proyecto de cierre que deberá contener como mínimo una memoria, en la que se detallen las circunstancias técnicas, económicas, ambientales
o de cualquier otro orden, por las que se pretende el cierre así como los planos actualizados de
la instalación a escala adecuada. La solicitud se podrá acompañar de un plan de desmantelamiento de la instalación, en el supuesto que el solicitante así lo pretenda.
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