C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE DIGITALIZACIÓN (BOCM-20250403-13)
Bases subvenciones –  Orden 58/2025, de 12 de marzo, de la Consejería de Digitalización, por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria de subvenciones dirigidas al desarrollo de casos de uso Blockchain, dentro del programa de redes territoriales de especialización tecnológica en el marco del Componente 13 Inversión 1 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 79

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 3 DE ABRIL DE 2025

Pág. 89

ANEXO VII
Condiciones de uso de la red ISBE
1. Lenguaje de Programación y Frameworks
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Lenguaje: Los contratos inteligentes deben ser desarrollados preferentemente en
Solidity, compatible con redes basadas en Ethereum, como Hyperledger Besu y
Quorum, utilizadas en ISBE.
Frameworks de desarrollo: Se recomienda el uso de frameworks como Truffle o
Hardhat para facilitar la compilación, pruebas y despliegue de los contratos en un
entorno controlado.
Contratos actualizables: Se priorizarán contratos inteligentes de arquitectura
actualizable, permitiendo mejoras sin afectar los datos existentes. En caso de no
requerir gas, el contrato deberá incluir medidas explícitas para su pausado y
mantenimiento, asegurando la capacidad de suspender o finalizar sus operaciones de
forma segura y controlada.

2. Auditoría y Evaluación de Conformidad
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Informe de auditoría técnica: Previo a su despliegue, cada contrato deberá presentar
una auditoría que incluya:
o Evaluación de impacto en la privacidad (PIA): Análisis exhaustivo de cómo el
contrato maneja datos personales, asegurando conformidad con el Reglamento
General de Protección de Datos (GDPR).
o Evaluación de ciberseguridad: Análisis de vulnerabilidades con herramientas
como MythX o Slither, para identificar y mitigar cualquier riesgo de seguridad.
o Informe de conformidad regulatoria: Revisión de que el contrato cumple con
la normativa y políticas de uso de ISBE, así como con cualquier regulación
adicional aplicable al caso de uso del contrato.
Informe completo: El desarrollador debe presentar un informe que documente tanto el
cumplimiento de seguridad y privacidad, como las medidas implementadas para mitigar
vulnerabilidades identificadas durante el proceso de auditoría.

3. Condiciones de Despliegue

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Vinculación jurídica: Sólo se autorizarán despliegues de contratos inteligentes desde
wallets vinculadas a entidades jurídicas reconocidas, excluyéndose cuentas
personales. Esto asegura la trazabilidad y responsabilidad en la operación de cada
contrato dentro de la red.
Conformidad con el uso de ISBE: Los contratos deberán alinearse con las normas de
uso específicas de ISBE, aplicando todos los estándares técnicos y legales requeridos
para su funcionamiento dentro de la red.
Pausabilidad: Todos los contratos no dependientes de gas deberán incluir
mecanismos internos que permitan su pausado o suspensión conforme a las directrices
de seguridad de ISBE.

BOCM-20250403-13

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