Fresnedillas de la Oliva (BOCM-20250401-79)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 416
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 1 DE ABRIL DE 2025
B.O.C.M. Núm. 77
Tema 51. El control interno de la actividad económico-financiera de las entidades locales y sus
entes dependientes. El control externo de la actividad económico-financiera de las entidades
locales y sus entes dependientes. La jurisdicción contable: procedimientos.
Tema 52. Los recursos de las entidades locales en el marco de la legislación de las haciendas
locales. Regímenes especiales. Los ingresos de derecho privado. Las subvenciones y otros
ingresos de derecho público. Las tasas y precios públicos locales. Las contribuciones especiales.
Tema 53. Los tributos locales: principios. La potestad reglamentaria de las entidades Locales en
materia tributaria: contenido de las ordenanzas fiscales, tramitación y régimen de impugnación de
los actos de imposición y ordenación de tributos. El establecimiento de recursos no tributarios.
Tema 54. La gestión y liquidación de recursos locales. La revisión en vía administrativa de los
actos de gestión dictados en materia de haciendas locales, tanto en municipios de régimen común
como en municipios de gran población. La devolución de ingresos indebidos».
Los sucesivos anuncios de esta convocatoria, cuando procedan de conformidad con las
bases, se publicarán en el tablón de edictos del Ayuntamiento y en su sede electrónica
[http://fresnedillasdelaoliva.sedelectronica.es].
Contra las presentes bases, que ponen fin a la vía administrativa, se puede interponer
alternativamente, o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde
el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante la Alcaldía de este Ayuntamiento, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos
meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad
con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se
haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.
En Frenedillas de la Oliva, a 20 de marzo de 2025.—El alcalde, José Damián de la
Peña Alonso.
BOCM-20250401-79
(03/4.601/25)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 416
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MARTES 1 DE ABRIL DE 2025
B.O.C.M. Núm. 77
Tema 51. El control interno de la actividad económico-financiera de las entidades locales y sus
entes dependientes. El control externo de la actividad económico-financiera de las entidades
locales y sus entes dependientes. La jurisdicción contable: procedimientos.
Tema 52. Los recursos de las entidades locales en el marco de la legislación de las haciendas
locales. Regímenes especiales. Los ingresos de derecho privado. Las subvenciones y otros
ingresos de derecho público. Las tasas y precios públicos locales. Las contribuciones especiales.
Tema 53. Los tributos locales: principios. La potestad reglamentaria de las entidades Locales en
materia tributaria: contenido de las ordenanzas fiscales, tramitación y régimen de impugnación de
los actos de imposición y ordenación de tributos. El establecimiento de recursos no tributarios.
Tema 54. La gestión y liquidación de recursos locales. La revisión en vía administrativa de los
actos de gestión dictados en materia de haciendas locales, tanto en municipios de régimen común
como en municipios de gran población. La devolución de ingresos indebidos».
Los sucesivos anuncios de esta convocatoria, cuando procedan de conformidad con las
bases, se publicarán en el tablón de edictos del Ayuntamiento y en su sede electrónica
[http://fresnedillasdelaoliva.sedelectronica.es].
Contra las presentes bases, que ponen fin a la vía administrativa, se puede interponer
alternativamente, o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde
el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante la Alcaldía de este Ayuntamiento, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos
meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad
con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se
haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.
En Frenedillas de la Oliva, a 20 de marzo de 2025.—El alcalde, José Damián de la
Peña Alonso.
BOCM-20250401-79
(03/4.601/25)
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791