C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20250403-15)
Módulos convenio colaboración –  Orden 893/2025, de 18 de marzo, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se establecen los módulos de financiación aplicables a los convenios de colaboración en materia de educación infantil suscritos entre la Comunidad de Madrid y entidades locales e instituciones públicas para el funcionamiento de Escuelas Infantiles, Casas de Niños, sedes de equipos de atención temprana y sedes de direcciones de zonas de casas de niños y a los contratos para el funcionamiento de los centros correspondientes al curso escolar 2025-2026
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 79

JUEVES 3 DE ABRIL DE 2025

Pág. 93

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
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ORDEN 893/2025, de 18 de marzo, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se establecen los módulos de financiación aplicables a los
convenios de colaboración en materia de educación infantil suscritos entre la Comunidad de Madrid y entidades locales e instituciones públicas para el funcionamiento de Escuelas Infantiles, Casas de Niños, sedes de equipos de atención temprana y sedes de direcciones de zonas de casas de niños y a los contratos para el
funcionamiento de los centros correspondientes al curso escolar 2025-2026.

El Decreto 28/2019, de 9 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la financiación del primer ciclo de Educación Infantil en la Comunidad de Madrid establece en
su artículo 4 que la consejería competente en materia de Educación establecerá anualmente mediante orden los módulos de financiación para el funcionamiento de los centros de la
red pública de educación infantil, ya sean escuelas infantiles o casas de niños, sujetos a este
régimen económico.
Por ello, procede establecer para el curso escolar 2025-2026 las cuantías aplicables a
los citados módulos de financiación.
En su virtud, a propuesta de la Dirección General de Educación Infantil, Primaria y Especial, de acuerdo con el Decreto 248/2023, de 11 de octubre, del Consejo de Gobierno, por
el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades,
DISPONGO
Primero
Ámbito de aplicación
Esta orden es de aplicación a los convenios formalizados entre la Comunidad de
Madrid y las entidades locales e instituciones públicas de la región para el funcionamiento
de Escuelas Infantiles y Casas de Niños públicas cuyo régimen económico está basado en
el modelo de financiación por módulos. Será, asimismo, de aplicación a los contratos establecidos por las entidades locales e instituciones públicas para el funcionamiento de los
centros de su titularidad cuya financiación esté por sus propios términos sujeta a la presente Orden.
Segundo
1. Para el curso escolar 2025-2026 se establecen los siguientes módulos económicos
de financiación para Escuelas Infantiles públicas por curso escolar:
— Módulo centro: 54.843 euros.
— Módulo plaza escolar 0-1 años: 8.910 euros por plaza ocupada.
— Módulo plaza escolar 1-2 años: 5.093 euros por plaza ocupada.
— Módulo plaza escolar 2-3 años: 3.564 euros por plaza ocupada.
— Módulo plaza escolar 2.o ciclo: 2.850 euros por plaza ocupada.
— Módulo plaza horario ampliado: 274 euros por plaza y período ocupado.
2. Para el curso escolar 2025-2026 se establecen los siguientes módulos económicos
de financiación para Casas de Niños públicas por curso escolar:
— Módulo centro de 1-2 unidades: 26.699 euros.
— Módulo centro de 3-4 unidades: 20.024 euros.
— Módulo centro de 5-6 unidades: 13.350 euros.
— Módulo centro de 7 o más unidades: 6.674 euros.

BOCM-20250403-15

Módulos de financiación