D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20250403-30)
Oficinas de farmacia –  Resolución de 17 de marzo de 2025, de la Directora General de Inspección y Ordenación Sanitaria por la que se continúa la aplicación de la Resolución de 13 de febrero de 2024 y siguientes por la que se autoriza la apertura de nuevas oficinas de farmacia en las zonas farmacéuticas recogidas en la Resolución de 28 de noviembre del 2022, por la que se establecen las bases de la convocatoria del concurso público para la autorización de nuevas oficinas de farmacia en la Comunidad de Madrid
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
17 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 79

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 3 DE ABRIL DE 2025

Pág. 209

I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios
Consejería de Sanidad
30

RESOLUCIÓN de 17 de marzo de 2025, de la Directora General de Inspección y Ordenación Sanitaria por la que se continúa la aplicación de la Resolución de 13 de febrero de 2024 y siguientes por la que se autoriza la apertura de nuevas oficinas de
farmacia en las zonas farmacéuticas recogidas en la Resolución de 28 de noviembre
del 2022, por la que se establecen las bases de la convocatoria del concurso público
para la autorización de nuevas oficinas de farmacia en la Comunidad de Madrid.

De acuerdo con la Resolución de la Dirección General de Inspección, Ordenación y
Estrategia Sanitaria de 28 de noviembre del 2022 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID de 9 de diciembre de 2022), por la que se hace público el número de oficinas
de farmacia cuya apertura procede autorizar en cada una de las zonas farmacéuticas de la
Comunidad de Madrid y se abre el período de concurrencia pública en el procedimiento de
autorización de apertura de nuevas oficinas de farmacia.
De acuerdo, asimismo, con lo dispuesto en la Resolución de la Directora General de
Inspección y Ordenación Sanitaria, de 13 de febrero de 2024 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de febrero de 2024), por la que se autoriza la apertura de nuevas oficinas de farmacia correspondientes a las zonas farmacéuticas recogidas en la citada
Resolución de 28 de noviembre de 2022, cabe señalar los siguientes,

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero
Mediante Resolución de 13 de febrero de 2024 de la Directora General de Inspección
y Ordenación Sanitaria, se autorizó la apertura de 56 nuevas oficinas de farmacia en las zonas farmacéuticas recogidas en la Resolución de 28 de noviembre de 2022. En el Anexo de
la misma, se incluía el listado de los solicitantes admitidos y la puntuación obtenida por
ellos en cada una de las zonas farmacéuticas convocadas en las que participaban, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 12.3 del Decreto 115/1997, de 18 de septiembre, por el
que se establecen la planificación farmacéutica, los criterios de valoración de conocimientos académicos y experiencia profesional, los horarios y turnos de guardia y el procedimiento en materia de autorizaciones de oficinas de farmacia en la Comunidad de Madrid. Con
fecha 21 de junio de 2024 se hace pública una actualización del citado Anexo con la relación de los farmacéuticos solicitantes y las puntuaciones definitivas tras recurso de alzada.

Conforme a lo establecido en la referida Resolución de 13 de febrero de 2024, se inició el procedimiento de autorización de apertura de las nuevas oficinas de farmacia, de conformidad con lo establecido en el artículo 14 del Decreto 115/1997, de 18 de septiembre.
De esta manera, aquellos farmacéuticos que hubieran resultado autorizados para la apertura de una nueva oficina de farmacia, por haber obtenido la mayor puntuación y encontrarse dentro del número de oficinas de farmacia convocadas en la respectiva zona farmacéutica, debían aportar los documentos originales acreditativos de los méritos y experiencia
profesional presentados con su solicitud, a efectos de su debida verificación, y constituir y
acreditar la constitución de una garantía por un valor de 3.005,06 euros, en el plazo de quince días, contados a partir del día siguiente a la publicación de la citada Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID (27 de febrero de 2024).
La falta de constitución de la garantía en el plazo indicado se entenderá como renuncia a la correspondiente autorización otorgada, procediéndose al archivo de su solicitud en
el presente procedimiento.

BOCM-20250403-30

Segundo