D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20250402-43)
Depósito estatutos – Resolución de 17 de marzo de 2025, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre modificación de los estatutos de la asociación empresarial denominada Asociación Empresarios Máquinas Recreativas de Madrid Andemar-Madrid (número de depósito 28001333)
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 78
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 2 DE ABRIL DE 2025
Pág. 127
I. COMUNIDAD DE MADRID
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Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
43
RESOLUCIÓN de 17 de marzo de 2025, de la Dirección General de Trabajo de la
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre modificación de los estatutos de la asociación empresarial denominada Asociación Empresarios Máquinas
Recreativas de Madrid Andemar-Madrid (número de depósito 28001333).
Visto el escrito de solicitud de modificaciones estatutarias presentado por D.a Ana Bella Urquiza Cabo, en representación de la asociación empresarial denominada Asociación
Empresarios Máquinas Recreativas de Madrid Andemar-Madrid y teniendo en cuenta los
siguientes:
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero
Que la citada asociación presentó escrito, con registro de entrada 28/2025/000076 en
esta Oficina de Depósito de Estatutos de fecha 4/3/2025, por el que solicita el depósito de
la modificación de sus estatutos.
Al observarse defectos en la documentación presentada, se requirió con fecha 11/3/2025
para la subsanación de los mismos, que fue efectuada el 17/3/2025.
Se adjunta certificación firmada por el presidente, del acuerdo de modificación adoptado en la Asamblea General Extraordinaria celebrada el 28/11/2024. Se adjunta, así mismo,
el texto íntegro de los nuevos estatutos modificados.
En particular, se modifican los artículos 1, 3, 4 (por el que se incluyen los fines laborales
que identifican a las asociaciones empresariales) y los artículos 6, 14, 16, 20, 21, 23, 24, 25 y 33.
Segundo
Que examinada la documentación presentada se comprueba que la misma cumple todos los requisitos legales establecidos en la Ley 19/1977, de 1 de abril, Reguladora del
Derecho de Asociación Sindical y Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales que la desarrolla.
A los anteriores antecedentes, son de aplicación los siguientes:
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero
Segundo
Que del análisis de la documentación aportada, se deduce que la modificación de los estatutos contiene todos los requisitos exigidos en el artículo 7.2 del Real Decreto 416/2015,
de 29 de mayo, por lo que procede su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 13.3 de la citada disposición
reglamentaria.
Por todo lo expuesto, esta Dirección General de Trabajo,
BOCM-20250402-43
Que la Dirección General de Trabajo es competente para resolver la presente solicitud,
de conformidad con lo establecido en la Ley 19/1977, de 1 de abril, Reguladora del Derecho de Asociación Sindical, Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de
estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales constituidas al amparo de la
Ley 19/1977, de 1 de abril y Real Decreto 932/95, de 9 de junio, sobre Traspaso de Funciones y Servicios de la Administración del Estado a la Comunidad de Madrid, en materia de
Trabajo y demás disposiciones complementarias concordantes.
B.O.C.M. Núm. 78
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 2 DE ABRIL DE 2025
Pág. 127
I. COMUNIDAD DE MADRID
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RESOLUCIÓN de 17 de marzo de 2025, de la Dirección General de Trabajo de la
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre modificación de los estatutos de la asociación empresarial denominada Asociación Empresarios Máquinas
Recreativas de Madrid Andemar-Madrid (número de depósito 28001333).
Visto el escrito de solicitud de modificaciones estatutarias presentado por D.a Ana Bella Urquiza Cabo, en representación de la asociación empresarial denominada Asociación
Empresarios Máquinas Recreativas de Madrid Andemar-Madrid y teniendo en cuenta los
siguientes:
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero
Que la citada asociación presentó escrito, con registro de entrada 28/2025/000076 en
esta Oficina de Depósito de Estatutos de fecha 4/3/2025, por el que solicita el depósito de
la modificación de sus estatutos.
Al observarse defectos en la documentación presentada, se requirió con fecha 11/3/2025
para la subsanación de los mismos, que fue efectuada el 17/3/2025.
Se adjunta certificación firmada por el presidente, del acuerdo de modificación adoptado en la Asamblea General Extraordinaria celebrada el 28/11/2024. Se adjunta, así mismo,
el texto íntegro de los nuevos estatutos modificados.
En particular, se modifican los artículos 1, 3, 4 (por el que se incluyen los fines laborales
que identifican a las asociaciones empresariales) y los artículos 6, 14, 16, 20, 21, 23, 24, 25 y 33.
Segundo
Que examinada la documentación presentada se comprueba que la misma cumple todos los requisitos legales establecidos en la Ley 19/1977, de 1 de abril, Reguladora del
Derecho de Asociación Sindical y Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales que la desarrolla.
A los anteriores antecedentes, son de aplicación los siguientes:
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero
Segundo
Que del análisis de la documentación aportada, se deduce que la modificación de los estatutos contiene todos los requisitos exigidos en el artículo 7.2 del Real Decreto 416/2015,
de 29 de mayo, por lo que procede su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 13.3 de la citada disposición
reglamentaria.
Por todo lo expuesto, esta Dirección General de Trabajo,
BOCM-20250402-43
Que la Dirección General de Trabajo es competente para resolver la presente solicitud,
de conformidad con lo establecido en la Ley 19/1977, de 1 de abril, Reguladora del Derecho de Asociación Sindical, Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de
estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales constituidas al amparo de la
Ley 19/1977, de 1 de abril y Real Decreto 932/95, de 9 de junio, sobre Traspaso de Funciones y Servicios de la Administración del Estado a la Comunidad de Madrid, en materia de
Trabajo y demás disposiciones complementarias concordantes.