C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE DIGITALIZACIÓN (BOCM-20250403-14)
Extracto convocatoria subvenciones – Extracto de la Orden 58/2025, de la Consejería de Digitalización, por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria de subvenciones dirigidas al desarrollo de casos de uso Blockchain, dentro del programa de redes territoriales de especialización tecnológica en el marco del Componente 13 Inversión 1 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea, NextGenerationEU
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 92
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 3 DE ABRIL DE 2025
B.O.C.M. Núm. 79
la Orden de 23 de julio de 2021, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que
se regula el procedimiento a seguir en la tramitación anticipada de expedientes de gasto financiados con fondos provenientes del Instrumento Europeo de Recuperación.
La subvención máxima por proyecto y beneficiario será de 100.000 euros para la realización de las actuaciones subvencionables.
A efectos del cálculo de la subvención se considerará el presupuesto total del proyecto para el que se solicita la subvención. Dicho presupuesto será presentado por la entidad
solicitante en la forma que se indica en la convocatoria.
Quinto
Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente al de la publicación de
la Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID hasta el agotamiento del crédito disponible, o en caso de que esto no ocurra, hasta el 30 de abril de 2025 inclusive.
Madrid, a 21 de marzo de 2025.
El Consejero de Digitalización,
MIGUEL LÓPEZ-VALVERDE ARGÜESO
BOCM-20250403-14
(03/4.919/25)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 92
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JUEVES 3 DE ABRIL DE 2025
B.O.C.M. Núm. 79
la Orden de 23 de julio de 2021, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que
se regula el procedimiento a seguir en la tramitación anticipada de expedientes de gasto financiados con fondos provenientes del Instrumento Europeo de Recuperación.
La subvención máxima por proyecto y beneficiario será de 100.000 euros para la realización de las actuaciones subvencionables.
A efectos del cálculo de la subvención se considerará el presupuesto total del proyecto para el que se solicita la subvención. Dicho presupuesto será presentado por la entidad
solicitante en la forma que se indica en la convocatoria.
Quinto
Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente al de la publicación de
la Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID hasta el agotamiento del crédito disponible, o en caso de que esto no ocurra, hasta el 30 de abril de 2025 inclusive.
Madrid, a 21 de marzo de 2025.
El Consejero de Digitalización,
MIGUEL LÓPEZ-VALVERDE ARGÜESO
BOCM-20250403-14
(03/4.919/25)
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791