C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20250331-42)
Extracto convocatoria subvenciones – Extracto de la Orden 1108/2025, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se articula para el año 2025 la aplicación de la intervención de la Reestructuración y Reconversión de Viñedo en la Comunidad de Madrid, financiadas por el Fondo Europeo Agrícola de Garantía Agraria (FEAGA), en base a las normas reguladoras del Real Decreto 905/2022, de 25 de octubre, por el que se regula la Intervención Sectorial Vitivinícola en el marco del PEPAC
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BOCM
Pág. 470
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 31 DE MARZO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 76
Cuarto
Cuantía y financiación de las ayudas
Se podrá conceder ayudas para:
a) Compensar a los/las viticultoras/es participantes por la pérdida de ingresos derivada de la aplicación del tipo de operación tal y como sigue:
— Replantación con o sin sistemas de conducción, el 33 % del valor medio de la
uva de las tres últimas campañas de la región y durante 3 campañas.
— Reconversión de viñedos por cambio de variedad o por mejora de las técnicas
de gestión (transformación de vaso a espaldera), el 25 % del valor medio de
la uva de las tres últimas campañas de la región y durante 1 campaña.
En la Comunidad de Madrid el valor medio de la uva de las tres últimas campañas se
ha establecido en 1.532,07 euros/ha y campaña.
b) Contribuir en los costes incurridos en la ejecución de dicha operación.
El régimen de concesión de estas ayudas es el de concurrencia competitiva de conformidad con los criterios de prioridad establecidos en el artículo 14 de la convocatoria.
La concesión de las subvenciones estará supeditada a la asignación inicial de fondos
acordada por la Conferencia Sectorial de Agricultura y Desarrollo Rural financiadas por el
Fondo Europeo Agrícola de Garantía Agraria (FEAGA). Todo ello, sin perjuicio de posteriores reasignaciones de fondos de conformidad con lo establecido en los artículos 12.3 y 73
del Real Decreto 905/2022, de 25 de octubre.
Quinto
Plazo de presentación de solicitudes
BOCM-20250331-42
El plazo de presentación de solicitudes de ayuda de reestructuración y/o reconversión
de viñedo, será desde el día 1 al 20 de abril de 2025, ambos inclusive.
En Madrid, a 26 de marzo de 2025.—El Consejero de Medio Ambiente, Agricultura e
Interior, P. D. (Orden 984/2024, de 15 de marzo; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID número 72, de 25 de marzo de 2024), el Viceconsejero de Medio Ambiente, Agricultura y Ordenación del Territorio, Rafael García González.
(03/5.011/25)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 470
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 31 DE MARZO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 76
Cuarto
Cuantía y financiación de las ayudas
Se podrá conceder ayudas para:
a) Compensar a los/las viticultoras/es participantes por la pérdida de ingresos derivada de la aplicación del tipo de operación tal y como sigue:
— Replantación con o sin sistemas de conducción, el 33 % del valor medio de la
uva de las tres últimas campañas de la región y durante 3 campañas.
— Reconversión de viñedos por cambio de variedad o por mejora de las técnicas
de gestión (transformación de vaso a espaldera), el 25 % del valor medio de
la uva de las tres últimas campañas de la región y durante 1 campaña.
En la Comunidad de Madrid el valor medio de la uva de las tres últimas campañas se
ha establecido en 1.532,07 euros/ha y campaña.
b) Contribuir en los costes incurridos en la ejecución de dicha operación.
El régimen de concesión de estas ayudas es el de concurrencia competitiva de conformidad con los criterios de prioridad establecidos en el artículo 14 de la convocatoria.
La concesión de las subvenciones estará supeditada a la asignación inicial de fondos
acordada por la Conferencia Sectorial de Agricultura y Desarrollo Rural financiadas por el
Fondo Europeo Agrícola de Garantía Agraria (FEAGA). Todo ello, sin perjuicio de posteriores reasignaciones de fondos de conformidad con lo establecido en los artículos 12.3 y 73
del Real Decreto 905/2022, de 25 de octubre.
Quinto
Plazo de presentación de solicitudes
BOCM-20250331-42
El plazo de presentación de solicitudes de ayuda de reestructuración y/o reconversión
de viñedo, será desde el día 1 al 20 de abril de 2025, ambos inclusive.
En Madrid, a 26 de marzo de 2025.—El Consejero de Medio Ambiente, Agricultura e
Interior, P. D. (Orden 984/2024, de 15 de marzo; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID número 72, de 25 de marzo de 2024), el Viceconsejero de Medio Ambiente, Agricultura y Ordenación del Territorio, Rafael García González.
(03/5.011/25)
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791