C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE DIGITALIZACIÓN (BOCM-20250403-13)
Bases subvenciones –  Orden 58/2025, de 12 de marzo, de la Consejería de Digitalización, por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria de subvenciones dirigidas al desarrollo de casos de uso Blockchain, dentro del programa de redes territoriales de especialización tecnológica en el marco del Componente 13 Inversión 1 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU
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BOCM

JUEVES 3 DE ABRIL DE 2025

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ANEXO III
(Se corresponde con el modelo Anexo IV.B de la Orden HFP/1030/2021)
Declaración de cesión y tratamiento de datos en relación con la ejecución de actuaciones del plan de
recuperación, transformación y resiliencia (PRTR)
Don/Doña …………………….…………………………………………………………..……………………………………………………….…,
con DNI …………………….., como Consejero Delegado/Gerente/ de la entidad …………………………………………
……………………………………………………………………..……………….., con NIF ………………………., y domicilio fiscal en
………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………
beneficiaria de ayudas financiadas con recursos provenientes del PRTR/ que participa como
contratista/subcontratista en el desarrollo de actuaciones necesarias para la consecución de los
objetivos definidos en el Componente 13 «Impulso a las pymes», declara conocer la normativa que es
de aplicación, en particular las siguientes apartados del artículo 22, del Reglamento (UE) 2021/241 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia:
1. La letra d) del apartado 2: «recabar, a efectos de auditoría y control del uso de fondos en relación con
las medidas destinadas a la ejecución de reformas y proyectos de inversión en el marco del plan de
recuperación y resiliencia, en un formato electrónico que permita realizar búsquedas y en una base de
datos única, las categorías armonizadas de datos siguientes:
i. El nombre del perceptor final de los fondos;
ii. el nombre del contratista y del subcontratista, cuando el perceptor final de los fondos sea un
poder adjudicador de conformidad con el Derecho de la Unión o nacional en materia de contratación
pública;
iii. los nombres, apellidos y fechas de nacimiento de los titulares reales del perceptor de los
fondos o del contratista, según se define en el artículo 3, punto 6, de la Directiva (UE) 2015/849 del
Parlamento Europeo y del Consejo (26);
iv. una lista de medidas para la ejecución de reformas y proyectos de inversión en el
marco del plan de recuperación y resiliencia, junto con el importe total de la financiación pública
de dichas medidas y que indique la cuantía de los fondos desembolsados en el marco del
Mecanismo y de otros fondos de la Unión».
2. Apartado 3: «Los datos personales mencionados en el apartado 2, letra d), del presente artículo solo
serán tratados por los Estados miembros y por la Comisión a los efectos y duración de la correspondiente
auditoría de la aprobación de la gestión presupuestaria y de los procedimientos de control relacionados
con la utilización de los fondos relacionados con la aplicación de los acuerdos a que se refieren los
artículos 15, apartado 2, y 23, apartado 1. En el marco del procedimiento de aprobación de la gestión de
la Comisión, de conformidad con el artículo 319 del TFUE, el Mecanismo estará sujeto a la presentación
de informes en el marco de la información financiera y de rendición de cuentas integrada a que se refiere
el artículo 247 del Reglamento Financiero y, en particular, por separado, en el informe anual de gestión
y rendimiento».
Conforme al marco jurídico expuesto, manifiesta acceder a la cesión y tratamiento de los datos con los
fines expresamente relacionados en los artículos citados.
(Fecha y firma, nombre completo y DNI)

BOCM-20250403-13

B.O.C.M. Núm. 79

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